Por medio del presente se hace pública la parte dispositiva del acuerdo adoptado por unanimidad, por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos, en sesión ordinaria celebrada el 28 de julio de 2015, por el que se aprueba definitivamente el Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución U.E-1-C, sita en el Casco Histórico de Icod de los Vinos, promovido por Moicandanan, S.L. representada por D. Eloy Moisés González de León, del siguiente tenor literal:
"Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución U.E-1-C, sita en el Casco Histórico de Icod de los Vinos, instado D. Eloy Moisés González de León en representación de la entidad Moicandanan, S.L.
Segundo.- Todos los documentos y planos comprensivos del documento del Estudio de Detalle, objeto de este Acuerdo, deberán ser diligenciados por la Secretaría General de esta Corporación, remitiéndose posteriormente un ejemplar junto al certificado del acuerdo que se adopte, al Consejo Cartográfico de Canarias y a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, a los efectos de cumplimentar lo dispuesto en los artículos 50.2 y 87.2 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo.
Tercero.- Una vez remitido un ejemplar del Estudio de Detalle al Consejo Cartográfico de Canarias y a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias, y su normativa en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cuarto.- El Estudio de Detalle aprobado definitivamente mediante este acuerdo entrará en vigor a los quince días hábiles de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Quinto.- Contra el presente acuerdo cabe interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique/publique este acuerdo."
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndose constar que, conforme a lo dispuesto en el artículo 87.2 del citado Decreto 55/2006, y previamente a la presente publicación, se ha hecho entrega de una copia diligenciada del documento definitivamente aprobado en la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias, acreditándose asimismo en el expediente, como exige el artículo 50.2 del propio Decreto 55/2006, la remisión al Consejo Cartográfico de Canarias de un ejemplar íntegro de dicho documento, entrando en vigor el estudio de detalle aprobado a los 15 días hábiles de la publicación de su parte normativa en el Boletín Oficial de la Provincia, según dispone el artículo 51.2 del repetido Decreto 55/2006, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
Icod de los Vinos, a 28 de junio de 2016.- El Alcalde, Francisco Javier González Díaz.- La Secretaria Accidental, María Nieves Díaz Peña.
© Gobierno de Canarias