Dña. Sara Argente Vicente, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona a 6 de julio de 2015 por Dña. Eva Rodríguez Marcuño, Juez por sustitución del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de esta ciudad y su partido, vistos los presentes autos que se han tramitado por el procedimiento previsto para el Juicio Verbal, siendo parte demandante la Comunidad de Propietarios El Chaparral II, representada por el Procurador de los Tribunales D. Claudio García del Castillo y defendida por la Letrada Dña. Marta Gómez Toledo, contra D. Marc Constant María Van Dooren, declarado en situación procesal de rebeldía, en los que se ejercitó acción de reclamación de cantidad.
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios El Chaparral II, representada por el Procurador de los Tribunales D. Claudio García del Castillo, contra D. Marc Constant María Van Dooren, declarado en situación procesal de rebeldía, y en consecuencia:
1º.- Debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 1.018,31 euros en concepto de gastos comunitarios, más aquellas mensualidades que se vayan devengando hasta el cumplimiento de la sentencia o hasta ejecución de la misma.
2º.- Debo condenar y condeno al demandado al pago de los intereses especificados en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (ex artº. 455 de la LEC).
Así por esta mi sentencia, la ordeno, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Marc Constant María Van Dooren, expido y libro el presente en Arona, a 3 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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