BOC - 2020/127. Jueves 25 de Junio de 2020 - 1979

III. Otras Resoluciones

Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

1979 - ORDEN de 9 de junio de 2020, por la que se acuerda la aprobación de los modelos normalizados utilizables en la tramitación del procedimiento de concesión de la Prestación Canaria de Inserción para su publicación en la sede electrónica del Departamento.

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La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 66.4, señala que las Administraciones Públicas deberán establecer modelos y sistemas de presentación masiva que permitan a los interesados presentar simultáneamente varias solicitudes. Estos modelos, de uso voluntario, estarán a disposición de los interesados en las correspondientes sedes electrónicas y en las oficinas de asistencia en materia de registros de las Administraciones Públicas.

Se configura por ello la necesidad de la normalización del material impreso o para su descarga en formato PDF desde el Catálogo de Procedimientos Administrativos o Sistema de Información de Actuaciones Administrativas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma (SICAC), estableciendo una misma estructura de diseño en la totalidad de los Centros Directivos de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud mediante la puesta a disposición de los usuarios de plantillas como soporte de modelos normalizados de documentos administrativos.

Para su adecuada gestión, todos los centros directivos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes serán responsables de la identificación y actualización de la información correspondiente a los procedimientos iniciados a instancia de parte, de su competencia, de acuerdo con lo que dispone el Decreto 37/2015, de 27 de marzo, por el que se aprueba y regula el Sistema de Información de Actuaciones Administrativas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Dicho Decreto en su artículo 6 regula los formularios normalizados en el SICAC, estableciendo lo siguiente: 1. Cuando sea necesario, las actuaciones administrativas incorporadas al SICAC deberán contar con formularios o modelos normalizados de solicitud de inicio, tanto para la presentación presencial como telemática. También deberán tener modelos normalizados las declaraciones responsables y las comunicaciones previas. Las declaraciones responsables podrán incluirse, en su caso, en los formularios o modelos normalizados de solicitud que se aprueben. Estos formularios o modelos deberán publicarse en formato .pdf para que puedan ser descargados y cumplimentados por los interesados o en los formatos que en cada caso determine el órgano competente en materia de tecnologías de la información. 2. Los formularios irán acompañados, siempre que su complejidad así lo exija, de las instrucciones necesarias para su correcta cumplimentación. Estas instrucciones deberán insertarse, como documentación complementaria de la actuación, en la ficha del SICAC. 3. La incorporación en el SICAC de los formularios o modelos normalizados, acompañada de la publicación en la sede electrónica de la correspondiente actuación administrativa, se entenderá suficiente para que los formularios sean plenamente válidos, sin necesidad de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, salvo que la normativa específica así lo exija. 4. Será responsabilidad de los órganos competentes para la tramitación de las actuaciones administrativas, la elaboración y aprobación de los formularios o modelos normalizados y su inclusión en el SICAC.

Por su parte, la Disposición adicional segunda, respecto de la modificación de modelos normalizados, señala que los modelos normalizados de las actuaciones administrativas que a la entrada en vigor del citado Decreto hayan sido aprobados por los actos administrativos o disposiciones normativas que las establecen o regulan, podrán ser modificados por el órgano competente para la tramitación de la correspondiente actuación administrativa. La incorporación al SICAC de los modelos normalizados modificados, acompañada de la publicación en la sede electrónica de la correspondiente actuación administrativa, se entenderá suficiente para que los formularios sean plenamente válidos, sin necesidad de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, salvo que la normativa específica así lo exija.

No obstante, el artículo 11. 1 de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, modificada por la Ley 2/2015, de 9 de febrero, dispone que el procedimiento para acceder a la Prestación Canaria de Inserción (PCI), se iniciará mediante solicitud de alguna de las personas interesadas, que se presentará según modelo normalizado que será aprobado reglamentariamente mediante orden departamental.

Por el Decreto 136/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, se aprobaron los modelos de solicitud y el resto de formularios para la gestión de la PCI. A la vista de los cambios normativos habidos en la Ley y en el Reglamento por el Decreto 153/2017, de 8 de mayo, se hace preciso actualizar y poner al día dichos formularios normalizados a fin de atender la cambiante realidad social y las nuevas circunstancias de orden familiar y social habidas en los últimos años.

Conforme a la habilitación normativa contenida en la Disposición final primera, apartado 2, del Decreto 136/2007, de 24 de mayo, se procede a aprobar un nuevo modelo normalizado de solicitud para el reconocimiento de la Prestación Canaria de Inserción, modificando el recogido en el Anexo I del citado Decreto, y así como del resto de formularios necesarios para la adecuada gestión del procedimiento de concesión de la PCI.

En su virtud, de acuerdo con las competencias reconocidas en las disposiciones citadas y en aplicación de las citadas normas,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el modelo de solicitud de la PCI y los modelos normalizados de los documentos administrativos necesarios para la tramitación del procedimiento de concesión de la Prestación Canaria de Inserción, modificando el que se contemplaba en el Anexo I del Decreto 136/2007, de 24 de mayo, que se relaciona a continuación, y asimismo los documentos relacionados en los Anexos II, III, IV, V y VI de la presente Orden.

Dichos modelos sustituyen a los aprobados por el Decreto 136/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción.

Modelos que se aprueban:

Anexo I: modelo de solicitud de Prestación Canaria de Inserción.

Anexo II: Informe social municipal.

Anexo III: Informe de renovación.

Anexo IV: Programa de Actividades de Inserción.

Anexo V: Documento de evaluación de Actividades de Inserción.

Anexo VI: Análisis DAFO.

Segundo.- Dichos formularios o modelos normalizados deberán tener un formato editable, mediante plantillas descargables desde la Sede Electrónica de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, y que se insertarán en las fichas del aplicativo informático correspondientes del Sistema de Información de Actuaciones Administrativas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma (SICAC) para que puedan ser descargados, cumplimentados y guardados por las personas interesadas.

Tercero.- Las solicitudes y expedientes que se tramiten en los modelos antiguos solo serán admitidos transitoriamente durante el plazo de un mes desde la publicación de la presente Orden.

Cuarto.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento, puesto que dichos formularios sustituyen a los publicados en el Boletín Oficial de Canarias nº 116, de fecha 12 de junio de 2007.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiéndose, no obstante, interponer el que se considere más oportuno a su derecho, si el interesado entendiese que se dan alguno de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de junio de 2020.

LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES,

IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD

Noemí Santana Perera.



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