BOC - 2015/101. Jueves 28 de Mayo de 2015 - 2514

II. Autoridades y personal

Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

2514 - ORDEN de 22 de mayo de 2015, por la que se aprueba la lista definitiva de adjudicación de puestos de trabajo del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos en primer lugar al Grupo A, Subgrupo A2, Cuerpo de Gestión, Escalas de Gestión General, y de Gestión Financiera y Tributaria, de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de 2 de julio de 2014, de esta Consejería.

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Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 19 de marzo de 2015, se aprobó la lista provisional de adjudicación de puestos del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos en primer lugar al Grupo A, Subgrupo A2, Cuerpo de Gestión, Escalas de Gestión General y de Gestión Financiera y Tributaria, de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, otorgándose un plazo de diez días hábiles para presentar reclamaciones o la renuncia al puesto adjudicado.

Resueltas las reclamaciones presentadas, y vistas las renuncias a participar en el concurso de méritos formuladas por determinados funcionarios no obligados a concursar.

Visto el informe-propuesta de adjudicación definitiva de puestos de trabajo formulado por la Comisión de Evaluación designada para valorar los méritos de los concursantes, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 1 de la base decimotercera de la Orden de esta Consejería de 2 de julio de 2014, por la que fue convocado el presente concurso de méritos.

En uso de la competencia que tengo atribuida por el Decreto 48/1998, de 17 de abril, que regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Admitir las renuncias a la participación en el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos al Grupo A, Subgrupo A2, Cuerpo de Gestión, Escalas de Gestión General y de Gestión Financiera y Tributaria, de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 2 de julio de 2014, de los siguientes funcionarios:

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Segundo.- Aprobar la lista de adjudicación definitiva de puestos de trabajo correspondiente al citado concurso de méritos, que se adjunta como anexo a la presente Orden.

Tercero.- El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles, si el puesto de trabajo desempeñado radica en la misma isla que la del destino obtenido, o de un mes si radica en distinta isla o fuera del Archipiélago, o sí comporta el reingreso al servicio activo.

El cese de los funcionarios que, estando en servicio activo, obtengan puesto de trabajo en el presente concurso se efectuará el día 31 de mayo, y el plazo posesorio de todos los concursantes comenzará a contarse a partir del día siguiente a dicha fecha.

La toma de posesión tendrá efectos de 1 de junio de 2015, salvo en el supuesto de reingreso al servicio activo en el que los efectos serán los de la fecha en que tenga lugar la toma de posesión efectiva del puesto adjudicado.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer por los interesados recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, conforme dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de mayo de 2015.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA E IGUALDAD,

Francisco Hernández Spínola.

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