Mediante Resolución de la Dirección General de Pesca de 25 de octubre de 2021, se seleccionó el proyecto presentado por la entidad mercantil Aquanaria, S. L., como proyecto ganador del concurso público para el otorgamiento de una concesión acuícola a situar en la zona de interés acuícola designada por el Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias, como ZIA-GC-6 en la isla de Gran Canaria, convocado por la Resolución de 11 de junio de 2021 (BOC nº 128, de 23.6.2021).
El proyecto seleccionado se ha realizado conforme a las directrices contenidas tanto en el mencionado Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias (PROAC), aprobado definitivamente por el Decreto 102/2018, de 9 de julio (BOC nº 146, de 30.7.2018), como en la Ordenación Detallada de la zona de interés acuícola ZIA-GC-6, ubicada entre la Punta de La Gaviota y Playa de la Tabaibita, frente a los municipios de Agüimes, Santa Lucía y San Bartolomé de Tirajana, aprobada por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca de 10 de marzo de 2021 (BOC nº 61, de 24.3.2021), y su corrección de errores, publicada en el BOC nº 146, de 16 de julio de 2021.
Dado que el proyecto ganador del concurso público lo fue para la ubicación de una concesión acuícola a situar en la A.G.M.-ZIA-GC-6, en concreto, en la Unidad de Referencia de Ejecución Sistemática U.R.E.S.-1 de la U.R.D.S.-1, y por tanto, se declaró desierto el concurso en lo que respecta a la Unidad de Referencia de Ejecución Sistemática U.R.E.S.-2 y la Unidad de Referencia de Ejecución Sistemática U.R.E.S.-3, las magnitudes globales de aplicación serán las establecidas para la U.R.E.S.-1:
Especies a cultivar: cualquier especie de interés acuícola del Listado de Especies de Interés para la Acuicultura por el artículo 14 y siguientes de la Normativa del PROAC, así como las modificaciones de esta conforme al artículo 21.9 de LPC.
Tipo de establecimiento: cualquier establecimiento para la acuicultura definidos y clasificados por los artículos 20 y 21, en relación con el artículo 39 y siguientes de la normativa del PROAC.
El Proyecto presentado cuenta con el Estudio de Impacto Ambiental elaborado conforme a la legislación vigente, en concreto, con lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en la Disposición adicional primera de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, además de los informes y determinaciones que exige el propio concurso, que será sometido a la correspondiente evaluación de impacto ambiental.
A los efectos previstos en el artículo 33.4 de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias, en relación con el artículo 62.3 de su Reglamento, aprobado por el Decreto 182/2004, de 21 de diciembre, se someten a información pública tanto el citado Proyecto como el Estudio de Impacto Ambiental presentados por el promotor seleccionado, Aquanaria, S.L., durante el plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, pudiendo presentarse cuantas alegaciones y observaciones motivadas se estimen oportunas, para lo que se podrán examinar todos los documentos técnicos y ambientales relacionados con el proyecto que nos ocupa en la sede de la Dirección General de Pesca, Servicio de Estructuras Pesqueras, sita en la Avenida Alcalde Ramírez Bethencourt, nº 22, Edificio Jinámar, planta 0, en Las Palmas de Gran Canaria, bajo la petición de cita previa en la dirección electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de octubre de 2021, El Director General de Pesca, Carmelo Dorta Morales.
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