D./Dña. Patricia María Calderón Fernández, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a uno de diciembre de dos mil veinte.
Dña. Natalia Bayoll Delgado, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 12 de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio ordinario con nº 504/2020, promovidos por D. Rafael Cruz Ortega, representado por la procuradora doña María Teresa Díaz Muñoz y defendido por el letrado don Benito Jesús Sánchez Perdomo, contra la Herencia Yacente de D. Rafael Ortega Ortega, en situación procesal de rebeldía, dicta la siguiente resolución.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de don Rafael Cruz Ortega contra la Herencia Yacente de don Rafael Ortega Ortega:
1.- Se declara que don Rafael Cruz Ortega es dueño y legítimo propietario de la finca registral descrita en el fundamento de derecho primero de esta resolución, en virtud de contrato privado de compraventa suscrito en agosto de 1999.
2.- Procédase a la inscripción del derecho de dominio del demandante sobre la finca registral 47127 del Registro de la Propiedad número dos de Las Palmas.
Impónganse las costas a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, sino que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, que deberá interponerse ante este órgano judicial en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de este Juzgado.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Herencia Yacente Rafael Ortega Ortega, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de diciembre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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