D./Dña. Elisabet Yaiza Martínez Ramiro, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Granadilla de Abona, a 27 de noviembre de 2017.
Dña. Sandra Peraza San Nicolás, Jueza del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de Granadilla de Abona y su partido, dicta la siguiente Sentencia, habiendo visto los presentes autos de Divorcio nº 139/2017 seguidos ante este Juzgado, a instancia de Dña. Eva García Matasea, representada por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez, y bajo la dirección del Letrado D. Javier Freguel Villa, contra D. Antonio Soliño y Fernández, en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que debo estimar y estimo la solicitud interpuesta por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez, en nombre de Dña. Eva García Matasea, contra D. Antonio Soliño y Fernández, decretando el divorcio de Dña. Eva García Matasea y D. Antonio Soliño y Fernández.
Todo ello sin hacer especial condena sobre el pago de las costas procesales causadas.
Líbrese testimonio de la resolución a las partes, a los efectos legales oportunos.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Jueza que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, en el mismo día de su fecha, doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Antonio Soliño Fernández, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 23 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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