BOC - 2020/247. Jueves 3 de Diciembre de 2020 - 4674

II. Autoridades y personal

Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Sanidad

4674 - Servicio Canario de la Salud. Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias.- Resolución de 17 de noviembre de 2020, por la que se declara personal laboral fijo en la categoría de Operario de Limpieza, Grupo E, al aspirante que obtuvo mayor puntuación en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011, de esta Dirección Gerencia, y una vez atendidas las Resoluciones de 4 de junio de 2019, de 13 de septiembre de 2019 y de 5 de diciembre de 2019.

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Vistas las Resoluciones de esta Dirección Gerencia nº 1198/2011, de 15 de noviembre (BOC nº 238, de 2.12.11, corrección de errores en el BOC nº 251, de 23.12.11), y la nº 28/2012, de 13 de enero (BOC nº 20, de 30.1.12), en las que se recogen las bases específicas de la convocatoria pública, para la provisión de plazas vacantes de personal laboral de carácter indefinido, devenidas de la Oferta de Empleo Público 2007 (BOC nº 49, de 12.03.09), así como lo dispuesto en las bases genéricas (BOC nº 18, de 28.1.04) y su modificación (BOC nº 49, de 12.3.09).

Habiendo concluido el proceso selectivo referente a la provisión de 57 plazas vacantes de personal laboral de carácter indefinido de Operario de Limpieza, Grupo E, 55 por turno de acceso libre y 2 por turno de reserva por minusvalía, iniciado en el Complejo Hospitalario Universitario de Canarias, y que según consta en el Acta de la sesión del día 29 de marzo de 2019, y en las anteriores, aprobadas y firmadas por los miembros del Órgano de Selección, designados por las Resoluciones de esta Dirección Gerencia nº 1589/2018, de 10 de mayo, la nº 3274/2017, de 31 de octubre, y la nº 2919/2017, de 3 de octubre, y la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud nº 1642/2017, de 23 de mayo, se han obtenido las puntuaciones finales para las plazas ofertadas, conformándose, en aplicación de las bases que rigen la convocatoria.

En el apartado primero de la base undécima de las específicas se establece que "Obtenidas las puntuaciones finales, los Órganos de Selección publicarán en los tablones de anuncios del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias y en la dirección de internet: https://www.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/ (Área de Salud/Tenerife/HUC), la relación de candidatos seleccionados por orden de la puntuación final alcanzada y elevarán, mediante Resolución de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias, la propuesta de selección de los mismos al Director General de la Función Pública, para su aprobación, si procede".

Mediante el Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, se aprobó el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad (BOC nº 252, de 30 de diciembre), que modificó las competencias en materia de selección, provisión de puestos de trabajo y promoción interna del personal laboral adscrito a las instituciones sanitarias dependientes del Servicio Canario de la Salud, pasando a ser el órgano competente, en lugar de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, tal y como señala la Disposición adicional cuarta, apartado 2, en relación al artículo 68.1 del citado Decreto.

La Resolución de 5 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 176, de 12.9.17), delegó en esta Dirección Gerencia las competencias en materia de selección relativas exclusivamente a las pruebas selectivas de acceso a la condición de personal laboral fijo que derivan de la ampliación de la Oferta de Empleo Público de 2007, entre las cuales, la referente a "... declarar la adjudicación de plazas ...".

De conformidad con la base novena de las genéricas, punto segundo, apartado b), quedará sin efecto el nombramiento y anuladas las actuaciones, salvo casos de imposibilidad suficientemente acreditada, en el supuesto de que no se incorporase al puesto de trabajo en el plazo indicado el adjudicatario.

Mediante Resolución de 4 de junio de 2019, de esta Dirección Gerencia (BOC nº 117, de 20.6.19), se declara personal laboral fijo y se adjudica plaza (resuelvo primero), en la categoría de Operario de Limpieza, a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2011, de esta Dirección Gerencia.

Posteriormente, mediante Resoluciones de esta Dirección Gerencia de 12 de septiembre de 2019 (BOC nº 187, de 27.9.19), y de 5 de diciembre de 2019 (BOC nº 248, de 24.12.19), se declara personal laboral fijo en la categoría de Operario de Limpieza, Grupo E, a los aspirantes, como consecuencia de la finalización del plazo de 30 días naturales para formalizar el contrato de trabajo fijo y no tratándose de supuestos de imposibilidad acreditada, sin que se personasen todos los adjudicatarios ante la Administración competente para formalizar contrato de trabajo fijo.

Mediante Resolución de esta Dirección Gerencia nº 4082/2019, de 13 de septiembre, se prorrogó el plazo para la formalización del contrato de trabajo laboral fijo a uno de los adjudicatarios en virtud de la referida Resolución de esta Dirección Gerencia de 4 de junio de 2019. Sin embargo, consta acreditado que a día de la fecha, tal adjudicatario no se encuentra ya en un supuesto de imposibilidad suficientemente acreditada, por lo que procede la adjudicación de la plaza al siguiente aspirante por orden de puntuación.

Atendiendo a lo establecido en la base undécima de las específicas, punto sexto, a fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, si se quedara sin efecto un nombramiento por las causas previstas en la base novena de las genéricas, la plaza será adjudicada al siguiente aspirante por orden de puntuación.

Esta Dirección Gerencia es competente para dictar la presente Resolución, en función de las competencias delegadas por la Resolución de 5 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud (BOC nº 176, de 12.9.17).

Esta Dirección Gerencia

R E S U E L V E:

Primero.- Declarar personal laboral fijo en su correspondiente categoría a la aspirante siguiente con adjudicación de plaza y destino:

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Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La adjudicataria dispondrá de un plazo de 30 días naturales, para formalizar el contrato de trabajo fijo, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- Quedará sin efecto el nombramiento y anuladas las actuaciones, salvo casos de imposibilidad suficientemente acreditada, si se produjera alguno de los supuestos del apartado 2 de la base novena de las genéricas.

Contra la presente Resolución, que se dicta en virtud de competencias delegadas (BOC nº 176, de 12.9.17), y pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en virtud de la competencia residual prevista en el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, significando que, en el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

No obstante lo anterior, cuando se trate de personal laboral, podrá formularse demanda, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación/notificación de la presente, ante el Juzgado de lo Social correspondiente, fundamentada exclusivamente en los mismos hechos alegados en el expediente administrativo y acompañada de copia de la presente resolución, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada, conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en la redacción dada por la Disposición tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

San Cristóbal de La Laguna, a 17 de noviembre de 2020.- La Directora Gerente, p.d. (Resolución nº 2373/2020, de 17 de noviembre, del Director del SCS), la Directora Médica, María Sagrario Bustabad Reyes.



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