BOC - 2018/103. Martes 29 de Mayo de 2018 - 2541

IV. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de La Orotava

2541 - Edicto de 6 de septiembre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000165/2014.

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D./Dña. Clotilde María Hernández Terrero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de La Orotava y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia de 6 de septiembre de 2017 en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En La Orotava, a 6 de septiembre de 2017.

Vistos por mí, Dña. Carolina Gutiérrez Segovia, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de La Orotava y su Partido, los presentes autos sobre resolución de contrato, seguidos en este Juzgado bajo el nº 165/2014, a instancia de Dña. Diana Escobar de la Rosa representado por la procuradora Sra. Ruth María Morín Mesa en sustitución de Dña. Esther Maritza Hernández Dávila y asistido de la letrada Sra. Cristina Martos Hernández, contra D. Ignacio García Martín declarados en situación procesal de rebeldía y atendidos los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sra. María del Pilar González Casanova, en nombre y representación de Dña. Diana Escobar de la Rosa, declaro resuelto el contrato de compraventa privada de vivienda y garaje celebrado entre las partes en fecha de 14 de junio de 2007 por incumplimiento contractual y condeno al demandado D. Ignacio García Martín al pago de la cantidad de 18.000 euros más los intereses pactados en el contrato para el caso de incumplimiento, desde la fecha de la interposición de la demanda y hasta su completo pago, con imposición de las costas al demandado.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que esta Sentencia no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación en un plazo de veinte días contados desde la notificación de la presente resolución, mediante un escrito que deberá reunir los requisitos previstos legalmente, debiendo ser resuelto el mismo por la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Ignacio García Martín, declarado rebelde expido y libro el presente para su publicación en el BOC en La Orotava, a 6 de septiembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.



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