BOC - 2016/34. Viernes 19 de Febrero de 2016 - 574

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Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

574 - Viceconsejería de Administraciones Públicas y Transparencia.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 11 de febrero de 2016, que dispone la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sección Segunda) con sede en Santa Cruz de Tenerife, del expediente administrativo relativo al Decreto 77/2015, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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Visto el Oficio de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con registro de entrada en este Departamento el día 25 de enero de 2016 (número de registro 86312-CPJI/0089), sobre remisión de expediente administrativo y emplazamiento a los interesados en el recurso contencioso-administrativo nº 1/2016.

Vista la legislación aplicable y conforme a lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

R E S U E L V O:

Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sección Segunda) con sede en Santa Cruz de Tenerife, del expediente relativo al Decreto 77/2015, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo en la Comunidad Autónoma de Canarias, a los efectos del recurso contencioso-administrativo nº 1/2016.

Segundo.- Emplazar a los interesados en el referido expediente para que puedan comparecer ante el citado Tribunal en el recurso contencioso-administrativo nº 1/2016 interpuesto por la Asociación Canaria de Empresarios de Juegos y Apuestas (ACEJA) y personarse en los citados autos en el plazo de nueve días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de febrero de 2016.- La Viceconsejera de Administraciones Públicas y Transparencia, Manuela Armas Rodríguez.



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