Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación, al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (BOE de 4.4.1977), y en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20.6.2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Federico Romero Toledo mediante escrito tramitado con el nº de entrada 75/2022/000059.
Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. Federico Romero Toledo, en representación de Líneas Marítimas Romero, D. Román Jesús Santana Rosa, en representación de Paracraft Lanzarote, S.L., D. Juan José Moreno Ramírez, en representación de Taurito Water Sport, S.L.U., y D. Gerardo Espino Morales, en representación de Escuela Náutica Morro Jable, S.L., todos ellos en calidad de promotores.
Se indica que el domicilio de la organización se fija en la calle Manolo Millares, nº 108, local 86, 35500 Arrecife (Lanzarote), su ámbito territorial es regional (Comunidad Autónoma de Canarias) y el funcional es el establecido en el artículo 5 de sus estatutos.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), con el fin de dar publicidad a la admisión del depósito de los Estatutos para la constitución
de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresarios de Turismo Náutico de Canarias en siglas CANARINAUTIC con nº de depósito 75100043.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en esta Dirección General de Trabajo, en los términos previstos en el artículo 23 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Asimismo, cualquier interesado podrá obtener un ejemplar del documento depositado, a través del propio DEOSE en la opción “Copia de Estatutos”.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, siendo posible impugnarla dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que sea recibida, ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo establecido en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11.10.2011).
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de diciembre de 2022.- El Director General de Trabajo, Alejandro Ramos Guerra.
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