BOC - 2016/253. Viernes 30 de Diciembre de 2016 - 4974

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Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

4974 - EXTRACTO de la Orden de 22 de diciembre de 2016, por la que se convocan subvenciones, mediante tramitación anticipada, para la participación en la Red CIDE, cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, para el año 2017.

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BDNS (Identif.): 325968.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Podrán formar parte de la Red CIDE aquellas personas físicas o jurídicas que sean organismos intermedios, fundaciones, administraciones locales o entidades y empresas vinculadas a las administraciones locales que se encuentren radicadas en la Comunidad Autónoma Canaria, así como entidades y empresas vinculadas a la Administración Autonómica de Canarias y que cumplan con los requisitos de la base 6, de las bases reguladoras de esta subvención.

Se entiende por "organismos intermedios" en estas bases, a las organizaciones que cumplan los siguientes requisitos:

- Carecer de ánimo de lucro.

- Prestar de forma habitual servicios de apoyo a la innovación y a la modernización de las PYMES, y disponer de recursos materiales y humanos para promover la actividad innovadora en las empresas.

No podrán obtener la condición de beneficiario, aquellos que:

- De acuerdo con el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, las entidades en quienes concurra las circunstancias descritas en el apartado 3, base 6, de la bases reguladoras de esta subvención.

- Las entidades que hayan obtenido en los tres últimos años fiscales, incluyendo el ejercicio de la convocatoria, ayudas acogidas al régimen de mínimis por importe de 200.000 euros o superior, o 100.000 euros si se trata de ayudas de mínimis concedidas a una empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.

En el caso de que las entidades beneficiarias de estas subvenciones tengan la condición de empresas, estarán sujetas a las obligaciones derivadas de la aplicación del Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 de TFUE, a las ayudas de mínimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013), no pudiendo optar a las mismas las que pertenezcan a los sectores excluidos de la aplicación del citado Reglamento (el sector pesquero y de la acuicultura, la producción primaria de productos agrícolas, las ayudas vinculadas a la exportación, las ayudas sujetas a la preferencia de productos nacionales, el sector del carbón, las ayudas para la adquisición de vehículos de transporte por carretera, las ayudas a las empresas en crisis y, salvo que se cumplan determinadas condiciones, el de transformación y comercialización de productos agrícolas, todo ello según el artículo 1 del citado Reglamento).

Segundo.- Objeto.

La Red CIDE tiene por objeto ocupar un papel dinamizador sobre las actividades innovadoras del tejido empresarial canario, así como establecer sinergias y coordinar las actividades de los propios organismos y entidades participantes en la Red.

En esta convocatoria serán objeto de subvención todas las actividades y servicios que se realicen en el marco de la Red CIDE, que están definidos dentro del reglamento de funcionamiento (Anexo II de las bases reguladoras).

Tipos de Centros CIDE definidos:

Tipo 1: CIDE de Apoyo Tecnológico y Transferencia, con estrecha relación con agentes de conocimiento y con la universidad, ubicado en una isla capitalina.

Tipo 2: CIDE de Proximidad, de ámbito insular y carácter multisectorial para las islas no capitalinas.

Tipo 3: CIDE de Proximidad, de carácter multisectorial y ubicado en las islas de Gran Canaria y Tenerife.

Tipo 4: CIDE de Proximidad de ámbito provincial, especializado en el sector industrial, ubicado en Gran Canaria y Tenerife. Las entidades solicitantes deberán tener dentro de su ámbito de actuación a empresas industriales.

Tipo 5: CIDE de Proximidad, especializado en el sector turístico. Las entidades solicitantes deberán tener dentro de su ámbito de actuación a empresas de este sector. Además, tendrán las siguientes características:

Tipo 5.1: de ámbito preferentemente provincial especializadas en el sector turístico, ubicadas en islas capitalinas.

Tipo 5.2: ubicadas en islas no capitalinas intensivas en turismo, en ningún caso podrán estar situadas las dos plazas en la misma isla.

Tipo 5.3: isla no capitalina, especializadas en turismo rural. No deberán estar situada en una isla en la que ya haya otro CIDE tipo 5.2.

Tipo 6: CIDE de Proximidad especializado en algún sector relacionado con los ámbitos de especialización inteligente de Canarias ubicados en Gran Canaria y/o Tenerife. Estos sectores específicos serán determinados en la convocatoria a realizar.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 9 de noviembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en la concesión de subvenciones, en régimen de mínimis, para la participación en la Red CIDE (BOC nº 226, de 22 de noviembre de 2016).

Cuarto.- Cuantía.

Esta subvención tiene una dotación económica, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, de seiscientos cincuenta mil (650.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.480.00 LA 154G0032 "Centros de innovación y desarrollo empresarial", cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) con una tasa de cofinanciación del 85% en el marco del Programa Operativo FEDER de Canarias 2014-2020, condicionado a la efectiva aprobación de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2017 y la correspondiente tramitación del expediente de gasto plurianual, que se distribuyen con la siguiente estimación:

Año 2017: 650.000,00 euros, Año 2018: 650.000,00 euros, Año 2019: 650.000,00 euros.

Dichos importes se corresponden con el límite de gasto plurianual consignados en el artículo 19 de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016.

El importe total de la dotación económica indicada podrá incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre y cuando exista cobertura económica para llevarla a cabo, y sea publicado con anterioridad a la resolución de la convocatoria.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, expirando a las 14:00 horas del último día de dicho plazo.

Sexto.- Otros datos.

La presentación de solicitudes, instancias, comunicaciones y demás documentación exigible se realizará obligatoriamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, siguiendo el procedimiento descrito en la base 10 de las bases reguladoras de esta subvención.

La solicitud se realizará a través del formulario electrónico, según modelo del aplicativo de gestión, y deberá ir acompañada de la documentación detallada en el apartado 9, base 10, de las bases reguladoras de esta subvención.

El abono de la subvención se realizará previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad, para la que se concedió, en los términos establecidos en las bases reguladoras.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de diciembre de 2016.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONOCIMIENTO,

Pedro Ortega Rodríguez.



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