Belidia Energy, S.L. promueve la instalación del Parque Eólico Fuerteventura Renovable III, de 2,3 MW, en el término municipal de La Oliva en la isla de Fuerteventura.
La instalación precisa de autorización administrativa de acuerdo a lo establecido en el Decreto 6/2015, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que regula la instalación y explotación de parques eólicos en Canarias.
Asimismo, el proyecto está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales.
La Dirección General de Industria y Energía es el órgano sustantivo competente para la resolución de la autorización administrativa del proyecto, de acuerdo a lo previsto en el precitado Decreto 6/2015, de 30 de enero.
A los efectos previstos en el artículo 14 del Decreto 6/2015, de 30 de enero, así como en el artículo 33 de la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales, se someten a información pública el proyecto y el estudio de impacto ambiental del expediente referenciado, cuyas principales características son:
INSTALACIÓN: Parque Eólico Fuerteventura Renovable III de 2,3 MW.
UBICACIÓN: Lomo cercano a Montaña Redonda.
TÉRMINO MUNICIPAL: La Oliva.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS:
- Instalación de un aerogenerador marca SIEMENS, modelo SWT-2,3-108 de 2300 kW.
- Red interna subterránea de media tensión con conductores 3x(1x150/16)mm2 Al XLPE 12/20 kV que une el aerogenerador con el centro de maniobra y control.
- Centro de maniobra y control en módulo prefabricado PFU y trafo de servicios auxiliares de 40 KVAs.
- Línea de evacuación subterránea de 2.024 m que une el centro de maniobra y control con el punto de conexión en CD 2247 (La Lava) de la LMT HURRIANE de la SE Corrajejo mediante conductor 3X(1x240) mm2, Al XLPE12/20 KV.
PRESUPUESTO: asciende a la cantidad de dos millones ochocientos nueve mil novecientos cuarenta y nueve euros con cincuenta y cinco céntimos (2.809.949,55 euros).
La Declaración, en concreto, de Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Lo que se hace público para conocimiento general y, también, especialmente a los propietarios y demás titulares afectados por la instalación, cuya relación se inserta al final de este anuncio como anexo, así como los que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, pudieran haber sido omitidos, para que, por cualquier interesado puedan ser examinados el Proyecto de ejecución, Estudio de Impacto Ambiental y documentación técnica de afecciones de la instalación, en la oficina de esta Dirección General, sita en la planta 2ª del Edificio de Usos Múltiples III en Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 10:00 a 13:00, así como en el Ayuntamiento afectado, y formularse, por duplicado, las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de treinta días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de marzo de 2017.- El/la Director/a General de Industria y Energía, p.s. (Resolución nº 29/2017, de 1.2.17), la Directora General de Comercio y Consumo, Ángeles Palmero Díaz.
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