En cumplimiento de lo establecido en el artículo 19 de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2016, destinadas a apoyar los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios previstas en el marco del programa de desarrollo rural de Canarias para el periodo de programación 2014-2020, gestionadas por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA en adelante), se procede a publicar el trámite de audiencia que se transcribe a continuación:
"Resolución del Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, por la que se da trámite de audiencia a los interesados de las subvenciones destinadas a apoyar los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, previstas en el marco del programa de desarrollo rural de canarias para el periodo de programación 2014-2020, gestionadas por este instituto, aprobadas por Resolución del Director del ICC de 29 de diciembre de 2016. SUBMEDIDA 3.1. DEL PDR.
Examinados los expedientes de referencia y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Resolución de 29 de diciembre de 2015, del Director, se convocan anticipadamente para el ejercicio 2016 las subvenciones destinadas a apoyar los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias para el periodo de programación 2014-2020, gestionadas por este Instituto, y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las mismas.
Segundo.- Mediante Resolución de 7 de marzo de 2016, del Director, se resuelve la inadmisión a trámite y se requiere la subsanación de las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución precitada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- El apartado 5 de la base reguladora número 19 establece que "antes de dictarse la Propuesta de Resolución provisional, el órgano instructor dará trámite de audiencia a los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en aquellos casos en los que hayan de tenerse en cuenta para la resolución que pone fin al procedimiento, cualquier hecho, alegación o prueba distinta de las aducidas por los solicitantes".
De conformidad con lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
R E S U E L V O:
Primero.- Dar audiencia a los interesados que se relacionan en el anexo a la presente Resolución para que en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente a la publicación, presenten alegaciones, aporten documentos o justificaciones que estimen pertinente. Asimismo, los expedientes podrán ser consultados en el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, sito en el Edificio Tres de Mayo, planta 4ª, Avenida Buenos Aires nº 5, Santa Cruz de Tenerife.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de mayo de 2016.- El Director, José Díaz-Flores Estévez.
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