BOC - 2019/154. Lunes 12 de agosto de 2019 - 4124

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife

4124 - EDICTO de 9 de julio de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000124/2018.

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D./Dña. Purificación López Díaz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE ARRECIFE

Juicio ordinario 124/2018

SENTENCIA

En Arrecife, a 22 de abril de 2019.

Vistos por mí, doña Silvia Muñoz Sánchez, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife, habiendo visto los autos del juicio ordinario seguido con el nº 124/2018, sobre reclamación de cantidad por responsabilidad contractual, promovido por D. José Carlos Olivenza Díez, representado por el procurador de los Tribunales, D. Gregorio Leal Bueso y asistida técnicamente por el Letrado Dña. Idaira Tejera Santana; contra Dña. Iria Balseiro González vengo a resolver con base en los siguientes

FALLO

Que desestimo íntegramente la demanda interpuesta por D. Gregorio Leal Bueso en nombre y representación de D. José Carlos Olivenza Díez, frente a Dña. Iria Balseiro González, y en consecuencia absuelvo a Dña. Ida Balseiro González de los pedimentos efectuados de contrario.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días hábiles siguientes al en que se practique su notificación. Deberá asimismo, salvo que el recurrente tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, constituirse depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, lo que deberá ser acreditado.

Expídase testimonio para incorporarlo a las actuaciones, llevándose el original al libro de sentencias.

Así lo dispongo. Silvia Muñoz Sánchez, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Iria Balseiro González, expido y libro el presente en Arrecife, a 9 de julio de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



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