Vista la propuesta de la Dirección General de Comercio y Consumo de fecha 14 de junio de 2016, en relación con la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para el ejercicio 2016, tramitado por la Secretaría General Técnica de esta Consejería.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1º) Por Orden del titular de esta Consejería nº 15, de 11 de febrero de 2016, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para el ejercicio 2016.
En el Plan Estratégico se incluían actuaciones de los Centros Directivos adscritos a esta Consejería siguientes:
a) Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea.
b) Dirección General de Promoción Económica.
c) Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea.
d) Dirección General de Industria y Energía.
e) Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI).
2º) Con fecha 14 de junio de 2016, tiene entrada en la Secretaría General Técnica propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2016, formulada por la Dirección General de Comercio y Consumo, con el fin de incorporar al mismo el proyecto de inversión de nueva creación 167G0043 denominado "Dinamización ZZCCAA" del Capítulo 7 "Transferencias de capital" del presupuesto de gastos, vinculado al programa presupuestario 431B "Comercio Interior" del Servicio 1505 "Dirección General de Comercio y Consumo" de la Sección 15 "Economía, Industria, Comercio y Conocimiento", dotado presupuestariamente mediante la tramitación de un expediente de modificación de crédito.
3º) El día 21 de junio de 2016, se solicita a la Dirección General de Planificación y Presupuesto de la Consejería de Hacienda la emisión del preceptivo informe, previo a la aprobación del plan, previsto en el artículo 6.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
A los que son de aplicación las siguientes
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.
Tercera.- El artículo 6.1 del precitado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados".
Cuarta.- El Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, crea la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, y en virtud de lo establecido en el Decreto 183/2015, de 21 de julio, se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
Quinta.- El artículo 6 del precitado Decreto 36/2009, prevé que la aprobación o modificación de los Planes Estratégicos de Subvenciones corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General competente en materia de presupuestos.
Sexta.- La Dirección General de Planificación y Presupuesto emite con fecha 11 de julio de 2016 informe previo favorable al contenido de la presente Orden.
Vistas las normas citadas, la Ley 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, y las demás de aplicación.
En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
R E S U E L V O:
Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para el ejercicio 2016, en los términos recogidos en el Anexo a la presente Orden, incorporando el proyecto de inversión 167G0043 "Dinamización de Zonas Comerciales Abiertas", de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Comercio y Consumo.
Segundo.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para el ejercicio 2016, aprobado por Orden nº 15, de 11 de febrero de 2016.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de julio de 2016.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,
COMERCIO Y CONOCIMIENTO,
Pedro Ortega Rodríguez.
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