Por Orden nº 169, de 30 de marzo de 2022, se convoca procedimiento selectivo para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2021 y se aprueban las bases que han de regir dicha convocatoria.
Tras la finalización del proceso selectivo se dicta Resolución nº 3147/2022, de 11 de agosto, de la Dirección General de Personal, por la que se determinan las condiciones de funcionamiento y se aprueba la lista de reserva para cubrir en comisión de servicios las vacantes existentes en la Inspección de Educación de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo previsto en la mencionada Orden de 30 de marzo de 2022.
La base 15.1 de la citada Orden de 30 de marzo de 2022, relativa a la conformación de la lista de reserva, establece en su último párrafo que “en previsión de que la lista de reserva a constituir, conforme se regula en la presente base, resulte insuficiente, por la Dirección General de Personal se configurará una lista de reserva complementaria, mediante convocatoria pública de concurso de méritos para el nombramiento de inspectores e inspectoras para el ejercicio accidental en la Comunidad Autónoma de Canarias”.
La lista de reserva se encuentra agotada y existiendo vacantes por jubilación en la Inspección de Educación que urge dotar, se prevé convocar a la mayor brevedad posible proceso selectivo para la ampliación de la lista de reserva para cubrir en comisión de servicios vacantes con carácter provisional en la Inspección de Educación.
Como consecuencia de lo anterior, se considera oportuno proceder a la modificación de la citada base 15.1, en lo relativo al sistema de selección previsto, concurso de méritos, por el sistema de concurso-oposición al ser el más idóneo por la naturaleza de las funciones encomendadas y las principales tareas y responsabilidades que caracterizan el desempeño del puesto, y en cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad a los que hace referencia la disposición adicional única, apartado 2, del Decreto 52/2009, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Inspección de Educación de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Es por ello, que en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 29.1.m) de la
Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 6.i) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, aprobado por Decreto 7/2021, de 18 de febrero,
RESUELVO:
Primero.- Modificar el último párrafo de la base 15.1 de la Orden nº 169, de 30 de marzo de 2022, por la que se convoca procedimiento selectivo para acceder al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2021, en lo relativo a la conformación de la lista de reserva, que queda redactado como sigue:
“En previsión de que la lista de reserva a constituir, conforme se regula en la presente base, resulte insuficiente, por la Dirección General de Personal se configurará una lista de reserva complementaria, mediante convocatoria pública de concurso-oposición para el nombramiento de inspectores e inspectoras para el ejercicio accidental en la Comunidad Autónoma de Canarias.”
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca su desestimación presunta.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 2022.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.
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