De acuerdo con lo dispuesto en la Sección 1ª del Título IX de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24.12.2001), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril) y, en lo que no se oponga a esta norma, en el Capítulo I del Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades canarias (BOC de 18.10.2002).
Siendo necesaria la constitución de listas de reserva para la contratación urgente de Profesorado en los Departamentos, Áreas de Conocimiento y perfiles que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución y de acuerdo con lo especificado en el artículo 20 del Procedimiento para la contratación de Personal Docente e Investigador contratado (aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2003).
En uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril (BOE de 13 de abril) de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, en el artículo 1 del Decreto 140/2002, de 7 de octubre, este Rectorado
HA RESUELTO:
Convocar concurso público, para la contratación de Profesorado Asociado en los Departamentos, Áreas de Conocimiento y perfiles que se indican en el Anexo I, mediante Contrato Laboral de carácter especial y de duración determinada, con sujeción a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA:
1. NORMAS GENERALES.
1.1. Ante la existencia de necesidades urgentes e inaplazables, debidamente acreditadas, se procede a la convocatoria del siguiente concurso que se regirá por lo dispuesto en:
- Sección 1ª del Título IX de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y en cuanto no se oponga a esta norma en:
- El Capítulo I del Decreto 140/2002, de 7 de octubre.
- Estatutos vigentes de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
- El procedimiento para la contratación de personal docente e investigador contratado de la ULPGC, aprobado por Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2003.
- Reglamento de Organización Académica de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ROA), aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de junio de 2019 (BOULPGC el 11 de junio de 2019).
- Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador de las Universidades Públicas Canarias.
- Lo dispuesto en las presentes bases.
1.2. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso.
1.3. A efectos de posibles contrataciones por motivos extraordinarios que tuvieran que realizarse posteriormente en la misma Área de conocimiento y categoría, se constituirá una lista de reserva con los candidatos propuestos, por estricto orden de puntuación. Cualquier concurso que se celebre con posterioridad supondrá la actualización de dicha lista.
1.4. El baremo general por el que se regirá la adjudicación de los concursos que figuran como Anexo III a la presente convocatoria, ha sido aprobado por Consejo de Gobierno celebrado el 25 de febrero de 2008 y se encuentra expuesto en los tablones de anuncio de la calle Real de San Roque, nº 1, Módulo A, 1ª planta y en la página web de la Universidad.
1.5. Las plazas que se cubran con las listas de reserva convocadas no podrán ser cubiertas en comisión de servicios y tampoco podrán ser ocupadas por candidatos que hayan finalizado una relación contractual anterior con la ULPGC, por existencia de informe desfavorable.
1.6. Los plazos que se señalan en las presentes bases, se refieren a días hábiles (no se computarán sábados, domingos y días festivos). A los efectos de los respectivos concursos el mes de agosto se declara inhábil, no obstante, el periodo inhábil de dicho mes no afectará a los actos administrativos relacionados con la admisión de los aspirantes al concurso.
2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1. Los interesados deberán reunir las condiciones establecidas en la legislación vigente: Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril (BOE de 13 de abril) y, en cuanto no se oponga a esta norma, en el Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades canarias, Real Decreto 1200/1986 de 13 de junio, (BOE de 25 de junio), Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, (BOE de 9 de septiembre), Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y en las demás normas de carácter general aplicables.
2.2. Los contratos de profesorado contratado en régimen de derecho laboral no estarán sujetos a requisitos o condiciones basados en la nacionalidad. Esta posibilidad se entenderá siempre condicionada a que los aspirantes de nacionalidad extranjera se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
2.3. Estar en posesión de, al menos, una de las titulaciones expresamente indicadas para cada uno de los concursos en el Anexo I. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación o acreditación del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
2.4. Ejercer actividad profesional de reconocida competencia fuera del ámbito académico universitario, con al menos tres años de experiencia en alguna actividad profesional relacionada con el área y perfil indicados en el Anexo I. Sus funciones serán exclusivamente docentes. El ejercicio de actividad profesional deberá mantenerse durante el periodo que dure la contratación como Profesor Asociado.
2.5. Los requisitos exigibles y los méritos alegados por los candidatos deben poseerse con anterioridad a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
3. RÉGIMEN DE DEDICACIÓN Y VIGENCIA.
3.1. Los contratos de Profesor Asociado serán de carácter temporal y con dedicación a tiempo parcial con un máximo de seis horas lectivas semanales. Sus funciones serán exclusivamente docentes. La duración del contrato será trimestral, semestral o anual y se podrá renovar por periodos de igual duración, siempre que se siga acreditando el ejercicio de actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.
3.2. Los profesores a tiempo parcial, deben cumplir además de las horas lectivas que le correspondan, un número igual de horas de tutoría y asistencia al alumnado.
3.3. Se establece un periodo de prueba de seis meses. La situación de Incapacidad Temporal, maternidad, adopción o acogimiento que afecten al trabajador durante este periodo interrumpirá el cómputo del mismo. El periodo de prueba establecido no regirá cuando el profesor seleccionado haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad.
4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
4.1. FORMA DE PRESENTACIÓN.
Los interesados en participar en la convocatoria deberán presentar las solicitudes ante el Vicerrectorado de Profesorado, Ordenación Académica e Innovación Educativa de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, de una cualquiera de las siguientes formas, preferentemente de forma telemática:
4.1.1. Presentación telemática en la ULPGC.
Para presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica de esta Universidad
(https://sede.ulpgc.es) es necesario disponer de certificado digital. Se accederá al procedimiento denominado “Solicitud Genérica”, identificándose con dicho certificado digital.
Si los interesados no disponen de certificado digital, pueden encontrar información en la guía de obtención y uso del certificado digital disponible en la siguiente página web: https:e-administracion.ulpgc.es/obtener_certificado
Para saber cómo realizar el trámite en detalle, se puede consultar las indicaciones de la guía de uso disponible en la siguiente página web: https:e-administracion.ulpgc.es/uso_sede
En caso de problemas o dudas relativos al uso de la Sede Electrónica, los interesados pueden contactar con la Oficina de la Administración de la ULPGC, a través del siguiente formulario https://e-administracion.ulpgc.es/incidencias
Para presentar la solicitud de participación, será necesario realizar las siguientes acciones:
a) Cumplimentar un formulario electrónico donde se indicarán los siguientes datos:
Tipo de documento: Solicitud.
Asunto: Convocatoria “C3ª/2021 ATP”.
Unidad u órgano al que va dirigido: Subdirección de Personal Docente.
Este formulario electrónico no exime de presentar la correspondiente solicitud en el modelo oficial que se une como Anexo II a la presente convocatoria, en la forma que se indica en el apartado siguiente
b) Incorporar la documentación que se especifica en esta base.
La documentación estará distribuida en nueve archivos ordenados con el contenido que se indica a continuación, denominándose cada fichero en la forma que se especifica entre paréntesis:
1) La solicitud Anexo II en impreso normalizado (Apellidos del solicitante_SOLICITUD).
2) La documentación acreditativa de la personalidad del solicitante (DNI, NIE o pasaporte) (Apellidos del solicitante_IDENTIDAD).
3) Título académico (Apellidos del solicitante_TÍTULO).
4) Certificado académico (Apellidos del solicitante_NOTAS).
5) Resguardo del pago (Apellidos del solicitante_PAGO).
6) Acreditación vida laboral y actividad desarrollada (Apellidos del solicitante_ACTIVIDAD).
7) Certificado residencia para no residentes (Apellidos del solicitante_RESIDENCIA).
8) Curriculum vitae Anexo IV (Apellidos del solicitante_CV).
9) Documentación acreditativa de los méritos (Apellidos del solicitante_MÉRITOS).
Los documentos que se adjuntan deben cumplir con los siguientes requisitos para que la Sede los admita:
• El tamaño de los ficheros no debe exceder de 8 Mb.
• Si son archivos muy pesados es necesario reducirlos antes de incorporarlos.
• Los formatos de archivos permitidos son: pdf, gif,jpeg, jpg, png, bmp y txt.
• No se permite incorporar documentos comprimidos ni carteras pdf.
La Sede Electrónica será único medio válido a efectos de notificaciones. El domicilio, así como la dirección de correo electrónico, que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio, o cuenta de correo electrónico.
4.1.2. Otras formas de presentación.
Presentación presencial: en cualquiera de los siguientes lugares:
a) En el Registro General de la Universidad, en el Edificio de Servicios Administrativos, calle Real de San Roque, nº 1, Código Postal 35015-Las Palmas de Gran Canaria.
b) En la Delegación de esta Universidad en la isla de Lanzarote, calle Rafael Alberti nº 50, código postal 35507-Tahíche.
c) En la Delegación de esta Universidad en la isla de Fuerteventura, Palacio de Formación y Congresos, Planta 1,. OF,. ULPGC, 35600-Puerto del Rosario.
d) En las delegaciones del gobierno y en las oficinas de correos. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por un funcionario de Correos antes de su certificación. En estos casos, los interesados deberán, dentro del plazo establecido en la convocatoria, enviar una notificación de la solicitud presentada y la oficina pública en la que realizó dicho trámite. Dicha notificación se remitirá a la Subdirección de Personal Docente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria por correo electrónico a la dirección
sp_docenteinvestigador@ulpgc.es, indicando en el asunto: “Solicitud presentada en Correos seguida del proceso selectivo C3ª/2021 ATP”.
El domicilio, así como la dirección de correo electrónico o la Sede Electrónica de la ULPGC si ha manifestado su conformidad en la solicitud, que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio, o cuenta de correo electrónico.
4.2. DOCUMENTACIÓN.
Toda la documentación referida a la convocatoria, así como modelos de instancia, modelo de currículum vítae, etc. podrán encontrarse en la página web de la Universidad:
https://www.ulpgc.es/index.php?pagina=voap&ver=pdi_contratados
Los interesados, junto con la instancia deberán presentar:
1. Fotocopia del DNI en vigor (en el caso de que el candidato sea extranjero deberá aportar fotocopia del NIE acompañado de la fotocopia del pasaporte).
2. Fotocopia de los títulos oficiales que aporte por ambas caras. Si los títulos aportados han sido obtenidos en el extranjero deberán ir acompañados de una fotocopia de la homologación o acreditación del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
3. Certificación de las calificaciones obtenidas.
4. Resguardo original y fotocopia que justifique el pago de 20,00 (veinte) euros en concepto de formación de expediente, en CaixaBank, código cuenta cliente ES69 2038-8745-95-6400001223. No se admitirán pagos efectuados fuera del plazo de presentación de instancias, sea con anterioridad o con posterioridad al mismo. La falta de abono de los derechos de examen en tiempo y forma es insubsanable y determinará la exclusión del aspirante. No procederá devolución alguna de la cantidad indicada en los supuestos de exclusión por causa imputable al interesado.
5. Currículum vítae que figura como Anexo IV, y debe ajustarse al formato incluido en los baremos generales, añadiendo justificación de TODOS los méritos alegados, debidamente ordenadas y numeradas con el apartado del baremo a que corresponde. Aquellos documentos que no vengan identificados adecuadamente no serán valorados.
6. Acreditación mediante certificado de vida laboral actualizado, o certificación (actualizada) de la mutualidad que proceda donde se acredite que se tienen cubiertas las contingencias equiparables al régimen especial de autónomos, de ejercer actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.
7. Para la acreditación por los aspirantes de su actividad fuera del ámbito docente universitario, deberán aportar:
a) Los trabajadores por cuenta propia, certificado comprensivo de sus respectivos Colegios Profesionales donde conste el tiempo durante el cual han estado ejerciendo la actividad profesional.
b) Los trabajadores por cuenta ajena, certificado emitido por el empleador donde conste las funciones que desempeña en la unidad organizativa para la que presta sus servicios.
8. Los aspirantes de nacionalidad extranjera, fotocopia de los documentos acreditativos de que se encuentran en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral
Las personas que opten a más de un concurso deberán presentar solicitud individualizada para cada una de ellas acompañada de la documentación complementaria.
5. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
6. LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública en el tablón de anuncios de la calle Real de San Roque, nº 1, Módulo A, 1ª planta y con carácter informativo en la web de la Universidad: https://www.ulpgc.es/index.php?pagina=voap&ver=pdi_contratados (en el apartado Resolución de los Concursos de la convocatoria), la relación de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
Serán excluidos los aspirantes:
1.- Que no hayan abonado la cantidad citada dentro del plazo habilitado para la presentación de instancias.
2.- Quienes no aporten los requisitos generales y específicos de participación requeridos en los puntos 1, 2, 4, 6, y 8, mencionados en la base 4 de la presente publicación.
Los concursantes excluidos tendrán cinco días para subsanar únicamente los defectos que han originado su exclusión, a falta de lo cual se entenderá que desisten a participar en el concurso.
7. UNIDAD INSTRUCTORA Y COMISIÓN DE SELECCIÓN.
Corresponde la Instrucción al Servicio de Personal (Subdirección de Personal Docente) a quien se le encomienda las tareas administrativas de recepción y verificación de los requisitos de admisión de los aspirantes.
Las Comisiones que han de resolver los concursos ordinarios de profesores contratados convocados en un Área de Conocimiento, estarán constituidas, según lo previsto en los artículos 175.2.d y 184.4 de los Estatutos de la ULPGC, de la siguiente forma:
El Rector o Vicerrector/a en quien delegue.
El/La Director/a del Departamento afectado o miembro del equipo directivo que designe.
El/La Decano/a, /Director/a del Centro docente afectado o miembro del equipo directivo que designe.
Un docente elegido por el Consejo de Departamento entre sus doctores.
Dos miembros del personal docente e investigador doctor no pertenecientes ni al centro docente ni al Departamento, por sorteo de entre los integrantes del Consejo de Gobierno.
La composición nominal de los miembros de la Comisión así como los baremos Específicos fijados por la Comisión se harán públicos en el Tablón de Anuncios de la calle Real de San Roque, nº 1, Módulo A, 1ª planta y con carácter informativo en la página web.
8. RESOLUCIÓN DE LOS CONCURSOS.
Las Comisiones de evaluación de los concursos se reunirán al menos dos veces. En la primera reunión se procederá al acto de constitución, al nombramiento de secretario y a concretar y fijar, en detalle, el baremo específico que se aplicará a efectos de valoración de los curriculum vitae de los concursantes. Dicho baremo detallado se hará público en el lugar indicado en la convocatoria.
En la segunda reunión y siguientes, si las hubiera, las comisiones valorarán de acuerdo con el baremo establecido los méritos de los concursantes, pudiendo establecer una puntuación mínima para la inclusión en la lista de reserva.
Las Comisiones que han de juzgar los concursos, podrán convocar a los interesados a una entrevista, por lo que deben estar localizables telefónicamente.
Concluida la evaluación, el Vicerrectorado de Profesorado, Ordenación Académica e Innovación Educativa, por delegación del Rector, conforme a la Resolución de 5 de abril de 2021 (BOC nº 80, de 20 de abril), dictará Resolución provisional con la puntuación final obtenida por cada aspirante, que será publicada en el tablón de anuncios de la calle Real de San Roque, nº 1, Módulo A, 1ª planta y que servirá de notificación a los participantes en el concurso y con carácter informativo en la página web, contra la que se podrá presentar reclamación en el plazo de diez días. Resueltas las reclamaciones presentadas, en su caso, se dictará resolución definitiva. En el caso de que no se presentasen reclamaciones a la resolución provisional, esta adquirirá el carácter de definitiva.
Las notificaciones se realizarán prioritariamente por medios electrónicos conforme el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, realizándose las mismas en el correo electrónico indicado por los candidatos en las solicitudes, en la Sede Electrónica si ha sido el medio utilizado para la presentación o si ha manifestado su conformidad en la solicitud y, en su defecto, en el domicilio que figura en las instancias, considerándose los únicos válidos a efectos de notificación, de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo establecido en el resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en los medios citados sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo responsabilidad exclusiva del concursante todos los errores en la consignación de los mismos, así como al comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio posterior a la solicitud.
Una vez publicada la Resolución provisional del concurso, los candidatos que se contraten desde la lista de reserva, deberán aportar original de la documentación requerida en la base 4, apartados 2, 6 y 7, al objeto de cotejar la misma para la elaboración del contrato, asimismo aportará la documentación que legalmente sea necesaria para formalizar el correspondiente contrato. En el supuesto de que, salvo causas de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presenten la documentación solicitada, se entenderá que renuncian a la contratación ofertada.
Los aspirantes contratados desde la lista de reserva objeto del concurso tendrán la obligación de participar en los cursos de formación docente del profesorado que la Universidad convoque.
En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la incorporación del primer aspirante propuesto, podrá formalizarse la contratación con el segundo o siguientes, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Contratación.
Todos los concursos podrán resolverse con la no constitución de la lista de reserva, cuando a juicio de la Comisión de Contratación los currículum vítae de los aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente del concurso o cuando no se adecue mínimamente a las exigencias de la misma.
Las reclamaciones que se presenten contra la resolución provisional del concurso, no producirán efectos suspensivos de la propuesta correspondiente, salvo que el Rector, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de nulidad de pleno derecho.
Asimismo, el contrato formalizado con el candidato propuesto se extinguirá automáticamente en el supuesto de que, como consecuencia de la resolución de los recursos que puedan plantearse, resultara seleccionado otro aspirante con mejor puntuación.
9. DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la publicación de la resolución del concurso, los interesados previa solicitud podrán retirar la documentación presentada en la Subdirección de Personal Docente, siempre y cuando no se haya presentado ningún recurso o reclamación contra la resolución antes indicada. Transcurrido el cuarto mes, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido objeto de devolución.
De presentarse reclamaciones o recursos, la documentación no se podrá retirar hasta que queden resueltas las mismas con carácter definitivo, ya sea en vía administrativa o jurisdiccional.
10. DISPOSICIÓN FINAL.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Las Palmas, en el plazo de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de octubre de 2021.- El Rector, p.d. (Resolución de 5.4.2021), la Vicerrectora de Profesorado, Ordenación Académica e Innovación Educativa, Cecilia Dorado García.
ANEXO I
Código del concurso: 2103/2421.
Número de Plazas: Constitución de listado de reserva.
Categoría: Profesor Asociado a Tiempo Parcial.
Departamento: Bioquímica y Biología Molecular, Fisiología, Genética e Inmunología.
Área de Conocimiento: Inmunología.
Perfil: Impartir los conocimientos teóricos y prácticos del Sistema Inmune en la Titulación del Grado en Medicina: la inmunidad humoral y la inmunidad celular.
Titulaciones Aptas: Licenciatura/Grado en Biología, Bioquímica, Farmacia, Medicina.
Centro: Facultad de Ciencias de la Salud (SEDE EN GRAN CANARIA).
Código del concurso: 2103/2101.
Número de Plazas: Constitución de listado de reserva.
Categoría: Profesor Asociado a Tiempo Parcial.
Departamento: Ciencias Clínicas.
Área de Conocimiento: Medicina Preventiva y Salud Pública.
Perfil: Especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria con formación equivalente a Máster en Salud Pública.
Titulaciones Aptas: Licenciatura/Grado en Medicina, con formación equivalente a Master oficial en Salud Pública.
Centro: Facultad de Ciencias de la Salud.
Código del concurso: 2103/9511.
Número de Plazas: Constitución de listado de reserva.
Categoría: Profesor Asociado a Tiempo Parcial.
Departamento: Filología Hispánica, Clásica y de Estudios Árabes y Orientales.
Área de Conocimiento: Lingüística General.
Perfil: Impartir docencia en Lengua y Cultura China.
Titulaciones Aptas: Licenciatura o Grado en: Estudios Orientales; Lengua Española y Literaturas Hispánicas, con mención de lengua china; Lenguas Modernas, con mención de lengua china y títulos universitarios chinos homologados. Cualquier otra titulación siempre que se acredite un nivel HSK 6.
Centro: Facultad de Economía, Empresa y Turismo, Facultad de Filología.
Código del concurso: 2103/2571.
Número de Plazas: Constitución de listado de reserva.
Categoría: Profesor Asociado a Tiempo Parcial.
Departamento: Física.
Área de Conocimiento: Física Aplicada.
Perfil: Impartir docencia de Física III en la EIIC y Fundamentos Físicos de la Informática en la EII.
Titulaciones Aptas: Grado/Licenciatura en Física con título de Doctor. O Ingeniero/a Industrial o Licenciatura en Ciencias del Mar, que estén en posesión del Título de Doctor en el ámbito de la Física.
Centro: Escuela de Ingenieros Industriales y Civiles, Escuela de Ingeniería Informática.
Código del concurso: 2103/2601.
Número de Plazas: Constitución de listado de reserva.
Categoría: Profesor Asociado a Tiempo Parcial.
Departamento: Informática y Sistemas.
Área de Conocimiento: Arquitectura y Tecnología de Computadores.
Perfil: Impartir docencia en el área de Arquitectura y Tecnología de computadores.
Titulaciones Aptas: Ingeniero/a en Informática o Grado en Ingeniería Informática o Máster Oficial en Ingeniería Informática.
Centro: Escuela de Ingeniería Informática.
Código del concurso: 2103/2602.
Número de Plazas: Constitución de listado de reserva.
Categoría: Profesor Asociado a Tiempo Parcial.
Departamento: Informática y Sistemas.
Área de Conocimiento: Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial.
Perfil: Impartir docencia en el área de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial.
Titulaciones Aptas: Ingeniero/a en Informática o Grado en Ingeniería Informática o Máster Oficial en Ingeniería Informática.
Centro: Escuela de Ingeniería Informática.
Código del concurso: 2103/2603.
Número de Plazas: Constitución de listado de reserva.
Categoría: Profesor Asociado a Tiempo Parcial.
Departamento: Informática y Sistemas.
Área de Conocimiento: Lenguajes y Sistemas Informáticos.
Perfil: Docencia en Habilidades Profesionales para la Ingeniería Informática.
Titulaciones Aptas: Ingeniero/a en Informática o Grado en Ingeniería Informática o Máster Oficial en Ingeniería Informática y disponer de un nivel mínimo de inglés B2 Acreditado.
Centro: Escuela de Ingeniería Informática.
Código del concurso: 2103/2604.
Número de Plazas: Constitución de listado de reserva.
Categoría: Profesor Asociado a Tiempo Parcial.
Departamento: Informática y Sistemas.
Área de Conocimiento: Lenguajes y Sistemas Informáticos.
Perfil: Impartir docencia en el área de Lenguajes y Sistemas Informáticos.
Titulaciones Aptas: Ingeniero/a en Informática o Grado en Ingeniería Informática o Máster Oficial en Ingeniería Informática.
Centro: Escuela de Ingeniería Informática.
ANEXO III
BAREMO PARA PROFESOR ASOCIADO (ATP)
1. TITULACIÓN (máx. 25 puntos).
1.1. Título de doctor (máx. 8 puntos).
1.1.A. Calificación de la tesis doctoral (máx. 6 puntos).
Apto cum laude por unanimidad (6 puntos).
Apto cum laude por mayoría (4 puntos).
Apto (2 puntos).
1.1.B. Adecuación al área de conocimiento (hasta 2 puntos, en función de la adecuación de la tesis al área de conocimiento por el que se convoca la plaza).
1.2. Título académico (máx. 8 puntos).
1.2.A. Valoración de la titulación (6 puntos).
1.2.B. Valoración de especialidad (hasta 2 puntos).
1.3. Expediente académico (máx. 4 puntos).
1.4. Otros títulos aportados por el candidato (máx. 5 puntos).
1.4.A. Titulación de ciclo corto que da acceso a la titulación principal (sólo si requiere realización de proyecto fin de carrera) (1 punto).
1.4.B. Titulación de ciclo corto (3 puntos).
1.4.C. Titulación de ciclo largo (5 puntos).
2. EXPERIENCIA PROFESIONAL (máx. 45 puntos).
2.1. Experiencia docente universitaria (máx. 15 puntos).
2.1.A. Materia afín al perfil (2,5 puntos/año).
2.1.B. Materia afín al área de conocimiento (2 puntos/año).
2.1.C. No afín al área de conocimiento (1 punto/año).
2.2. Experiencia docente no universitaria (máx. 6 puntos).
2.2.A. Enseñanza secundaria (1 punto/año).
2.2.B. Otra enseñanza no universitaria (0,5 puntos/año).
2.2.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
2.3. Actividad (no docente) en empresas (máx. 30 puntos).
2.3.A. Relacionadas con el área de conocimiento (3 puntos/año).
2.3.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).
2.3.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
2.4. Ejercicio de libre profesión (acreditados por colegios oficiales) (máx. 30 puntos).
2.4.A. (a juicio de la Comisión evaluadora).
2.4.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).
2.4.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
3. EXPERIENCIA INVESTIGADORA (máx. 10 puntos).
3.1. Actividad investigadora desempeñada (programas, puestos, fechas) (máx. 4 puntos).
3.1.A. Actividad en proyectos de investigación como investigador principal (internacional: 1 punto/año, nacional: 0,5 puntos/año, regional: 0,25 puntos/año).
3.1.B. Actividad en proyectos de investigación como investigador asociado (internacional: 0,5 puntos/año, nacional: 0,25 puntos/año, regional: 0,1 puntos/año).
3.1.C. Otros (a juicio de la Comisión evaluadora).
3.2. Publicaciones de libros (título, fecha, editorial, ISBN) (máx. 5 puntos).
3.2.A. Libro Completo (internacional: hasta 2 puntos, nacional: hasta 1,5 puntos, regional: hasta 1 punto).
3.2.B. Capítulo de libro (internacional: hasta 0,5 puntos, nacional: hasta 0,25 puntos, regional: hasta 0,1 puntos).
3.3. Publicaciones en revistas científicas (título, fecha, volumen, páginas, ISSN) (máx. 8 puntos).
3.3.A. Con índice de impacto (hasta 2 puntos/artículo).
3.3.B. Sin índice de impacto (internacionales: hasta 1 punto, nacionales: hasta 0,5 puntos, regionales: hasta 0,25 puntos).
3.3.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
3.4. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos (máx. 8 puntos).
3.4.A. Con actas con ISBN (internacional: 1 punto, nacional: 0,5 puntos, regional: 0,3 puntos).
3.4.B. Con actas sin ISBN (internacional: 0,5 puntos, nacional: 0,25 puntos, regional: 0,1 punto).
3.4.C. Posters (internacional: hasta 0,5 puntos, nacional: hasta 0,25 puntos, regional: hasta 0,1 punto).
3.5. Otras publicaciones y patentes(máx. 5 puntos).
3.5.A. Otras publicaciones (hasta 0,5 puntos/publicación).
3.5.B. Patentes (hasta 2 puntos/patente).
3.5.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
4. OTROS MÉRITOS (máx. 10 puntos).
4.1. Cursos y seminarios impartidos (máx. 3 puntos).
4.1.A. Cursos y seminarios impartidos (0,35 puntos/crédito impartido) (máx. 3 puntos).
4.1.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).
4.1.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
4.2. Cursos y seminarios recibidos (máx. 2 puntos).
4.2.A. Cursos y seminarios recibidos (0,2 puntos/curso, mín 20 horas) (máx. 2 puntos).
4.2.B. Máster Universitario de reconocido prestigio (hasta 2 puntos).
4.2.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
4.3. Méritos relativos al programa de doctorado (máx. 2 puntos).
4.3.A. Suficiencia Investigadora (sólo para no doctores) (2 puntos).
4.3.B. Cursos superados, cuando no haya suficiencia investigadora (0,1 punto/crédito) (máx. 2 puntos).
4.4. Becas de investigación recibidas (máx. 3 puntos).
4.4.A. Predoctorales (Ministerio o Comunidad Autónoma 0,4 puntos/año, Universidad 0,2 puntos/año, Fundación Universitaria 0,1 puntos/año) (máx. 1,5 puntos).
4.4.B. Postdoctorales (0,75 puntos/año) (máx. 2 puntos).
4.5. Ayudas y premios recibidos (con posterioridad al título principal) (máx. 1,5 puntos).
4.6. Estancias en centros nacionales y extranjeros (máx. 3 puntos).
4.6.A. Estancias internacionales en centros de investigación (2 puntos/año).
4.6.B. Estancias nacionales en centros de investigación (1 punto/año).
4.6.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
4.7. Otros méritos docentes o de investigación (máx. 0,75 puntos).
4.7.A. Otros méritos docentes.
4.7.B. Otros méritos de investigación.
5. MÉRITOS PREFERENTES RELACIONADOS CON LA CATEGORÍA DE LA PLAZA (máx. 10 puntos).
5.1. Estar acreditado/a (o habilitado/a) para participar en los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios (10 puntos).
6. ENTREVISTA (A juicio de la comisión) (máx. 10 puntos).
6.1. Debate sobre el curriculum presentado por el candidato.
6.1.A. (a juicio de la Comisión evaluadora).
6.1.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).
6.1.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
6.2. Debate sobre el programa, aprobado por el Departamento, de la asignatura.
6.2.A. (a juicio de la Comisión evaluadora).
6.2.B. (a juicio de la Comisión evaluadora).
6.2.C. (a juicio de la Comisión evaluadora).
Notas:
a. EL CURRICULUM VITAE a presentar ha de efectuarse siguiendo los apartados anteriores y respetando la numeración indicada, dejando en blanco los apartados que procedan.
b. En los epígrafes en los que se consigna un máximo se truncará la puntuación una vez alcanzada.
c. En los epígrafes en los que se consigna “hasta” será criterio de la Comisión evaluadora la puntuación obtenida según la calidad de la aportación.
d. Todos los méritos serán considerados relativos al área de conocimiento por el cual se publica la plaza, excepto aquellos apartados en los que se refiera al perfil.
e. Los méritos correspondientes a subapartados que figuran a juicio de la comisión evaluadora, tendrán como límite la puntuación correspondiente al mínimo del subapartado inmediatamente anterior.
ANEXO IV
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