Se hace público conocimiento que por Resolución de Alcaldesa-Presidenta nº 1359/2021, de fecha 27 de diciembre de 2021, se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Villa de Mazo, del siguiente tenor literal:
“DECRETO DE ALCALDÍA: OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (ORDINARIA) 2021.
Resultando.- Que por esta Alcaldía se ordenó a la unidad de personal que se informe sobre las plazas que podrían incluirse en la Oferta de Empleo Público.
Resultando.- Que por la Letrada consistorial se emitió informe con fecha 7 de diciembre actual en el que se reflejan las plazas que podría incluirse en la Oferta de Empleo Público.
Resultando.- Que durante el ejercicio 2020 se han producido las siguientes vacantes de personal laboral fijo, y por los motivos que se señalan:
Resultando.- Que con fecha 7 de diciembre por la Alcaldía se formuló propuesta a la Mesa General de negociación de los criterios generales de la Oferta de Empleo Público.
Resultando.- Que con fecha 10 de diciembre se convocó a los Sindicatos a una reunión para el 13 de diciembre para negociar la Oferta de Empleo Público.
Resultando.- Acta de la Mesa General de Negociación de este Ayuntamiento, de sesión celebrada el día 13 de diciembre de 2021, de criterios generales de la Oferta de Empleo Público (ordinaria) 2021.
Resultando.- Informe del Interventor Accidental, de fecha 27 de diciembre de 2021.
Considerando.- Que de conformidad con lo previsto en el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local las Entidades Locales -LRBRL- y 128.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local las Entidades Locales -TRRL-, deben aprobar y publicar, en el plazo un mes desde la aprobación del Presupuesto, la Oferta de Empleo Público, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal, para su debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
Considerando.- Que el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, u otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un 10% adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos.
Considerando.- Que la Oferta de Empleo Público debe desarrollarse en el plazo improrrogable de tres años.
Considerando.- Que la propuesta cumple las limitaciones impuestas por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 -LPGE 2021-, respecto a las ofertas de empleo público.
Considerando.- Que este Ayuntamiento aprobó en sesión celebrada el día 3 de marzo de 2021, el Presupuesto General municipal, la plantilla presupuestaria y la relación de puestos de trabajo.
Considerando.- Que la propuesta ha sido informada favorablemente por la Intervención municipal.
Considerando.- Que la propuesta ha sido objeto de negociación con las organizaciones sindicales más representativas, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 36.3 y 37.1.c) y 37.1.l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público -TREBEP-.
Considerando.- Que a aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a esta Alcaldía, en virtud de lo previsto en el artículo 22.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
DECRETO:
Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2021, que incluye las siguientes plazas:
1.- Funcionarios de carrera
Segundo.- Publicar la Oferta de Empleo Público en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en su tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia y de la Comunidad Autónoma de Canarias para general conocimiento e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados consideren oportuno.
Tercero.- Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Cuarto.- Dar traslado de la Resolución adoptada a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias, para su conocimiento y efectos oportunos y al Ministerio de Hacienda.”
Villa de Mazo, a 27 de diciembre de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, Goretti Pérez Corujo.
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