El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, establece que "en los procedimientos abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una mesa de contratación. La mesa estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario. La composición de la mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente. 4. Los miembros de la mesa serán nombrados por el órgano de contratación"
El artículo 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, regula la composición de la mesa de contratación y establece que "La designación de los miembros de la mesa de contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato.
Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
Si es una mesa permanente, o se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, su composición deberá publicarse además en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según se trate de la Administración General del Estado, de la Autonómica o de la Local."
De conformidad con lo expuesto y al objeto de proceder a la adjudicación de los contratos que se vayan a tramitar por el Servicio de Contratación y Patrimonio adscrito al Servicio Canario de Empleo, procede nombrar a los miembros de la mesa de contratación que va asistir en los procedimientos de adjudicación tramitados por el citado servicio y que se encuentren sujetos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE.
En virtud de las facultades que como órgano de contratación me atribuye el artículo 9.3 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo y de Regulación del Sistema de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificada por la Ley 3/2011, de 18 de febrero (BOC nº 44, de 2.3.11),
R E S U E L V O:
Primero.- Nombrar a los miembros de la Mesa Permanente de Contratación que asistirá a la Dirección del Servicio Canario de Empleo en los procedimientos de adjudicación que se tramiten por el Servicio de Contratación y Patrimonio al amparo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE:
PRESIDENCIA:
* El Jefe de Servicio de Contratación y Patrimonio: Manuel Alejandro Perera Candil.
* La Jefa de Sección de Contratación y Asuntos Generales: Macarena Sánchez Díaz.
* La Técnico Superior Licenciada en Derecho: María del Rosario Llamas Monzón.
SECRETARÍA:
* La Jefa de Negociado de Contratación: Clara Barroso Barroso.
* La administrativo del Servicio de Contratación y Patrimonio: María Gracia Sayago Vázquez.
* La administrativo del Servicio de Contratación y Patrimonio: Marta Rodríguez Guillén.
* La administrativo del Servicio de Contratación y Patrimonio: María Carolina Mayor Piñero.
VOCALÍA:
* El administrativo del Servicio de Contratación y Patrimonio: José Julio Hernández Umpiérrez.
* La administrativo del Servicio de Contratación y Patrimonio: María Gracia Sayago Vázquez.
* La administrativo del Servicio de Contratación y Patrimonio: Marta Rodríguez Guillén.
* La administrativo del Servicio de Contratación y Patrimonio: María Carolina Mayor Piñero.
* La Técnico Superior Licenciada en Derecho: María del Rosario Llamas Monzón.
* La Jefa de Sección de Contratación y Asuntos Generales: Macarena Sánchez Díaz.
* El Jefe de Servicio de Contratación y Patrimonio: Manuel Alejandro Perera Candil.
SERVICIOS JURÍDICOS:
* Persona designada por el Servicio Jurídico.
INTERVENCIÓN DELEGADA:
* Persona designada por la Intervención.
Segundo.- Notifíquese el nombramiento a los interesados, publicándose le presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en el perfil del Contratante.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y subsidiariamente, y en el caso de no entablarse el recurso de reposición, se haya este resuelto expresamente o producido desestimación presunta del mismo, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, sin perjuicio de otro que estime procedente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de julio de 2020.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.
© Gobierno de Canarias