D./Dña. Erika Toledo Ramírez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de febrero de 2020.
Vistos por mí Juan Luis Egea Marrero Magistrado-Juez los presentes autos del procedimiento del juicio verbal n° 448-2019, sobre reclamación de cantidad, instado por la Procuradora de los Tribunales Dña. María de los Ángeles del Toro Sánchez, en nombre y representación de la entidad aseguradora Ocaso, S.A. defendidos por la letrada Dña. María Dolores del Toro Sánchez, contra D. Ramón Blanco Falcón, declarado en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. María de los Ángeles del Toro Sánchez en nombre y representación de la aseguradora Ocaso, S.A., debiendo hacer los siguientes pronunciamientos:
1°.- Que debo condenar y condeno a D. Ramón Blanco Falcón a indemnizar a Ocaso, S.A. en la cantidad de mil ciento treinta y un euros y dieciséis céntimos de euro (1.131,16 euros), más los intereses legales desde la interpelación judicial, que deberán liquidarse por los trámites de los artículos 712 y siguientes de la LEC.
2º.- Condeno al pago de las costas procesales a los demandados.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoseles saber que contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Ramón Blanco Falcón, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de febrero de 2021.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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