CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En la ciudad de Telde, a quince de marzo de dos mil trece.
Dña. Natalia Bayoll Delgado, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio verbal identificados con el nº 1591/2012, promovidos por la entidad Oakley College, representada por el procurador don Francisco Montesdeoca Quesada y defendida por el letrado don Miguel Ángel Blázquez Jiménez contra D. Antonio Manuel Delgado Tejera y Dña. María Fátima Montesdeoca Umpiérrez, declarados en situación procesal de rebeldía, en nombre de Su Majestad El Rey dicta la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por don Francisco Montesdeoca Quesada en nombre y representación de la entidad Oakley College, debo condenar y condeno a don Antonio Manuel Delgado Tejera y doña María Fátima Montesdeoca Umpiérrez al pago a la actora de la cantidad de cinco mil dosceintos sesenta y ocho euros con dos céntimos, más el interés legal devengado con expresa condena en costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, sino que es susceptible de recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas que deberá interponerse ante este órgano judicial en el plazo legal de veinte días, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la cuenta de este Juzgado.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la presente resolución por su S.Sª. la Juez que la dictó en el mismo día de su fecha estando celebrando audiencia pública. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. María Fátima Montesdeoca Umpiérrez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Telde, a 10 de marzo de 2015.- El/la Secretario Judicial.
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