BOC - 2023/79. Lunes 24 de abril de 2023 - 1240

III. Otras Resoluciones

Presidencia del Gobierno

1240 - Viceconsejería de la Presidencia.- Resolución de 10 de abril de 2023, por la que se modifica la Resolución de 27 de febrero de 2023, que aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Presidencia del Gobierno para el periodo 2023-2025..

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Por Resolución de 27 de febrero de 2023, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Presidencia del Gobierno para el periodo 2023-2025, siendo publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 46, de 7 de marzo del corriente.

Se han verificado mediante Acuerdo del Gobierno de Canarias de fecha 9 de marzo del corriente, determinadas modificaciones en el presupuesto de la Vicepresidencia del Gobierno, que comportan la incorporación de nuevas líneas de subvención. Por otra parte, las transferencias de créditos provenientes de la Sección 19 han incrementado diversas aplicaciones presupuestarias en el área de Acción Exterior por lo que es preciso actualizar el Plan Estratégico con el fin de incluir las modificaciones resultantes. Y por parte de la Dirección General de Emigración, se proponen nuevas líneas de subvención recogidas en la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el 2023, como transferencias al exterior y que, con el fin de cumplir los objetivos señalados, deben estar consignadas con el subconcepto de subvenciones.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, de carácter básico, que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.

La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone en su artículo 31 que los planes estratégicos de ayudas y subvenciones deben ser hechos públicos y mantenerse actualizados, como parte de su obligación de publicidad activa. Los planes estratégicos de ayudas y subvenciones se publicarán en el Portal de Transparencia de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en la web de la Presidencia del Gobierno, como información específica de su actividad (artículo 16).

Además, tal y como dispone el citado artículo 31 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, los planes estratégicos de subvenciones deberán ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su aprobación.

Por Decreto 159/2019, de 30 de agosto, del Presidente, se delegan competencias en materia de convenios de colaboración y de subvenciones. Su dispongo 1.º delega en la persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia las competencias que corresponden al Presidente del Gobierno en materia de convenios de colaboración y de subvenciones, salvo en los casos en que correspondan o estuvieran específicamente delegadas en otros órganos.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuestos de fecha 5 de abril.

En su virtud y en uso de las competencias que tiene delegadas, la Viceconsejería de la Presidencia

RESUELVE:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Presidencia del Gobierno para el periodo 2023-2025, aprobado por Resolución de esta Viceconsejería de la Presidencia de fecha 27 de febrero de 2023, en los términos del anexo.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución y su anexo en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias y en la web de la Presidencia del Gobierno.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Resolución, en los veinte días posteriores a su firma, en el Boletín Oficial de Canarias.

Canarias, a 10 de abril de 2023.- El Viceconsejero de la Presidencia, Antonio José Olivera Herrera.

ANEXO

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO PARA EL PERÍODO 2023-2025.

B. VICEPRESIDENCIA DEL GOBIERNO.

I. SUBVENCIONES DIRECTAS:

b. Líneas de subvención, costes de realización y fuentes de financiación: las líneas de subvención incluidas en el programa presupuestario 912-E (Asistencia Técnica y Política al Vicepresidente), así como los costes previsibles y las fuentes de financiación para el periodo 2023-2025 se muestran en el cuadro siguiente:

C. VICECONSEJERÍA DE ACCIÓN EXTERIOR

1.º.- EMIGRACIÓN.

1.1.- SUBVENCIONES A ENTIDADES CANARIAS EN EL EXTERIOR

A) OBJETIVOS:

Las líneas de subvención que se proponen en este ámbito de actuación pretenden la consecución de los siguientes objetivos:

1. Contribuir económicamente en los gastos derivados del normal funcionamiento de las entidades canarias en el exterior a fin de que las mismas puedan cumplir con sus objetivos.

2. Participar en la financiación de diversos Encuentros relacionados con la difusión de la Cultura y Tradiciones Canarias en el exterior como contribución a la cohesión de la comunidad canaria y a que los jóvenes descendientes de canarios se sientan implicados en la conservación de nuestro acervo cultural en el exterior. Participar asimismo en la financiación de actos conmemorativos que tengan por protagonistas a los emigrantes canarios.

3. Financiar el acometimiento de obras de reparación, ampliación, mejora y equipamiento de estas a fin de que cuenten con las infraestructuras necesarias para el cumplimiento de sus derechos y obligaciones reconocidos en su ley reguladora, Ley territorial 4/1986, de 25 de junio, de Entidades Canarias en el Exterior.

4. (*) Financiar actuaciones a realizar en el Centro de Acogida Nuestra Señora de las Nieves (Venezuela).

5. Financiar la adquisición de vestimentas tradicionales y otros elementos relacionados con el folclore y tradiciones canarias para su utilización por los grupos culturales existentes en el seno de las diversas entidades canarias en el exterior y con ello contribuir al mantenimiento de las tradiciones canarias fuera de nuestras fronteras.

6. Gastos de contingencia inaplazables.

B. PREVISIÓN DE COSTES (en euros):

D) FUENTES DE FINANCIACIÓN.

Las actuaciones descritas en este plan se financiarán con fondos de la Comunidad Autónoma de Canarias con cargo a los créditos contemplados en los siguientes programas:

(*) Objetivo 4 (Financiar actuaciones a realizar en el Centro de Acogida Nuestra Señora de las Nieves (Venezuela):

Financiación con fondos propios a través de la partida:

- Programa 231P (“Acciones a favor de los canarios en el exterior”)-Servicio 0633 Dirección General de Emigración:

• P.I. 237G0004 “Centro de Acogida Nuestra Señora de las Nieves (Venezuela)”, con un crédito de 130.000,00 euros.

(*) Objetivo 5 (Financiar la adquisición de vestimentas tradicionales y otros elementos relacionados con el folclore y tradiciones canarias para su utilización por los grupos culturales existentes en el seno de las diversas entidades canarias en el exterior y con ello contribuir al mantenimiento de las tradiciones canarias fuera de nuestras fronteras):

Financiación con fondos propios a través de la partida:

- Programa 142A (Acción de la Comunidad Autónoma en el Exterior)-Servicio 0619 Viceconsejería de Acción Exterior.

• P.I.20.7.G0104 Vestimenta y otros artículos relacionados con el folclore y las tradiciones canarias con un crédito de 60.000,00 euros.

(*) Objetivo 6 (Gastos de contingencia inaplazables).

Financiación con fondos propios a través de la partida:

- Programa 142A (Acción de la Comunidad Autónoma en el Exterior)-Servicio 0619 Viceconsejería de Acción Exterior:

• L.A. 064G1414 “Gastos de contingencia”, con un crédito de 5.000,00 euros.

1.2. ACTUACIONES DE APOYO A LOS CANARIOS, CÓNYUGES Y DESCENDIENTES RESIDENTES EN EL EXTERIOR Y A LOS QUE RETORNAN. OBJETIVOS:

Las líneas de subvención que se proponen en este ámbito de actuación pretenden la consecución de los siguientes objetivos:

1. Auxiliar a los canarios, sus cónyuges y descendientes hasta el tercer grado, que carecen de recursos económicos y que necesitan del concurso de otras personas en su vida cotidiana, mediante un Plan de asistencia domiciliaria a mayores y dependientes.

2. Atención a los canarios que residen en el exterior, de la tercera edad, mediante el apoyo al sostenimiento de centros de acogida. De esta atención pueden resultar beneficiarios sus cónyuges y descendientes hasta el tercer grado, en situación de precariedad económica, que residan en los territorios sede de las entidades canarias en el exterior que perciban subvenciones para la finalidad reseñada.

3. Apoyo al sostenimiento de consultorios médicos para la atención gratuita de aquellos canarios que lo necesiten. Como en el caso anterior, esta atención es extensiva a sus cónyuges y descendientes hasta el tercer grado.

4. Apoyo al sostenimiento de los Centros de Día en el exterior para la atención gratuita de aquellos canarios que lo necesiten. Como en el caso anterior, esta atención es extensiva a sus cónyuges y descendientes hasta el tercer grado.

5. Atención a los canarios e hijos, residentes en el exterior que por situación de extrema necesidad tienen justificada la necesidad de ayuda por motivos humanitarios, principalmente para financiar principalmente intervenciones quirúrgicas fundamentales y tratamientos de carácter vital.

6. (*) Plan Extraordinario Ayuda a los Canarios en Cuba en atención a la especial situación de necesidad.

7. Ayudas de carácter económico y asesoramiento jurídico destinados a ciudadanos canarios que se encuentran cumpliendo condena en prisiones ubicadas en países extranjeros.

8. Apoyo a los canarios emigrantes que retornan. Esta actuación se concreta con la concesión de ayudas a personas emigrantes canarias que retornen a las Islas, y que cumplan una serie de requisitos, a fin de que puedan afrontar los primeros gastos derivados del hecho del retorno.

B) PREVISIÓN DE COSTES (en euros):

(*) Objetivo 6 (Plan Extraordinario Ayuda a los Canarios en Cuba en atención a la especial situación de necesidad).

Financiación con fondos propios a través de las siguientes partidas:

- Programa 231P (“Acciones a favor de los canarios en el exterior”)-Servicio 06 33 Dirección General de Emigración:

• LA 064G1417 “Plan Extraordinario Ayuda Canarios en Cuba”, con un crédito de 100.000,00 euros.

(*) Objetivo 7 (Ayudas de carácter económico y asesoramiento jurídico destinados a ciudadanos canarios que se encuentran cumpliendo condena en prisiones ubicadas en países extranjeros).

Financiación con fondos propios a través de la partida:

- Programa 231P (“Acciones a favor de los canarios en el exterior”)-Servicio 06 33 Dirección General de Emigración:

• L.A. 064G0313 “Atención de presos canarios en el exterior” con un crédito de 10.000,00 euros.

(*) Objetivo 8 (Apoyo a los canarios emigrantes que retornan).

Financiación con fondos propios a través de las partidas:

- Programa 231P (“Acciones a favor de los canarios en el exterior”)-Servicio 06 33 Dirección General de Emigración:

• L.A.06401902 “Ayuda al Emigrante” con un crédito de 100.000 euros.

- Programa 142A (Acción de la Comunidad Autónoma en el Exterior)-Servicio 06 19 Viceconsejería de Acción Exterior:

• P.I. 064G0217 “Unión de Emigrantes Canarios Retornados” con un crédito de 12.000,00 euros.

2.º.- COOPERACIÓN AL DESARROLLO.

B) PREVISIÓN DE COSTES (en euros):

(*) Objetivo 5 (Cooperación económica que permita financiar proyectos de cooperación al desarrollo dirigidos a los sectores de población más vulnerables, destinados a cubrir las necesidades humanas básicas, promocionar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso a los recursos, servicios, educación formación y empleo).

Financiación con fondos propios a través de la partida:

- Programa 143A (Cooperación económica y al desarrollo)-Servicio 0634 Dirección General de Relaciones Exteriores.

• PI 167G0038 “Fondo de Cooperación”, con un crédito de 3.639.342,00 euros.

(*) Objetivo 6 (Fondo de emergencia y ayuda humanitaria, a fin de reaccionar ante situaciones de emergencia).

Financiación con fondos propios a través de la partida:

- Programa 143A (Cooperación económica y al desarrollo)-Servicio 0634 Dirección General de Relaciones Exteriores:

• LA 064G1409 “Fondo de Emergencia y ayuda social y humanitaria” con un crédito de 1.171.150,00 euros.



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