D./Dña. Wenceslao Enrique Olea Ballesteros, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana, a 5 de noviembre de 2015.
Vistos por la Sra. Dña. Mariana Isabel Hernández García, Jueza de San Bartolomé de Tirajana los presentes autos de Juicio verbal (250.2), nº 0000093/2015 seguido entre partes, de una como demandante D. Jorge López Pérez, dirigido por el Letrado D. Antonio Ruperto Carreño Reyes y representado por el Procurador D. Hugo Vega Melián y de otra, como demandada D. Vicente Sansano López, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por D. Hugo Vega Melián, en nombre y representación de D. Jorge López Pérez, frente a D. Vicente Sansano López, condeno a dicho demandado a que satisfaga a la actora la suma de novecientos euros (900 euros), más los intereses, gastos y costas del procedimiento.
Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso (artº. 455 LEC).
Notifíquese esta sentencia al demandado personalmente, en la forma prevista en el artº. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo si se hallare en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Jueza que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia doy fe, en San Bartolomé de Tirajana, a 5 de noviembre de 2015.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Vicente Sansano López, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 5 de noviembre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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