BOC - 2016/92. Viernes 13 de Mayo de 2016 - 1329

III. Otras Resoluciones

Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

1329 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 5 de mayo de 2016, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Colaboración entre el Club de Actividades Subacuáticas El Sebadal y Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (Gesplan) para la ejecución de la tercera anualidad del proyecto para el control poblacional del Erizo de Lima "Diadema Antillarum" en la protección de la explanada del Roque de la Hila del Puerto de San Sebastián de La Gomera.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias.

En cumplimiento de lo anterior,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de Colaboración entre el Club de Actividades Subacuáticas El Sebadal y Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN) para la ejecución de la tercera anualidad del Proyecto para el control poblacional del Erizo de Lima "Diadema Antillarum" en la protección de la explanada del Roque de la Hila del Puerto de San Sebastián de La Gomera, cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de mayo de 2016.- La Secretaria General Técnica, Cristina de León Marrero.

A N E X O

ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. (GESPLAN) Y EL CLUB DE ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS EL SEBADAL.

En San Sebastián de La Gomera, a 21 de septiembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Dña. Beatriz Calzada Ojeda, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en Las Palmas de Gran Canaria, calle Francisco Gourié, 107, 3ª planta, con D.N.I. nº 42.868.396-F, actuando en nombre y representación de la sociedad "Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A." (Gesplan), con C.I.F. A-38279972, en calidad de Consejera Delegada, en virtud del nombramiento realizado en la sesión del Consejo de Administración celebrado el 31 de agosto de 2015.

Y de otra, el Sr. D. Nauzet Torahi Arteaga Armas, mayor de edad, con domicilio a estos efectos en San Sebastián de La Gomera, con D.N.I. nº 43830236 X y actuando en nombre y representación del Club de Actividades Subacuáticas El Sebadal (en adelante C.A.S. El Sebadal), en calidad de Presidente, estando su cargo en vigor.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Acuerdo y, en su virtud

EXPONEN

I.- Que la Comunidad Autónoma Canaria autorizó la constitución de una Sociedad Anónima cuyo capital social es totalmente público, Gesplan y aprobó el objeto social de esta entidad, que le permite la realización de:

- Estudios urbanísticos y de planeamiento, incluyendo en ellos la redacción, gestión de planes de ordenación, proyectos de urbanización, de instrumentos de gestión urbanística y de edificación y la iniciativa para su tramitación y aprobación.

- Actividad urbanizadora, que puede alcanzar tanto la promoción y preparación del suelo, la gestión de obras de urbanización, edificación, demolición, así como la iniciativa y actuaciones para su tramitación y aprobación, y la redacción de proyectos, direcciones de obra y la gestión y explotación de las obras resultantes.

- Valoraciones inmobiliarias.

- La constitución de inventarios de bienes a entidades públicas y privadas.

- La constitución de un banco de datos sobre planeamiento y gestión territorial, urbanística y medioambiental, así como de bienes inmuebles aptos para el planeamiento.

- Estudios medioambientales y de fomento de la defensa de la naturaleza, así como gestiones y actuaciones, inclusive de inversión en el área ecológica y medioambiental, dentro de las que cabe incluir a título meramente enunciativo las relacionadas con la flora, fauna, ecología, hábitats naturales, biodiversidad, ecosistemas, montes, protección del paisaje, espacios naturales protegidos, contaminación ambiental, impacto ambiental, divulgación y difusión de materias medioambientales, tratamiento de los residuos, protección civil, tareas complementarias de salvamento y rescate terrestre o marítimo y actuaciones de carácter forestal, así como la gestión y/o ejecución de obras medioambientales, redacción de proyectos y direcciones de estas obras.

- Realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios agrícolas, ganaderos, de desarrollo rural, de acuicultura y pesca, así como los necesarios para el mejor uso y gestión de los recursos naturales.

- La elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica y formativa, en materia agraria, forestal, de desarrollo rural, de acuicultura y pesca, así como por el mejor uso y gestión de los recursos naturales.

- La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios, elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica en materia de patrimonio histórico.

- La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios, elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica en material de nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, en su relación con la ordenación del territorio, el urbanismo y el medio ambiente.

- Realización de cursos, seminarios, jornadas formativas y cualesquier actividad de difusión.

II.- Que por Decreto del 3 de diciembre de 2014, el Excmo. Cabildo Insular de La Gomera encomendó a Gesplan la Ejecución de la tercera anualidad del proyecto para el control poblacional del Erizo de Lima "Diadema Antillarum" en la protección de la explanada del Roque de la Hila del Puerto de San Sebastián de La Gomera, el cual fue comunicado a Gesplan el 22 de diciembre de 2014, y que finaliza el 30 de noviembre de 2015.

III.- Que el C.A.S. El Sebadal es un Club Deportivo Elemental con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar que tiene por objeto exclusivo la práctica, promoción y participación en actividades y competiciones deportivas, siendo la principal las subacuáticas.

IV.- Que al presente Acuerdo le es de aplicación el Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias en virtud de lo dispuesto en su artículo 2 en cuanto a su ámbito subjetivo y en el artículo 3.1, respecto a su ámbito material.

V.- Que analizados los anteriores antecedentes, las partes consideran beneficioso el establecimiento de una colaboración mutua mediante el presente Acuerdo de Colaboración, fijando para ello las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.- El presente Acuerdo tiene por objeto fijar las condiciones en que se desarrollará la colaboración del C.A.S. El Sebadal con Gesplan para llevar a cabo de forma voluntaria el control de erizos en las zonas seleccionadas.

El C.A.S. El Sebadal llevará a cabo este control de forma obligatoria como responsable de zona, siendo el firmante del presente Acuerdo el responsable designado además del jefe de equipo de buceo.

Segunda.- La duración del presente Acuerdo comprenderá el periodo que va desde su firma hasta el 30 de noviembre de 2015, pudiendo ser objeto de prórroga si las partes lo considerasen necesario y de común acuerdo, siempre y cuando el proyecto también sea prorrogado.

Tercera.- Las condiciones en que se desarrollarán estos trabajos son las siguientes:

* El control de erizos debe hacerse bajo las directrices e indicaciones del personal técnico de Gesplan y siempre bajo su coordinación.

* Todos los voluntarios participantes en la campaña deberán estar incluidos en el listado facilitado por Gesplan a los responsables de zona antes de realizar la inmersión. Para formar parte de este listado y poder participar oficialmente en la campaña deberán haber facilitado a Gesplan fotocopias compulsadas del título de buceador en vigor, seguro en vigor y documento nacional de identidad.

* En el caso de los participantes ocasionales, generalmente a través de centros de buceo, estos no serán considerados como voluntarios dentro de la campaña, quedando amparados por el seguro del centro de buceo y por su seguro personal, no teniendo estos sujetos vinculación alguna con Gesplan.

Cuarta.- El C.A.S. El Sebadal se compromete a:

* El jefe de equipo de buceo confeccionará el Plan de Emergencia y Evacuación de la citada actuación de control de erizos y estará presente en las inmersiones.

* Las actividades de control en la zona seleccionada constan de una serie de visitas.

* Las inmersiones se realizarán con una periodicidad de 15 días, siempre y cuando las condiciones meteorológicas lo permitan, encargándose la entidad a través de sus buceadores de eliminar todos los erizos que invadan la parcela de trabajo.

* En cada una de las visitas a las parcelas, el C.A.S. El Sebadal deberá entregar un estadillo proporcionado por Gesplan, donde se complete los diferentes campos de información del mismo, que deberá remitirse vía mail a los técnicos de Gesplan, la semana siguiente a la inmersión.

* Proporcionará imágenes desde distintas perspectivas antes de la primera actuación de control de erizo, donde se observe toda la población de erizo existente e imágenes posteriores donde se observen los erizos muertos y eliminados, así como imágenes de las labores realizadas por los voluntarios, en carpetas con la fecha de las actuaciones, como confirmación visual de las tareas realizadas por los voluntarios pertenecientes al club.

* Proporcionará un listado de los voluntarios participantes durante la duración de la campaña, con una copia de su D.N.I., de la titulación de buceo en vigor y del seguro de accidentes y de responsabilidad civil en vigor, debiendo notificar oficialmente a Gesplan cualquier incorporación o baja de voluntarios en este listado, previa a su primera inmersión.

* Comunicará la realización de la inmersión a Gesplan como muy tarde 48 horas después de la misma, enviando los correspondientes estadillos y listado de participantes.

* Comprobará por parte del coordinador de zona que todos aquellos voluntarios que participen en las actividades de control del erizo bajo su supervisión hayan entregado en tiempo y forma la documentación requerida y formen parte del listado autorizado por escrito de Gesplan, para el desarrollo de esta actividad de manera coordinada.

* Controlará que no se realicen inmersiones en solitario, ni fuera de los límites marcados.

* Controlará que cada uno de los voluntarios disponga de la correspondiente póliza de seguro de accidentes y de responsabilidad civil.

* Cumplirá con la normativa establecida en la Orden de 25 de abril de 1973, por la que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de actividades subacuáticas en las aguas marítimas e interiores, y sus modificaciones posteriores, así como la Orden de 14 de octubre de 1997, modificada por la de 20 de julio de 2000, por la que se aprueban y modifican respectivamente las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas. También deberá observarse el Decreto 35/2006, de 25 de abril, por el que se regulan los centros de buceo y las enseñanzas deportivas-recreativas subacuáticas en la Comunidad Autónoma de Canarias y el Decreto 88/2008, de 29 de abril, por el que se establecen las condiciones que habilitan para la práctica del buceo profesional en la Comunidad Autónoma de Canarias y la autorización a los centros que deseen impartir cursos para la obtención de los títulos de buceador profesional.

Quinta.- Por su parte, Gesplan se compromete con el C.A.S. El Sebadal a:

* Durante la realización de la campaña Gesplan correrá con los gastos de la comida de cada voluntario el día que se realice la inmersión masiva, organizada desde Gesplan y de común acuerdo con el CAS.

* Gesplan formalizará una póliza de responsabilidad civil por trabajos submarinos.

* Gesplan sufragará gastos de cursos formativos y /o compra de material que precise el club como mejora para desarrollar los trabajos de control del erizo diadema en la zona indicada. Se acordará un listado de cursos para su selección y desarrollo durante el tiempo que dure la campaña.

* A cada voluntario, Gesplan le suministrará material de la campaña y un diploma acreditativo de su participación en la campaña, al finalizar la misma.

* Gesplan suministrará herramientas artesanales para matar a los erizos, y de forma eventual se le proporcionarán más herramientas si la acción lo requiere.

* Gesplan controlará que cada uno de los voluntarios disponga de la correspondiente póliza de accidentes y de responsabilidad civil, así como de la licencia en vigor.

Sexta.- Gesplan y el coordinador de zona no se harán responsables de las incidencias surgidas durante la inmersión y el resto de las actuaciones a desarrollar por los voluntarios, las cuales se harán bajo su exclusiva responsabilidad y pericia.

Los voluntarios firmarán libremente antes de realizar las actuaciones un ejemplar del escrito de compromiso que acompaña a este Acuerdo a los efectos expresados en el apartado anterior.

Por último, C.A.S. El Sebadal y los voluntarios deberán cumplir las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas establecidas en la Orden de 14 de octubre de 1997, por la que se aprueban las normas de seguridad para el ejercicio de actividades subacuáticas, y su posterior modificación establecida en la Orden de 20 de julio de 2000.

Séptima.- El presente Acuerdo se extinguirá por acuerdo de las partes o por incumplimiento de las obligaciones de una de las mismas y denunciado por la otra.

Octava.- Se crea una Comisión de Seguimiento del presente formada por D. Rafael Riera Cillanueva o quien le sustituya en representación de Gesplan y D. Jesús García López, Secretario del Club de Actividades Subacuáticas El Sebadal o quien le sustituya en representación del citado club.

Novena.- En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, Gesplan (titular y responsable de los ficheros), informa de que cuantos datos personales le faciliten serán incluidos en un fichero automatizado de datos de carácter personal.

La finalidad de dicho fichero es agilizar y facilitar la relación con la parte contratante, con lo que presta su consentimiento expreso.

Gesplan garantiza la seguridad y confidencialidad de los datos facilitados, se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de guardarlos y adoptar todas las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o uso no autorizado. La información obtenida no será utilizada con propósitos comerciales ni cedida a terceros.

Podrá en todo momento ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, comunicándolo por escrito.

Décima.- En caso de litigio sobre la interpretación y cumplimiento de este Acuerdo, las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten al conocimiento y competencia de los órganos jurisdiccionales de Las Palmas de Gran Canaria, sin perjuicio de que de común acuerdo hubiese pactado o pactasen su sometimiento a cualquier clase de arbitraje.

Decimoprimera.- Los firmantes de este documento colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de la buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- Por Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental, S.A., Beatriz Calzada Ojeda.- Por el Club de Actividades Subacuáticas El Sebadal, Nauzet Torahi Arteaga Armas.



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