BOC - 2016/140. Jueves 21 de Julio de 2016 - 2504

III. Otras Resoluciones

Consejería de Sanidad

2504 - ORDEN de 8 de julio de 2016, por la que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2014-2016, aprobado por Orden de 14 de marzo de 2014 y modificado por Orden de 19 de octubre de 2015.

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El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que se propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

La Disposición final primera de dicha ley atribuye carácter básico al precepto mencionado, resultando de aplicación a todas las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que su contenido pueda ser completado por las Comunidades Autónomas.

El artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.

Los planes estratégicos, como norma general, deben contener previsiones para un período de vigencia de tres años, y someterse, en todo caso, a las restricciones que en orden al cumplimiento de los objetivos de política económica y de estabilidad presupuestaria se determinen para cada ejercicio.

El artículo 7.3 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Asimismo, establece el artículo 8.1 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, que anualmente se realizará la actualización de los planes de acuerdo con la información relevante disponible.

La Consejería de Sanidad realiza actuaciones de fomento y de ayuda en el ámbito sanitario a través de la actuación del Servicio Canario de la Salud, por lo que el presente Plan incluye los objetivos estratégicos, las líneas de subvención así como su régimen de seguimiento y evaluación, del citado organismo autónomo. Mediante Orden de la Consejera de Sanidad nº 174/2014, de fecha 14 de marzo de 2014, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2014-2016, estableciéndose en él siete líneas de actuación correspondientes a cinco programas de actuación presupuestaria distintos.

Mediante Orden nº 629/2015, de 19 de octubre de 2015, se aprobó la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2014-2016, incluyéndose dos nuevas líneas de subvención en el programa 312C "Atención Especializada":

Es necesario modificar nuevamente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2014-2016, con el fin de incorporar las siguientes líneas de subvención:

1.- Asociación Gull Lasègue. Proyecto "Servicio de intervención sociosanitaria del Centro de Día para afectados por trastornos de la conducta alimentaria". Programa 312C "Atención especializada". Ejercicio 2016. La continuación del desarrollo de esta línea de subvención en el ejercicio 2016, se considera conveniente al constituir un recurso adecuado para mejorar la calidad en la asistencia sanitaria prestada por el Servicio Canario de la Salud a personas afectadas por trastornos de la conducta alimentaria.

2.- Asociación Corazón y Vida. Proyecto "Alojamiento". Programa 311A "Dirección Administrativa y Servicios Generales". Ejercicios 2015 y 2016. La inclusión de esta línea de subvención obedece a su carácter nominado en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2015 y 2016.

Por otra parte, la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública establece en su artículo 31.1.a) la obligación de publicar los planes estratégicos y de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su aprobación. La obligación impuesta por este artículo, que se incluye en el Título II de la citada Ley, entró en vigor, según su disposición final tercera, el 10 de julio de 2015.

Por todo lo expuesto, vista la propuesta de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, así como el informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto

R E S U E L V O:

Único.- Aprobar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Sanidad para 2014-2016, aprobado por Orden nº 174/2014, de fecha 14 de marzo de 2014, y modificado por Orden nº 629/2015, de 19 de octubre de 2015, para incluir las subvenciones que se consignan en el Anexo I de la presente Orden, quedando redactado en los términos del Anexo II.

Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de julio de 2016.

EL CONSEJERO

DE SANIDAD,

Jesús Morera Molina.

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