BOC - 2018/247. Viernes 21 de Diciembre de 2018 - 5970

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Cabildo Insular de Gran Canaria

5970 - Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria.- Anuncio de 7 de diciembre de 2018, por el que se someten al trámite de información pública los documentos iniciales del Tercer Ciclo de Planificación Hidrológica (2021-2027) de la Demarcación Hidrográfica ES120 Gran Canaria.

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En el ejercicio de sus competencias en materia de planificación hidrológica, atribuidas a los Consejos Insulares en virtud de lo dispuesto en el artº. 40.1 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria ha redactado los documentos iniciales del Tercer Ciclo de Planificación Hidrológica de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria (Programa y Calendario, Estudio General de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria y Fórmulas de consulta pública y Proyecto de participación pública), correspondientes al periodo 2021-2027.

En ese sentido, mediante acuerdo adoptado por su Junta General, de fecha 28 de noviembre de 2018, en cumplimiento de lo establecido en el artº. 5.b) del Decreto 116/1992, de 9 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, se toman en consideración los citados Documentos Iniciales, y se aprueba su sometimiento a un trámite de información pública de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

La documentación referida podrá ser consultada íntegramente en soporte digital mediante el correspondiente enlace habilitado en la página web del Organismo (www.aguasgrancanaria.com). Para su consulta en soporte físico, la documentación estará de manifiesto en las oficinas del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, situadas en la Avenida Juan XXIII, 2, 1º de Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9.00 horas a 14.00 horas.

Lo que se expone al público al objeto de que cualquier interesado pueda formular alegaciones, observaciones y sugerencias, tal y como dispone el artº. 14 de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas; así como por lo establecido en el artº. 41.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas; y tal y como disponen el artº. 74 y siguientes del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de diciembre de 2018.- El Presidente, p.d. (Decreto nº 144, de 9.7.15), el Vicepresidente, Miguel Antonio Hidalgo Sánchez.



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