BOC - 2021/122. Martes 15 de Junio de 2021 - 3033

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana

3033 - EDICTO de 29 de enero de 2021, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000509/2019.

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Dña. Sandra Batista Ortega, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 22 de enero de 2021.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Cristina Caja Moya, Juez de San Bartolomé de Tirajana los presentes autos de juicio verbal (250.2), nº 0000509/2019 seguido entre partes, de una como demandante Dña. María del Carmen Pérez Ocasar, dirigido por la Letrada Dña. María Nayra Suárez Navarro y representado por la Procuradora Dña. Marta Pérez Rivero y de otra, como demandada D. Manuel Antonio Herrera Peñate, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por Dña. Marta Pérez Rivero, en nombre y representación de Dña. María del Carmen Pérez Ocasar, frente a D. Manuel Antonio Herrera Peñate, condeno a dicho demandado a que satisfaga a la actora la suma de 664,07 euros, más los intereses, gastos y costas del procedimiento.

Contra esta resolución no cabe recurso de apelación.

Notifíquese esta sentencia al demandado personalmente, en la forma prevista en el artº. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo si se hallare en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Manuel Antonio Herrera Peñate, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 29 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia.



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