BOC - 2021/211. Miércoles 13 de octubre de 2021 - 4376

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Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

4376 - Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (PROEXCA).- Anuncio de 27 de septiembre de 2021, relativo al procedimiento de selección de personal temporal y creación de lista de reserva para la ejecución de proyectos de atracción de inversiones..

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Con fecha 15 de julio de 2021, la Dirección-Gerencia aprobó las Bases que rigen la creación de lista de reserva para la ejecución de proyectos de atracción de inversiones para la Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. (PROEXCA).

Las personas interesadas podrán consultar las bases de la convocatoria en la página web https://www.proexca.es, de la entidad Sociedad Canaria de Fomento Económico, S.A. - PROEXCA. Así mismo, dispondrán de un plazo de quince (15) días naturales, contados desde la presente publicación, para la presentación de las solicitudes.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre de 2021.- El Consejero Delegado, Laureano Pérez Rodríguez.

BASES QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL TEMPORAL Y CREACIÓN DE LISTA DE RESERVA PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE ATRACCIÓN DE INVERSIONES PARA LA SOCIEDAD CANARIA DE FOMENTO ECONÓMICO S.A (PROEXCA).

ÍNDICE

I.- BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO

BASE I.- Condiciones generales.

BASE II.- Requisitos mínimos de admisión.

BASE III.- Méritos a valorar.

3.1. Formación.

3.2. Experiencia laboral/profesional.

3.3. Idiomas.

3.4. Competencias profesionales.

3.5. Competencias personales.

BASE IV.- FASES:

FASE I.- Publicación y recepción de solicitudes.

FASE II.- Verificación de solicitudes.

FASE III.- Valoración de méritos.

FASE IV.- Prueba escrita de conocimiento Base III, mérito 3.4.

FASE V.- Prueba oral, Base III, mérito 3.5.

FASE VI.- Resolución del proceso y creación de la lista de reserva.

BASE V.- Lista de Reserva, funcionamiento y contratación.

BASE VI.- Comité Calificador.

II.- ANEXOS DE LAS BASES

ANEXO I. Impreso de solicitud.

ANEXO II. Información sobre tratamiento de datos personales.

ANEXO III. Modelo de certificación de experiencia laboral/profesional.

ANEXO IV.

I.- BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO

Estas bases regirán el proceso de selección de un/a técnico de atracción de inversiones para ejecutar determinados proyectos, para su contratación de forma temporal, así como la creación de una lista de reserva del perfil profesional convocado para cubrir las necesidades temporales de dicho personal que tenga la empresa

BASE I. Condiciones generales.

a) Las personas aspirantes para participar en el proceso selectivo deberán presentar la solicitud debidamente cumplimentada y firmada conforme al impreso del Anexo II.

A esta solicitud deben adjuntar CV, historial profesional y formativo que contenga los requisitos mínimos exigidos y los méritos a valorar, así como la documentación necesaria para acreditarlos y poder realizar la correspondiente baremación.

Deberá presentarse en tiempo y forma en el lugar y plazo indicados en las bases.

En caso de no ser así, se excluirán del proceso selectivo los aspirantes que no lo cumplan.

b) El comité de valoración y la empresa que le asista durante proceso selectivo, en aras de la eficacia y eficiencia durante el proceso selectivo, tendrán la facultad de dirigirse a los aspirantes, para resolver dudas y recabar las aclaraciones y subsanaciones que fueren precisas al buen fin del proceso, ya sea telefónicamente, presencial o por mail, en cualquier momento.

c) Criterios de desempate: En el caso de empate en las puntuaciones provisionales y/o definitivas entre los/as aspirantes, el desempate se resolverá por la mayor puntuación obtenida en los méritos 3.2. de la fase III.

d) Las puntuaciones finales o por fases, obtenidas de forma definitiva, así como la posición obtenida en el proceso selectivo y/o la lista de reserva, podrán ser objeto de modificación revisable conforme a lo siguiente, a resultas de la verificación y cotejo de la documentación.

Si en el momento indicado para la aportación de la documentación original para su cotejo, para verificar los requisitos de admisión y los méritos declarados, resultare:

• Que no se acreditare ostentar los requisitos de admisión, resultará automáticamente excluido/a del proceso, y en su caso de la lista de reserva.

• Que no se acreditare total o parcialmente los méritos declarados, ello dará lugar a la correspondiente corrección de la valoración de los méritos inicialmente puntuados y en su caso del puesto ocupado en el resultado del proceso selectivo, y/o en su caso de la lista de reserva.

• Que se ha faltado a la verdad en las declaraciones juradas, resultará automáticamente excluido/a del proceso, de su contratación y en su caso de la lista de reserva.

e) Durante la realización de pruebas, comunicaciones etc., del proceso selectivo, está prohibido la grabación y captación de imagen y/o sonido por parte de los aspirantes, y el uso del teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos, que deberán estar apagados antes del comienzo de la prueba. El incumplimiento de esta prohibición por parte del aspirante, llevará consigo la pérdida de su derecho a participar en el proceso, resultando excluido del mismo y en su caso de la lista resultante.

f) Las personas aspirantes habrán de identificarse en todo momento con DNI, pasaporte o tarjeta identificativa original y en vigor para participar en el proceso selectivo y cualesquiera sus pruebas, y/o fases.

g) Domicilio de notificaciones y comunicaciones durante el proceso:

Las notificaciones y comunicaciones que la empresa deba realizar a las personas aspirantes durante en el proceso serán las que se consignan específicamente en las Bases en cada Fase.

A falta de previsión específica, el domicilio de notificaciones y comunicaciones individuales a la persona aspirante a lo largo del proceso selectivo, será el correo electrónico consignado en su solicitud.

El domicilio de notificaciones y comunicaciones por parte del/la aspirante ante el comité calificador a lo largo del proceso selectivo, será por mail a la dirección rr.hh@proexca.es, siendo por tanto el cauce para presentar alegaciones y reclamaciones durante el proceso.

Las publicaciones por parte del órgano evaluador o en su caso la empresa especializada responsable del proceso selectivo, anuncios, convocatorias, resultados definitivos y/o provisionales, etc., se realizarán en la forma y lugar consignadas en las presentes bases.

BASE II.- Requisitos mínimos de admisión.

Todos y cada uno de los requisitos mínimos han de ostentarte a la fecha de presentación de la solicitud.

En caso de no ser así se excluirán del proceso selectivo los aspirantes que no lo cumplan.

a. Ser de nacionalidad española, o de la de un Estado miembro de la Unión Europea, u otros extranjeros con residencia legal en España, así como dominio de la lengua española. En caso de no ser nacional/nativo hispano hablante tener nivel C2. Se presumirá el requisito de dominio de la lengua española a los nacionales de países hispanohablantes.

Acreditación:

1. Mediante copia del DNI/pasaporte/NIE, permiso de trabajo en vigor.

2. Declaración jurada del Dominio del idioma español (se verificará en la prueba oral).

3. Título acreditativo del nivel C2 de español.

b. No estar imposibilitado para el desempeño del puesto ofertado por causa de incompatibilidad legal de trabajar en el sector público. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y en otras normas estatales y autonómicas que resulten de aplicación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni hallarse en inhabilitación absoluta para el empleo en el sector público por resolución judicial para ejercer funciones similares a las que son objeto de la convocatoria, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Acreditación mediante declaración jurada en impreso de solicitud.

c. Titulación: estar en posesión de una licenciatura/grado (Nivel 2 y/o 3 del MECES) en economía, ADE, ciencias políticas, derecho, ingeniería, ciencias ambientales, o similar.

Acreditación mediante copia compulsada de la titulación correspondiente.

d. Experiencia: laboral/o profesional en el ámbito de negocios internacionales, atracción de inversiones desarrollo de funciones de negocio internacional, en los últimos 5 años, al menos durante 9 meses.

A estos efectos computarán, entre otros, las Becas de Negocios Internacionales práctica en el exterior (PROEXCA/ICEX) y/o la experiencia en atracción de inversiones en agencias de promoción u organismos y empresas similares.

Acreditación:

1.- Mediante escrito/certificación del organismo o empresa y/o.

2.- Informe de vida laboral y/o.

3.- Copia del contrato de trabajo y/o de servicios, beca o documento acreditativo que permita verificar el requisito en todos sus extremos.

Cuando de la documentación anterior no se acrediten las actividades referidas, se aportará declaración o certificado de funciones de las entidades donde haya prestado sus servicios, conforme al Anexo III de las bases.

e. Idiomas: inglés, Nivel B2

Acreditación:

1.- Mediante certificado oficial. (En el Anexo IV se recogen los certificados/títulos de nivel admitidos para acreditar el nivel mínimo exigido).

2.- Quienes no dispongan de título acreditativo o este tuviera más de 3 años (72 meses), solo podrán acreditar este requisito mediante la prueba de nivel de idiomas.

3.- Se presumirá el conocimiento del inglés a los nacionales de países cuya lengua oficial sea el inglés.

En todos los casos el nivel de idioma inglés se acreditará mediante prueba a realizar por empresa externa.

Si no se supera la prueba de nivel, se entenderá que no cumple este requisito mínimo, siendo causa de exclusión del proceso.

BASE III.- Méritos a valorar.

3.1. Formación: Máster en negocios internacionales. Máximo 5 puntos.

Acreditación mediante copia compulsada de la titulación correspondiente.

3.2. Experiencia laboral/profesional en los últimos 5 años. Máximo 16 puntos.

En cada uno de los cuatro apartados podrá obtenerse un máximo de 4 puntos.

Cada periodo de 9 meses, en cada uno de los apartados valdrá 1 punto, no se prorrateará la puntación por meses.

a) Experiencia laboral adicional en el Sector Público/privado en materia de Atracción de Inversiones.

b) Experiencia laboral en el Sector Público/privado en gestión de subvenciones, ayudas, programas públicos.

c) Experiencia laboral en el Sector Público/privado en la preparación y gestión de líneas de financiación destinadas a proyectos empresariales.

d) Experiencia laboral en negocios internacionales en empresas u Organismos Multilaterales.

No se valorará como mérito el periodo de 9 meses exigido como requisito. En caso de coincidencia temporal de la experiencia en dos o más ámbitos, el aspirante deberá optar por uno de ellos a efectos de puntuación. En ningún caso se acumulará la valoración de 2 o más. A falta de opción por el aspirante, el órgano evaluador valorará el que mayor puntuación conlleve.

3.3. Idiomas: máximo 20 puntos en total.

3.3.1. Inglés. 15 puntos máximo.

Se valorará el nivel de idioma inglés superior al B2 requerido para la admisión al proceso:

C2 - Bilingüe: 15 puntos.

C1 - Avanzado: 10 puntos.

Acreditación mediante certificado oficial o/y prueba de nivel.

3.3.2. Otros idiomas. 5 Puntos máximo. Se valorará el conocimiento y dominio de otros idiomas distintos al español e inglés requeridos (alemán, francés, chino, árabe, portugués, italiano, etc.)

Se valorarán un máximo de dos (2) idiomas adicionales de la siguiente forma:

C2 - Bilingüe: 2,5 puntos por idioma.

C1 - Avanzado: 2 puntos por idioma.

B2 - Intermedio alto: 1,5 puntos por idioma.

Acreditación mediante certificado oficial o/y prueba de nivel (Fase III).

3.4. Competencias profesionales: máximo 20 puntos en total.

Se valorarán: tener conocimiento del REF canario y de las ventajas e instrumentos existentes para atraer inversión a Canarias.

Acreditación: mediante superación de prueba escrita (Fase IV).

La prueba se considerará superada con un resultado igual o superior a 10 puntos. La no superación de esta prueba supondrá la obtención de 0 puntos en este apartado.

3.5. Competencias personales: Máximo 10 puntos en total.

Se valorarán las siguientes competencias:

a. Capacidad de análisis.

b. Autonomía y proactividad.

c. Capacidad de comunicación.

d. Capacidad resolutiva.

e. Trabajo en equipo.

f. Negociación.

Acreditación: mediante superación de prueba oral consistente en un cuestionario de evaluación por competencias que realizará la empresa que asiste al comité calificador. (Fase V).

La prueba se considerará superada con un resultado superior a 6 puntos. La no superación de esta prueba supondrá la obtención de 0 puntos en este apartado.

BASE IV.- Fases:

FASE I - PUBLICACIÓN Y RECEPCIÓN DE SOLICITUDES. Se publicará anuncio de la convocatoria del proceso selectivo, en dos periódicos de la comunidad autónoma de mayor tirada en cada provincia y en el BOC.

La convocatoria y las bases de la convocatoria se publicarán en la página web
https://proexca.es/ y en los portales de empleo que se considere oportuno.

Plazo de presentación: desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en prensa, las personas interesadas dispondrán de un plazo de 15 días naturales para la presentación de las solicitudes conforme al modelo y la documentación señalada en el Anexo II, plazo que finalizará a las 23:59 del último día.

Lugar de presentación: la presentación de las solicitudes para participar en el siguiente proceso, será a través de correo electrónico, siendo la dirección habilitada para ello la siguiente dirección de correo electrónico: rr.hh@proexca.es

FASE II - VERIFICACIÓN DE SOLICITUDES: comprobación de la documentación presentada y del cumplimiento de los requisitos de admisión:

En esta fase se revisarán las solicitudes presentadas y la documentación adjunta a las mismas con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos de admisión.

No cumplimentar el Impreso de solicitud de participación, (Anexo II) y/o no adjuntar la documentación de acuerdo con lo señalado en el Anexo I supondrá la exclusión del proceso selectivo.

Los requisitos son de obligado cumplimiento para participar en el proceso de selección, por lo que la no acreditación de uno sólo de ellos supondrá la exclusión del proceso selectivo.

Se publicará en la web https://proexca.es/ el listado provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as en el proceso.

Con la publicación de la lista provisional se considerará efectuada la correspondiente notificación a los/as aspirantes.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de dos (2) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del listado provisional de esta fase para reclamar y/o subsanar las solicitudes presentadas mediante la aportación de documentación de la forma que se especifique en el listado publicado.

Finalizado este plazo, se publicará el listado definitivo de aspirantes admitidos/as y/o excluidos/as, surtiendo efectos de resolución de las reclamaciones que se hayan presentado a la lista provisional.

FASE III - VALORACIÓN DE MÉRITOS. Finalizada la fase II se realizará la valoración de los siguientes méritos, conforme a la base III:

3.1. Formación.

3.2. Experiencia laboral/profesional.

3.3 Idiomas:

3.3.1. Inglés.

3.3.2. Otros idiomas.

En esta fase se realizará una prueba de nivel de idiomas oral y/o escrita a los aspirantes que así lo hayan indicado en su solicitud, cuando no hayan podido acreditar el nivel de idioma requerido, con el fin de acreditar el conocimiento del idioma y nivel declarados:

a) El resultado de la prueba será uno de estos: “acredita” o “no acredita” el nivel declarado.

b) Las personas aspirantes serán emplazadas por correo electrónico con indicación de lugar y hora para la realización de la prueba.

c) El lugar de celebración será en Las Palmas de Gran Canaria y/o Santa Cruz de Tenerife de forma presencial.

d) Si las circunstancias sanitarias lo impidieran, se realizará telemáticamente a través de la aplicación Google Meet.

e) A tal fin las personas aspirantes han de disponer de dispositivos electrónicos y/o ordenador que les permitan realizar dicha conexión.

f) Si por razones ajenas a la empresa dicha conexión no podrá realizarse, no se valorará el mérito cuya acreditación depende de esta prueba de nivel.

g) Las personas que no realicen la prueba, se les tendrá por no presentado, “no acredita”.

La prueba la realizará una empresa acreditada en examen de nivel de inglés. Esta empresa resolverá en su caso las reclamaciones al listado provisional de puntuación. El/los informe/s de resultados emitido por la empresa, los hará suyo el comité de valoración.

Se publicará en la web https://proexca.es/ el listado provisional de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en los méritos indicados (3.2 y 3.3.).

Con la publicación de la lista provisional se considerará efectuada la correspondiente notificación a los/as aspirantes.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de dos (2) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del listado provisional de esta fase para reclamar y/o subsanar las puntuaciones obtenidas.

Finalizado este plazo, se publicará el listado definitivo de aspirantes admitidos/as con las puntuaciones obtenidas en los méritos 3.2 y 3.3 ordenados de mayor a menor puntuación, surtiendo efectos de resolución de las reclamaciones que se hayan presentado a la lista provisional.

Criterio de desempate a puntos: se resolverá por los siguientes criterios, por este orden, hasta obtener el desempate:

1.- Mayor puntuación obtenida en el mérito 3.2.

2.- Mayor puntuación obtenida en la prueba escrita de conocimiento.

Pasarán a la siguiente fase los/as aspirantes de mayor puntuación, con un máximo
de 20 candidatos/as, así como los que hayan obtenido puntuación idéntica al 20º puesto.

FASE IV - PRUEBA ESCRITA DE CONOCIMIENTO, base III, mérito 3.4.

Para la valoración del Mérito 3.4, se realizará una prueba escrita que consistirá en un cuestionario tipo test y un supuesto práctico.

La mencionada prueba constará de 18 preguntas tipo test y un supuesto práctico que versará sobre el siguiente temario: conocimientos de la economía canaria, la atracción de inversiones, el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), y la internacionalización de las islas Canarias.

En la prueba se incluirán 5 preguntas tipo test de reserva que las personas aspirantes deberán responder. Se tendrán en cuenta exclusivamente en el caso de que alguna de las 18 preguntas de la prueba, sea considerada como nula. La primera pregunta anulada se sustituirá por la primera de las preguntas de reserva. Si resultan anuladas más preguntas, se cambiarán por las de reserva en orden consecutivo.

Para superar esta fase habrá de obtenerse 10 o más puntos.

La no superación de esta prueba supondrá la obtención de 0 puntos.

a) Las personas aspirantes serán emplazadas por correo electrónico con indicación de lugar y hora para la realización de la prueba.

b) El lugar de celebración será en Las Palmas de Gran Canaria y/o Santa Cruz de Tenerife de forma presencial.

c) Si las circunstancias sanitarias lo impidieran, se realizará por presencia telemática.

d) A tal fin las personas aspirantes han de disponer de dispositivos electrónico y/o ordenador que les permitan realizar dicha conexión.

e) Si por razones ajenas a la empresa dicha conexión no pueda realizarse, se obtendrán 0 puntos.

f) Las personas que no se presenten y/o no realicen la prueba, obtendrán 0 puntos.

Se publicará en la web https://proexca.es/ el listado provisional de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en el mérito indicado (3.4.).

Con la publicación de la lista provisional se considerará efectuada la correspondiente notificación a los/as aspirantes.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de dos (2) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del listado provisional de esta fase para reclamar y/o subsanar las puntuaciones obtenidas, así como, en su caso, formular impugnación de preguntas de la prueba.

Finalizado este plazo, se publicará el listado definitivo de aspirantes que han superado esta fase, con las puntuaciones obtenidas en los méritos 3.4, y ordenados de mayor a menor por la puntuación sumada de los méritos 3.2 3.3, 3.4, surtiendo efectos de resolución de las reclamaciones que se hayan presentado a la lista provisional.

Pasarán a la siguiente fase los/las 20 aspirantes de mayor puntuación sumada, así como los que hayan obtenido puntuación idéntica al 20º puesto.

FASE V - PRUEBA ORAL, base III, mérito 3.5.

Esta prueba consiste en una prueba oral en la que se valorarán las competencias personales del aspirante de la a) al f) del mérito 3.5.

En esta fase, el comité calificador contará con la asistencia externa de la empresa especializada que realizará la prueba de evaluación por competencias.

Las personas aspirantes serán emplazadas por correo electrónico con indicación de lugar y hora para la realización de la prueba.

a) El lugar de celebración será en Las Palmas de Gran Canaria y/o Santa Cruz
de Tenerife de forma presencial.

b) Si las circunstancias sanitarias lo impidieran, se realizará por presencia telemática.

c) A tal fin las personas aspirantes han de disponer de dispositivos electrónico y/o ordenador que les permitan realizar dicha conexión.

d) Si por razones ajenas a la empresa dicha conexión no pueda realizarse, se obtendrán
0 puntos.

e) Las personas que no se presenten y/o no realicen la prueba, obtendrán 0 puntos

La prueba se considerará superada con un resultado superior a 6 puntos.

La no superación de esta prueba supondrá la obtención de 0 puntos.

Se publicará en la web https://proexca.es/ el listado provisional de las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en el mérito indicado (3.5.).

Con la publicación de la lista provisional se considerará efectuada la correspondiente notificación a los/as aspirantes.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de dos (2) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del listado provisional de esta fase para reclamar y/o subsanar las puntuaciones obtenidas.

Finalizado este plazo, se publicará el listado definitivo de aspirantes que han superado esta fase, con las puntuaciones obtenidas en el mérito 3.5, y ordenados de mayor a menor por la puntuación sumada de los méritos 3.2 3.3, 3.4 y 3.5 surtiendo efectos de resolución de las reclamaciones que se hayan presentado a la lista provisional.

FASE VI - RESOLUCIÓN DEL PROCESO Y CREACIÓN DE LA LISTA DE RESERVA.

A partir del listado anterior, con las puntuaciones globales obtenidas, ordenado de mayor a menor, se dictará la resolución de finalización del proceso.

La primera persona del listado será la seleccionada para su contratación, que será la primera el listado.

Con dicho listado se conformará la LISTA DE RESERVA DE 20 personas, con la 1º persona y las 19ª personas siguientes hasta la 20ª inclusive y los empatados a su puntuación.

Se dictará Resolución conteniendo los extremos anteriores y la lista de reserva, que se publicará en la web de la empresa que convoca el proceso selectivo www.proexca.es.

El llamamiento para la contratación de la persona seleccionada para ser contratadas, se realizará en las condiciones recogidas en la Base VI, en el apartado de llamamiento y contratación.

Si la/s persona/s seleccionada/s para su contratación no resultara contratada por cualquier causa, o no superare el periodo de prueba, se efectuará llamamiento al siguiente de la lista de reserva hasta la contratación para la cobertura de la plaza convocada.

La vigencia de la lista de reserva será de 12 meses contados a partir de la fecha de la contratación del candidato al puesto de trabajo objeto de este proceso. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá prorrogar por periodo de igual duración cuando concurran causas que así lo justifiquen a decisión del órgano competente en materia de contratación.

BASE V.- Lista de reserva, funcionamiento y contratación.

1. La LISTA DE RESERVA estará conformada por las personas resultantes según la fase VI, Base IV.

2. En su funcionamiento, habrá de respetar la prohibición legal de incurrir en supuestos laborales de fraude de ley, así como la prohibición y limitaciones de contratación para la adquisición de la condición de trabajador indefinido no fijo que se establezca legalmente para el sector público.

3. Duración: La LISTA DE RESERVA tendrá una duración máxima de 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de la resolución de finalización del proceso

La empresa tendrá la facultad de prorrogar su vigencia con el fin de atender las necesidades que motivan su creación, decisión que se publicará en la web donde se encuentre publicada la lista.

4. Archivo: LISTA DE RESERVA, se publicará en la web de PROEXCA.

5. El orden de llamada será siguiendo el orden de la lista, es decir en orden descendente de puntuación ordenada de mayor a menor.

6. Cuando la empresa tenga necesidad de contratar personal CON CARÁCTER TEMPORAL, para cubrir necesidades de personal del perfil objeto de la convocatoria, se pondrá en contacto con el/la aspirante correspondiente por orden de lista de reserva a través del correo electrónico que el/la aspirante consignó en su solicitud de participación en el proceso selectivo.

7. Tanto el primero como los sucesivos y posteriores llamamientos que correspondan, se harán al siguiente por riguroso orden de lista, a través del correo electrónico que el/la aspirante consignó en su solicitud de participación en el proceso selectivo, hasta llegar al final, comenzando de nuevo por el primero una vez se agote, de forma que nunca se llamará dos veces consecutivas a un mismo integrante de la lista, hasta que se hayan llamado a los posteriores hasta el último de la lista.

Excepción a lo anterior, y por lo tanto se podrá llamar una segunda vez consecutiva, será que el contrato de trabajo del llamado/a no haya tenido una duración superior a 30 días, por causas no imputables al mismo, en cuyo caso el siguiente llamamiento que realice la empresa posterior a la fecha de su fin de contrato se efectuará a dicho integrante de la lista.

La no superación del periodo de prueba en el contrato de trabajo, será causa de exclusión de la lista de reserva.

8. Limitación al orden de llamamiento: se excepciona del orden del llamamiento y/o contratación, cuando la contratación laboral de duración determinada pudiera dar lugar a incurrir en supuestos legales de fraude de ley contractual, la superación de la duración máxima de la contratación temporal, o en el incumplimiento de normativa básica, que contenga el deber de velar por evitar cualquier tipo de irregularidad en la contratación laboral temporal que pueda dar lugar a la conversión de un contrato temporal en indefinido no fijo.

En ese caso se comunicará al integrante de la lista la aplicación de dicha excepción, procediéndose a llamar al siguiente de la lista, conservando el exceptuado del llamamiento su lugar en la lista para el siguiente llamamiento.

9. Obligaciones: las obligaciones de las personas incluidas en la lista de reserva serán las siguientes:

1. Comunicar a la empresa de modo fehaciente, el cambio de su domicilio, teléfono y dirección de correo electrónico, o cualquier otro dato de carácter personal.

2. Contestar al llamamiento en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles a contar desde el día siguiente de la recepción del llamamiento, indicando su aceptación o no del mismo, al correo electrónico de la empresa indicado a tal fin en las bases específicas de la convocatoria; de no verificarlo en dicho plazo, se entenderá que declina el llamamiento y la empresa continuará con el siguiente de la lista.

3. El/La llamado/a podrá declinar por una única vez la oferta de trabajo, sin necesidad de explicar la causa.

Si en un segundo llamamiento declinara una segunda oferta, la empresa podrá excluirlo/a definitivamente de la lista, causando baja en la misma, bastando la comunicación por correo electrónico en tal sentido, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la segunda declinación. Tal decisión no generará derecho alguno a favor del integrante de la lista así excluido/a.

4. Incompatibilidad: el/la llamado/a no podrá ser contratado/a en caso de desempeñar puesto de trabajo o relación profesional para cualquier otra administración, entidad pública o empresa/entidad que pertenezca al sector público, y/o sector privado, que de conformidad con la legislación vigente estatal, autonómica y local en materia de incompatibilidades del personal del sector público, que pudiera dar lugar a su incumplimiento (Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas).

5. Dar cumplimiento a lo previsto en el apartado Contratación de esta base.

6. Suscripción y firma del contrato de trabajo, tanto el modelo oficial que corresponda a la modalidad de contratación, como el clausulado anexo implantado en la empresa (LOPDGDD, Propiedad Intelectual, condiciones específicas, formación, PRL, etc.). La negativa de firma de todos o alguno de dichos documentos, liberará a la empresa de la obligación de contratar al/la candidato/a.

7. Las condiciones generales del contrato de trabajo serán las previstas para ese puesto en la empresa y en el Convenio Colectivo de aplicación.

10. CONTRATACIÓN: la contratación se llevará a cabo en la modalidad contractual que la empresa disponga, con el clausulado general y específico para el contrato, de conformidad con la legislación vigente atendidas las circunstancias de cada momento y el informe de necesidad de la contratación.

Efectuado el llamamiento para la contratación, ya sea del puesto convocado como por llamamientos de la lista de reserva, la persona llamada deberá responder dentro del plazo de cinco (5) días hábiles a contar del día siguiente a la recepción del llamamiento, su aceptación o no del puesto.

A partir de ese momento, todas las comunicaciones de los seleccionados/as deberán realizarse a través del correo electrónico que la empresa le indique para tramitar las contrataciones.

Aceptado el llamamiento, la persona llamada comparecerá en el lugar y fecha que se le indique, para la formalización de los trámites de la contratación.

La documentación original a presentar para formalizar la contratación y unirla a su expediente en la empresa, será, entre otras, la siguiente:

1. Fotocopia DNI y Tarjeta Seguridad Social o documentos análogos.

2. Certificado de la vida laboral actualizado y expedido por la Seguridad Social.

3. Declaración Jurada de no estar incurso en situación que pueda dar lugar al incumplimiento de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

4. Certificado médico de NO padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica, que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones del puesto de trabajo.

5. La persona llamada deberá acreditar que se encuentra en situación de cumplir con los requisitos legales que a tal fin que exija la legislación laboral y de seguridad social en función de la modalidad contractual (por ej. contrato de relevo etc.).

6. La persona llamada que tenga reconocido un grado de discapacidad, igual o mayor del 33% presentarán la certificación de los órganos competentes de las Administraciones Públicas que lo acredite, así como la capacidad para el desempeño de las tareas que correspondan al puesto ofertado en la convocatoria.

7. Declaración Jurada de no haber sido separados del servicio por sanción disciplinaria, ni inhabilitados para el desempeño de funciones en el sector público.

8. Documentación original o copia compulsada, para cotejo con la aportada en la solicitud inicial del proceso selectivo, y verificación de la acreditación de los requisitos mínimos declarados por el aspirante en su solicitud y los méritos baremados.

La ausencia de respuesta al llamamiento en tiempo y forma, la incomparecencia del llamado/a, el no entregar la documentación, eximirá a la empresa de formalizar el contrato, pasando al llamamiento del siguiente en la lista de reserva.

La alteración y/o falsificación de cualquier dato o documento aportado en el proceso selectivo, así como la falta la verdad en las declaraciones juradas, será causa de eliminación de la persona candidata del proceso, o en su caso de la lista de reserva si resultara integrante de la misma, y en su caso causa de despido disciplinario si se conociera una vez formalizada la contratación.

BASE VI.- Comité calificador.

El Comité Calificador en este proceso selectivo estará compuesto por tres personas, y estará asistido por la persona designada por cada una de las empresas que participen en los trabajos externalizados del proceso selectivo.

El comité calificador lo componen:

1. La Directora Gerente, Dácil Domínguez Reyes, o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

2. La Directora de Invertir en Canarias, Pilar Moreno Martínez

3. La Directora de Administración y RR.HH., Mercedes Fernández Otero

El Comité Calificador, con el apoyo de la empresa especializada, tramitará el proceso selectivo desde el anuncio de su convocatoria hasta su resolución definitiva, asignando los recursos personales, materiales y técnicos y tecnológicos precisos para llevar a cabo el proceso selectivo incluyendo las asistencias que el órgano evaluador le solicite para las pruebas de conocimiento de conformidad con las presentes bases.

Los informes, resultados y valoraciones que realicen durante el proceso selectivo las empresas externas, serán asumidos como propios por el Comité calificador por mayoría simple de sus miembros.

Las empresas externas, especializada en selección de personal, tendrán la función de realizar las tareas de comprobación de datos y documentación, valoración, confección de listados, etc., así como la realización de la prueba de nivel de idioma recogidas en la base IV.

Además, el Comité Calificador contará entre sus miembros con al menos una persona de la titulación requerida para el puesto objeto de la convocatoria y con amplia experiencia profesional y podrá contar con los expertos para el apoyo el desarrollo y evaluación de las pruebas de conocimiento.

En caso de requerirlo, la Directora Gerente podrá designar sustitutos de las personas previstas en el Comité Calificador.

El Comité Calificador, si lo considera necesario, podrá solicitar apoyo de profesional externo que fueren precisos para la tramitación y buen fin del proceso.



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