En cumplimiento de lo dispuesto por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 13 de junio de 2022, conforme lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
RESUELVO:
Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de
Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo relativo a la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Promoción Económica de 12 de diciembre de 2021, por la que se acuerda la concesión, constitución de lista de reserva, desistimiento, exclusión o, en su caso, anulación de las solicitudes de la Línea Covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta la pandemia de la COVID-19, financiada por el Gobierno de España, reguladas por el Decreto ley 6/2021, de 4 de junio (líneas 2.2 y 2.3: personas autónomas y empresas y grupos de empresas con más de 10 y menos de 50 personas empleadas, y con 50 o más personas empleadas, respectivamente) - Ref. L2.2-2.3/CAC.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, emplazando a cuantos aparezcan como interesados en el recurso nº 208/2022 para que puedan comparecer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria y personarse en autos en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de junio de 2022.- La Secretaria General Técnica, Fayna Álamo Santana.
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