BOC - 2021/262. Jueves 23 de diciembre de 2021 - 5325

III. Otras Resoluciones

Presidencia del Gobierno

5325 - Secretaría General.- Resolución de 23 de diciembre de 2021, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se deja sin efectos la ampliación de los horarios de cierre de aquellos establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre, o tuvieran fijado uno superior, para los niveles de alerta 1, 2 y 3, acordada en la sesión del Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2021..

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Adoptado por el Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2021, el Acuerdo por el que se deja sin efectos la ampliación de los horarios de cierre de aquellos establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre, o tuvieran fijado uno superior, para los niveles de alerta 1, 2 y 3, acordada en la sesión del Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2021, de conformidad con lo dispuesto en el citado Acuerdo,

RESUELVO:

Disponer la publicación del Acuerdo por el que se deja sin efectos la ampliación de los horarios de cierre de aquellos establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre, o tuvieran fijado uno superior, para los niveles de alerta 1, 2 y 3, acordada en la sesión del Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2021, que figura como anexo.

Canarias, a 23 de diciembre de 2021.- La Secretaria General, Cándida Hernández Pérez.

ANEXO

El Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2021, fuera del orden del día, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

F.O.D. 55.- PROPUESTA DE ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS LA AMPLIACIÓN DE LOS HORARIOS DE CIERRE DE AQUELLOS ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES QUE CON ANTERIORIDAD A LA PANDEMIA NO TUVIERAN FIJADO UN HORARIO DE CIERRE, O TUVIERAN FIJADO UNO SUPERIOR, PARA LOS NIVELES DE ALERTA 1, 2 Y 3, ACORDADA EN LA SESIÓN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 9 DE DICIEMBRE DE 2021 (CONSEJERÍA DE SANIDAD).

Por Acuerdo de Gobierno de 9 de diciembre de 2021 se ampliaron los horarios de cierre de aquellos establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre, o tuvieran fijado uno superior, sobre los establecidos por el Decreto ley 11/2021, de 2 de septiembre, por el que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias, para los niveles de alerta sanitaria 1, 2 y 3.

Ampliación de horarios realizada haciendo uso de la previsión establecida en el artículo 23.3 del citado Decreto ley 11/2021, de 2 de septiembre, conforme al cual “Las medidas limitativas que conforman los distintos niveles de alerta podrán ser temporalmente levantadas o moduladas total o parcialmente por la autoridad sanitaria en los ámbitos territoriales en los que resulte posible, en función de su concreta situación epidemiológica, siempre que no cambien los indicadores sanitarios y que no se pongan en riesgo los intereses generales de intervención contra la pandemia de COVID-19 y la preservación de la capacidad asistencial del sistema de salud”.

La motivación de dicha medida se basó en el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que el 30 de noviembre de 2021 actualizó el sistema de indicadores epidemiológicos establecido para la evaluación del riesgo y de los niveles de alerta sanitaria establecido en el documento denominado “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19, actualización de 2 de junio de 2021”, sustituyéndolo por el documento denominado “Indicadores para la valoración de riesgo y niveles de Alerta de transmisión de COVID-19, actualización de 29 de noviembre de 2021”.

Actualización que representa una revisión al alza de los umbrales de los indicadores de incidencia de la enfermedad, ampliando los umbrales de riesgo por incidencia acumulada, tanto a 14 como a 7 días, entre otros. Si bien ya se advertía que en aquel momento la propagación del virus se encontraba al alza, asistiendo a un repunte sostenido de la incidencia en la propagación del virus, con la aparición de nuevas cepas preocupantes. Por ello la ampliación se realiza con la cautela debida conforme al principio de precaución establecido en el artículo 4 del Decreto ley 11/2021, acordando la medida por un periodo limitado de tiempo hasta el 31 de enero de 2022.

El informe de la Dirección General de Salud Pública de 21 de diciembre del presente sobre la situación epidemiológica en Canarias pone de manifiesto un crecimiento, en las dos semanas transcurridas desde que se adoptara el repetido Acuerdo de Gobierno, mucho mayor de lo esperado con cotas jamás alcanzadas en toda la pandemia. Baste para su constatación la cita de los siguientes datos:

- La Incidencia Acumulada a 7 días (IA7d) ha ido modificándose de la siguiente manera (casos por 100.000 hab.):

01/12/21 111,03

15/12/21 254,79

16/12/21 308,51

17/12/21 355,34

18/12/21 386,04

19/12/21 411,41 (se trata de la cifra más alta de IA7d que se ha alcanzado durante

toda la pandemia).

- La Comunidad Autónoma de Canarias tiene una IA7d superior al conjunto de España y ocupa el lugar 8º de las 17 CCAA y dos ciudades autonómicas.

- En distintos países europeos la situación es la siguiente, teniendo en cuenta que, en este caso, la IA es a 14 días (casos por 100,000 hab):

Países Bajos 1459,4

Reino Unido 1218,5

Francia 1037,8

Alemania 780,7

España 609,4

Canarias 566,3

Portugal 568,5

Italia 429,7

- Estas cifras reflejan que cada dos semanas, uno de cada 100 habitantes de los países que superan el umbral de 1.000 casos/100.000 hab son diagnosticados de COVID-19. En Canarias, estas cifras de incidencia significarían diagnosticar más de 3.000 casos diarios de COVID-19.

- Por otro lado, el indicador que compara la IA7d con la IA14d es de 73,1 % para el 19 de diciembre de 2021, lo que significa que el diferencial entre las cifras de hace 14 días con las de hace 7 días sigue siendo mayor del esperado (50 %), en un 171 % más, por este motivo nuestra IA7d es superior a la media española y la IA14d superior: nuestra velocidad de crecimiento es superior a la media española.

Pues bien, esta estimación realizada el día 21 de que pudieran llegar a alcanzarse los 3.000 casos diarios de COVID-19, se ha convertido en realidad en tan solo dos días con los 2.957 casos constatados el día 23 de diciembre.

Interesa destacar, también, las conclusiones del informe, conforme a las cuales:

“1. Se está asistiendo a un ascenso de casos en toda la Comunidad Autónoma, alcanzándose las IA7d más altas de toda la pandemia y es probable que siga creciendo, dado los antecedentes españoles y europeos, aunque en esta dos últimas semanas, Canarias ha crecido más rápido que el resto del territorio nacional.

2. La franja de edad más afectada (20-39 años) coincide con la que presenta más contactos sociales, más oportunidades de acudir a ocio nocturno en espacios cerrados y la que tiene un porcentaje menor de vacunación.

3. La isla más afectada es Tenerife, pero es previsible que las demás islas se afecten por igual en los próximos días.

4. Hay que considerar ya a la variante ómicron como la dominante en el archipiélago.

5. La situación asistencial refleja un nivel de riesgo alto, y que está mucho más comprometido en la red pública que en la privada, con lo que pudiera haber restricciones en cuanto a actividad quirúrgica programada de ciertas intervenciones.

6. La capacidad de rastreo está tremendamente limitada, lo que impide, ante la ausencia de medidas poblacionales, actuar en medidas individuales de aislamiento, instrucciones y detección de focos de contagio. Los que se han podido evaluar, vinculan macrobrotes con ocio nocturno (al menos tres de ellos en Tenerife, con un brote que casi llega a los 200 casos). Los hospitales, que han colaborado declarando sus brotes, informan que la mayoría de ellos tenían inicio en cenas de celebración navideña”.

El informe epidemiológico de la Dirección General de Salud Pública acerca de la situación de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Canarias y determinación de los niveles de alerta, correspondiente a datos de 22 de diciembre de 2021, refleja la situación alcista de todos los indicadores de alerta sanitaria, a ritmo superior al previsto, superando en muchos casos las cotas más altas alcanzadas en toda la pandemia.

En esta situación, común a todo el país y a los países de nuestro entorno, ha generado la necesidad de aplicar nuevas medidas de contención que contribuyan a frenar este nuevo repunte de la infección por COVID-19, esta vez con especial virulencia e incertidumbre debido a la nueva variante Ómicron cuya mayor transmisibilidad ha sido puesta de manifiesto por los científicos.

Ante las evidencias señaladas en Canarias, al igual que en las restantes Comunidades Autónomas, se están adoptando medidas restrictivas en el sentido unánimemente recomendado por los científicos para evitar la transmisión del virus, que se materializan en la vacunación, el mantenimiento de la distancia social, el uso de mascarillas, la observancia de las normas de higiene, el uso de espacios ventilados y seguros, evitar los desplazamientos masivos de población. El informe de propuesta de adopción de medidas específicas para frenar la transmisión del SARS-CoV-2 en la Comunidad Autónoma de Canarias, suscrito por el Director General de Salud Pública el 21 de diciembre actual, expone con meridiana claridad las medidas que propone adoptar y las razones que las justifican. Ello hace incongruente mantener medidas flexibilizadoras como es la ampliación de horarios acordada por el Gobierno el 9 de diciembre del presente, por lo que procede dejarla sin efectos al amparo de lo establecido en el artículo 23.3 del Decreto ley 11/2021, de 2 de septiembre, por el que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias.

En su virtud, el Gobierno, tras deliberar y a propuesta del Consejero de Sanidad, acuerda:

Dejar sin efectos el Acuerdo de Gobierno de 9 de diciembre de 2021, por el que se autoriza la ampliación de los horarios de cierre de aquellos establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre, o tuvieran fijado uno superior, para los niveles de alerta 1, 2 y 3 (BOC nº 252, de 13.12.2021).

El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.



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