El Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme con lo previsto en el artículo 17 del Reglamento de Control de vertidos para la protección del Dominio Público Hidráulico (aprobado por el Decreto 174/1994, de 29 de julio), hace saber que examinada la solicitud presentada por D. Ramón Lorenzo Melián Hernández, actuando en representación de la sociedad mercantil "Bodega La Geria, S.L.", relativa a la autorización de una planta depuradora de aguas residuales individual a ubicar en las instalaciones de "Bodega La Geria" en el municipio de Yaiza de Lanzarote, con una capacidad máxima de depuración de 20,00 m3/día, no interesándose constitución de servidumbre o declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios, se somete al trámite de información pública por plazo de treinta (30) días.
Arrecife, a 4 de febrero de 2016.- El Presidente, Pedro San Ginés Gutiérrez.
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