La Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2019, ha procedido a adoptar acuerdo, cuya parte dispositiva recoge:
"Primero.- Aprobar inicialmente el Plan Especial de Protección "Entorno de la calle Perojo" (APR-18), promovido y formulado de oficio por este Ayuntamiento.
Segundo.- Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas en el ámbito territorial objeto de este Plan Especial de Protección, haciendo saber que los efectos de esta suspensión se extinguirán con la aprobación definitiva y, en todo caso, por el transcurso del plazo de dos años desde la aprobación inicial.
No obstante, se podrán tramitar y otorgar licencias a los proyectos adaptados al régimen vigente en el momento de la solicitud, siempre que dicho régimen no haya sido alterado por las determinaciones propuestas en el instrumento de ordenación en tramitación, o, que habiendo sido alterado, las determinaciones aprobadas inicialmente sean menos restrictivas o limitativas que las del planeamiento en vigor.
El área de suspensión se circunscribe a la delimitación física del ámbito del APR-18 "Entorno de la calle Perojo".
Tercero.- Someter el Plan Especial de Protección "Entorno de la calle Perojo" (APR-18) al trámite de información pública, mediante anuncios a insertarse en el Boletín Oficial de la Provincia, Boletín Oficial de Canarias, en un periódico de los de mayor circulación de la provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, así como en su página corporativa, por plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 147.3 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Protegidos de Canarias.
En el anuncio público se referenciarán los datos relativos al lugar de exposición, días y horarios de consulta, así como el portal oficial donde se podrá consultar.
Cuarto.- Dar traslado del expediente para el trámite de consulta a las Administraciones Públicas afectadas, de conformidad con lo establecido en el anterior artículo.
Quinto.- La aprobación inicial, por tratarse de un acto de trámite, no pone fin a la vía administrativa por lo que no cabe contra el mismo la interposición de recurso, salvo que se entendiese la concurrencia de alguno de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra el acuerdo de suspensión del otorgamiento de licencias urbanísticas se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o impugnarse directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir de la publicación del acuerdo, haciéndose constar que una vez interpuesto el recurso de reposición no se podrá formular recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, en cuyo caso el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de seis meses contado a partir del día siguiente al que se produzca el acto presunto."
El expediente administrativo y el documento técnico se someten a información pública por el plazo de un mes, computado a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 147.3 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
Dicha documentación podrá ser examinada en horario laborable -de 8,00 a 14,00 horas-, en las oficinas del Servicio de Urbanismo (Sección de Planeamiento y Gestión Urbanística), sitas en la Plaza de la Constitución, nº 2, segunda planta, de esta ciudad (antiguo Edificio Emalsa) y, formular, en su caso, las alegaciones que se consideren oportunas.
Asimismo, se podrá consultar accediendo al Portal oficial de este Ayuntamiento, con dirección electrónica www.laspalmasgc.es en Área Temática de Urbanismo (Información Pública) a través del enlace existente.
Lo que se publica, para general conocimiento, en el Boletín Oficial de Canarias, Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Tablón de Anuncios Municipal, prensa local y página corporativa www.laspalmasgc.es.
Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de febrero de 2019.- El Concejal de Gobierno del Área de Urbanismo (Decreto nº 19957/2015, de 22 de junio), Javier Erasmo Doreste Zamora.
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