Visto el expediente tramitado por esta Dirección General de Ganadería a instancia de parte, para la legalización territorial y ambiental de las edificaciones e instalaciones ganaderas de la explotación que se señala, conforme al artículo 5 de la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo y la modificación que introduce la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias.
En aplicación de lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 5 de la citada Ley 6/2009, de 6 de mayo, se somete a información pública el expediente de la explotación ganadera de la que es titular Dropalma, S.L.U., con C.I.F. B-38476826, con código del Registro General de Explotaciones Ganaderas de Canarias E-TF-053-03789, ubicada en Carretera General del Malpaís, nº 186, km 11, término municipal de la Villa de Mazo, para la legalización territorial y ambiental de las edificaciones e instalaciones que presenta, una vez cumplimentados los trámites previstos en el artículo 5 de la citada ley, toda vez que figura inscrita en el Registro con anterioridad a la entrada vigor de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias, debiéndose, por tanto, tramitar la legalización de dichas explotaciones conforme al procedimiento legalmente establecido.
Por todo lo anteriormente expuesto, se pone de manifiesto el expediente señalado, por un plazo de diez (10) días, dentro del horario de atención al público (de 9,00 a 14,00 horas), pudiendo examinarlo cuantas personas se consideren afectadas y presentar, dentro del citado plazo, cuantas alegaciones estimen oportunas, en ambas sedes provinciales de la Dirección General de Ganadería, sitas en el Edificio de Usos Múltiples II, planta 3ª, Avenida José Manuel Guimerá, nº 10, Santa Cruz de Tenerife, y en el Edificio Jinámar, Avenida Alcalde José Ramírez Bethencourt, nº 22, Las Palmas de Gran Canaria.
Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 13 de marzo de 2015.- El Director General de Ganadería, Juan Pedro Dávila de León.
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