CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la demandante entidad mercantil Algo, S.L.U., representada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Manuel Beautell López, contra el demandado D. Javier Fernández Briones, de las circunstancias personales que constan en autos:
1.- Condeno al demandado citado a pagar a la actora la cantidad de tres mil doce euros con sesenta y cuatro céntimos -3.012,64 euros-, con más los intereses legales correspondientes.
2.- Condeno al demandado citado al pago de las costas causadas en esta instancia.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de veinte días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la dictó y firma, de lo que doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Javier Fernández Briones, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de marzo de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.
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