El artículo 8.2.k) de la Ley 1/1994, de 13 de enero, del Instituto Canario de Igualdad, establece que corresponde a la Directora del Instituto ejercer las funciones inherentes a la jefatura superior de personal.
En similar sentido, el artículo 14.2.o) del Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Canario de Igualdad, aprobado mediante Decreto 38/2015, de 27 de marzo, dispone que le corresponde a la Directora la jefatura del personal del Instituto, ejerciendo todas las competencias de gestión del personal funcionario o laboral del Instituto Canario de Igualdad no reservadas legalmente a otro órgano o atribuidas a otro órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, y, en todo caso, la autorización y disposición de los gastos de dicho personal, así como el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de pago.
El reciente cambio de legislatura ha llevado consigo la reestructuración orgánica de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; concretamente el Decreto 119/2019, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 136, de 17 de julio de 2019, determina el número, denominación y competencias de las Consejerías.
Por otra parte, mediante el Decreto 203/2019, de 1 de agosto, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 149, de 5 de agosto de 2019, se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias. El artículo 4, apartado 5 del citado cuerpo normativo establece que está adscrito a la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud el Instituto Canario de Igualdad.
Por razones sobrevenidas de ausencia prolongada de efectivos que se viene padeciendo en el Organismo autónomo que comprometen el nivel de eficacia en la gestión de los asuntos primordiales del mismo, se considera conveniente delegar la gestión de las nóminas correspondientes al personal del Instituto Canario de Igualdad, la autorización y disposición de los gastos de dicho personal, así como el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de pago en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud.
Por ello en aplicación de lo dispuesto por los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud la gestión de las nóminas del personal al servicio del Instituto Canario de Igualdad, la autorización y disposición de los gastos de dicho personal, así como el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de pago.
Segundo.- Los actos que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia, y se considerarán dictados por el órgano delegante.
Tercero.- La presente delegación surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de septiembre de 2019.- La Directora, Mónica Fumero Purriños.
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