BOC - 2018/117. Martes 19 de Junio de 2018 - 2896

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria

2896 - EDICTO de 2 de mayo de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000663/2017.

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D./Dña. María Pilar Ezquerra Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de abril de 2018.

Vistos por don Juan José Suárez Ramos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Trece de Las Palmas de Gran Canaria y de su Partido Judicial los presentes autos de juicio verbal de reclamación de cantidad nº 663/2017 a instancia de la entidad mercantil "U.T.E. Icot-Insure" representada por la Procuradora Sra. Ramírez González y asistida del Letrado Sr. Parrilla Sánchez, contra don Alexis Rodríguez Vera, y ha pronunciado en virtud de la Soberanía Popular que emana del Pueblo Español y nombre de S.M. el Rey la siguiente sentencia.

FALLO

Que debo estimar la demanda formulada por la entidad mercantil "U.T.E. Icot-Insure", contra don Alexis Rodríguez Vera, condenando a este último a que abone a la primera la cantidad de 1.296,22 euros, así como los intereses legales devengados desde el 6 de febrero de 2017, todo ello con expresa condena al demandado al pago de las costas causadas (con la limitación establecida en el artículo 32.5 de la LEC), por ser así de justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Alexis Rodríguez Vera, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de mayo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



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