Advertidos errores en el texto de la Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017 (BOC nº 254, de 31.12.16), se procede a su oportuna rectificación en los siguientes términos:
Artículo 9.- Otras vinculaciones específicas.
Donde dice:
"3. Son vinculantes a nivel de sección, servicio, programa, capítulo y campo fondo los siguientes créditos:
(...)
e) Los créditos consignados en el programa 456C <<Apoyo a la modernización de la gestión y elaboración del planeamiento>>, del capítulo 6 de la sección 12 del servicio 12 de planeamiento urbanístico".
Debe decir:
"3. Son vinculantes a nivel de sección, servicio, programa, capítulo y campo fondo los siguientes créditos:
(...)
e) Los créditos consignados en el programa 456C <<Apoyo a la modernización de la gestión y elaboración del planeamiento>>, del capítulo 6 de la sección 12 del servicio 06 de planeamiento urbanístico".
Disposición final cuarta.- Modificación de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
Donde dice:
"Dos. Se añade la letra ñ) al artículo 52 con la siguiente redacción:
"ñ) Las entregas de bienes y prestaciones de servicios, así como las importaciones de bienes, con destino a la ejecución de una producción de largometraje cinematográfico o una serie audiovisual de acción, animación o documental, que permita la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
(...)
- La prestación de servicio de ejecución de producción de largometraje cinematográfico o una serie audiovisual de acción, animación o documental debe estar no sujeta al Impuesto General Indirecto Canario por aplicación de las reglas de localización del hecho imponible.
(...)".
Debe decir:
"Dos. Se añade la letra ñ) al artículo 52 con la siguiente redacción:
"ñ) Las entregas de bienes y prestaciones de servicios, así como las importaciones de bienes, con destino a la ejecución de una producción de largometraje cinematográfico o una serie audiovisual de ficción, animación o documental, que permita la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
(...)
- La prestación de servicio de ejecución de producción de largometraje cinematográfico o una serie audiovisual de ficción, animación o documental debe estar no sujeta al Impuesto General Indirecto Canario por aplicación de las reglas de localización del hecho imponible.
(...)".
Disposición final quinta.- Modificación de la Ley 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las islas Canarias.
Donde dice:
"Tres. La posición estadística 1905 incluida en el Anexo I queda redactada como sigue:
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Cuatro. La posición estadística 1905 incluida en el Anexo II queda redactada como sigue:
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Debe decir:
"Tres. La posición estadística 1905 incluida en el Anexo I queda redactada como sigue:
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Cuatro. La posición estadística 1905 incluida en el Anexo II queda redactada como sigue:
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Anexo 1
Créditos ampliables
Donde dice:
"2) CRÉDITOS AMPLIABLES CON COBERTURA.
1. Podrán ampliarse con financiación en ingresos no previstos, o con bajas en créditos del estado de gastos, que en ningún caso podrán comprometer la financiación de la comunidad autónoma procedente de ingresos externos de carácter finalista, los siguientes créditos:
(...)
k) Los destinados al pago de premios de cobranza, los derivados de las obligaciones reconocidas en normas o convenios por la colaboración de terceros en la gestión recaudatoria de los conceptos tributarios y demás de Derecho público, así como de los ingresos de Derecho privado y por otros conceptos, en las condiciones que para los distintos casos se determinen, y que se consignen en las aplicaciones.
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Debe decir:
"2) CRÉDITOS AMPLIABLES CON COBERTURA.
1. Podrán ampliarse con financiación en ingresos no previstos, o con bajas en créditos del estado de gastos, que en ningún caso podrán comprometer la financiación de la comunidad autónoma procedente de ingresos externos de carácter finalista, los siguientes créditos:
(...)
k) Los destinados al pago de premios de cobranza, los derivados de las obligaciones reconocidas en normas o convenios por la colaboración de terceros en la gestión recaudatoria de los conceptos tributarios y demás de Derecho público, así como de los ingresos de Derecho privado y por otros conceptos, en las condiciones que para los distintos casos se determinen, y que se consignen en las aplicaciones.
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Santa Cruz de Tenerife, a 5 de abril de 2017.
EL PRESIDENTE,
Fernando Clavijo Batlle.
© Gobierno de Canarias