I. ANTECEDENTES
1º) Mediante Resolución de esta Dirección General de 21 de mayo de 2014 (Registro de Resoluciones nº 387, de 22), se autoriza al Ayuntamiento de Tazacorte para que determinados funcionarios públicos al servicio de la Corporación puedan ejercer por sustitución, mediante nombramiento accidental, las funciones públicas de los puestos de trabajo de Secretaría, clase segunda, y de Intervención, clase segunda, reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, en los supuestos de ausencia temporal de los funcionarios titulares, y por la que se convalidan diversos nombramientos accidentales conferidos por la Corporación con posterioridad al 31 de diciembre de 2013.
El puesto de trabajo de Secretaría, clase segunda, de la Corporación está reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, se halla actualmente vacante tras el cese de la funcionaria con habilitación de carácter nacional, que lo venía desempeñando mediante nombramiento en acumulación de funciones, doña María del Carmen Ávila Ávila y ocupado con nombramiento accidental por la citada Resolución de 21 de mayo de 2014.
2º) Por Resolución de este Centro Directivo de 25 de mayo de 2014 (Registro de Resoluciones nº 394, de 26), se autoriza al Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane para que determinadas funcionarias públicas al servicio de la Corporación puedan ejercer por sustitución, mediante nombramiento accidental, las funciones públicas de los puestos de trabajo de Secretaría, clase primera, Intervención, clase primera, y Tesorería, reservados a funcionarios con habilitación de carecer nacional, en los supuestos de ausencia temporal de los funcionarios titulares, y por la que se convalidan diversos nombramientos accidentales conferidos por la Corporación con posterioridad al 31 de diciembre de 2013.
El puesto de trabajo de Secretaría, clase primera, de la Corporación, está reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, se halla actualmente vacante tras el cese de la titular con carácter definitivo, doña María del Carmen Ávila Ávila, y ocupado con nombramiento accidental conferido por la citada Resolución de 25 de mayo de 2014.
3º) Mediante Resolución nº 425, de 5 de junio de 2014, de esta Dirección General, se ratifica el nombramiento accidental conferido por el Ayuntamiento de La Frontera a favor de don Diego Sinforiano Acosta Padrón, funcionario propio, para el ejercicio de las funciones públicas del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, se nombra Secretaria Accidental a doña María Esther González Padrón, a partir de la fecha del cese de doña Raquel Alegre Sánchez, funcionaria con habilitación de carácter nacional, y titular del puesto de trabajo de Secretaría, clase segunda, y se autoriza a la Corporación para que determinados funcionarios de carrera a su servicio puedan ejercer por sustitución, mediante nombramiento accidental, las funciones públicas de los puestos de trabajo de Secretaría y de Intervención, reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, en los supuestos de ausencia temporal de sus titulares.
Asimismo, la Corporación mediante oficio nº 5.206, de 4 de junio de 2014, de la Alcaldía-Presidencia, comunica la puesta en marcha de un proceso selectivo para la provisión, con carácter interino, del citado puesto de Secretaría.
El puesto de trabajo de Secretaría, clase segunda, de la Corporación, está reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, categoría de entrada, se halla actualmente vacante tras el cese de la titular con carácter definitivo, doña Raquel Alegre Sánchez, y ocupado con nombramiento accidental conferido por la citada Resolución de 5 de junio de 2014.
4º) Por Resolución de esta Dirección General de 8 de junio de 2014 (Registro de Resoluciones nº 429, de 9), se confiere a doña Esther Rocío Mesa, un nombramiento accidental para el ejercicio de las funciones públicas reservadas al puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, del Ayuntamiento de San Bartolomé, vacante tras el cese de doña Natalia García Valcárcel, funcionaria con habilitación de carácter nacional.
Asimismo, la Corporación mediante oficio nº 15.452, de 4 de junio de 2014, solicita de este Centro Directivo que confiera un nombramiento provisional o una comisión de servicios a favor de funcionario con habilitación de carácter nacional, para el desempeño del citado puesto, y de no ser posible, comunicación de esta circunstancia para un nombramiento en régimen de acumulación.
El citado puesto está reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, se halla actualmente vacante tras el cese de la funcionaria con habilitación de carácter nacional que lo venía desempeñando mediante nombramiento provisional, doña Natalia García Valcárcel, y ocupado con nombramiento accidental conferido por la citada Resolución de 8 de junio de 2014.
5º) Mediante Resolución de esta Dirección General de 9 de junio de 2014 (Registro de Resoluciones nº 430, de 10), se revoca el nombramiento interino que se confirió a don Gonzalo Martínez Lázaro para desempeñar el puesto de trabajo de Intervención, clase primera, del Ayuntamiento de Ingenio, y se autoriza a doña Tania Naya Orgeira, funcionaria con habilitación de carácter nacional, titular del puesto de trabajo de Tesorería del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, para desempeñar, en régimen de acumulación, las funciones del puesto de trabajo de Intervención de aquella Corporación.
El puesto de Intervención está reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior; y no fue objeto de adjudicación, por falta de peticionarios, en el concurso unitario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, resuelto por la Administración General del Estado, en virtud de la Resolución de 5 de marzo de 2014 (BOE nº 74, de 26 de marzo de 2014), de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El artículo 33 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 189, de 9 de agosto), dispone que cuando no fuese posible la provisión de un puesto de trabajo reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional por concurso o en virtud de nombramiento provisional, acumulación de funciones o comisión de servicios, las Corporaciones locales podrán nombrar, con carácter accidental, a uno de sus funcionarios suficientemente capacitado.
El párrafo segundo del citado precepto, añadido por el artículo decimocuarto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 163, de 9 de julio), aclara, no obstante, que, en los casos de vacante del puesto, comisión de servicios o servicios especiales del titular, con carácter previo al nombramiento accidental, las Corporaciones locales deberán solicitar preceptivamente informe al órgano competente de la comunidad autónoma sobre la existencia de algún funcionario con habilitación de carácter nacional interesado en la provisión del puesto de trabajo por los procedimientos previstos en el artículo 30 -nombramiento provisional-, artículo 31 -acumulación de funciones- y artículo 32 -comisión de servicios-.
Segunda.- El artículo 34 del citado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, en la redacción dada por el artículo decimoquinto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, citado, en conexión con el artículo 56.2, letra n), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 331/2011, de 22 de diciembre (BOC nº 252, de 27 de diciembre de 2011), dispone que "cuando no fuese posible la provisión de puestos de trabajo vacantes en las corporaciones locales reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional por los procedimientos previstos en los artículos 30, 31 y 32, las corporaciones locales podrán proponer, con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, el nombramiento como funcionario interino de una persona que esté en posesión de la titulación exigida para el acceso a la subescala y categoría a la que pertenece. La resolución del nombramiento se efectuará por el órgano competente para la comunidad autónoma respectiva, debiendo quedar acreditado en el expediente la imposibilidad de provisión por un funcionario con habilitación de carácter nacional."
Tercera.- El artículo 31.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, citado, en la redacción dada por el artículo duodécimo del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, citado, por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que el órgano competente de la comunidad autónoma respectiva, en el ámbito de su territorio, podrá autorizar a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que se encuentren ocupando un puesto de trabajo a ellos reservado a desempeñar asimismo en una entidad local próxima las funciones reservadas, en los supuestos contemplados en el artículo 30.1 y por el tiempo de su duración, cuando, previa solicitud del ayuntamiento, no hubiese sido posible efectuar nombramiento provisional o comisión de servicios, imposibilidad que ha debido quedar lo suficientemente acreditada en el expediente.
Cuarta.- Las disposiciones contenidas en el citado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, han de entenderse vigentes, de acuerdo con la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (BOE nº 312, de 30 de diciembre), que entró en vigor el día 31 de diciembre de 2013, a excepción del aspecto relativo a la Administración que resultará competente, a partir de esa fecha, para conferir los nombramientos accidentales, que será el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma donde radique la entidad local, de acuerdo con el artículo 92 bis, apartado 7, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, añadido por el apartado veinticinco del artículo primero de la citada Ley 27/2013, de 27 de diciembre.
En el ejercicio de la competencia que atribuye a esta Dirección General el artículo 56.2 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 331/2011, de 22 de diciembre (BOC nº 252, de 27), en materia de gestión de funcionarios con habilitación de carácter nacional.
R E S U E L V O:
1. Dar publicidad a la vacancia de los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, en diversas Corporaciones Locales canarias, que se relacionan a continuación:
* Secretaría, clase primera, de la Subescala de Secretaría, categoría superior:
- Ayuntamiento de Los Llanos de Aridane.
* Secretaría, clase segunda, de la Subescala de Secretaría, categoría de entrada:
- Ayuntamiento de La Frontera.
- Ayuntamiento de Tazacorte.
* Intervención, clase primera, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior:
-Ayuntamiento de Ingenio.
* Intervención, clase segunda, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada:
- Ayuntamiento de San Bartolomé (Lanzarote).
2. Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén interesados en la provisión de los puestos de trabajo de Secretaría de los Ayuntamientos de La Frontera, Los Llanos de Aridane y Tazacorte, puedan presentar su solicitud por alguna de las formas de provisión no definitivas -nombramiento provisional, comisión de servicios o acumulación de funciones-, y los puestos de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de Ingenio y del Ayuntamiento de San Bartolomé mediante nombramiento provisional o comisión de servicios, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de junio de 2014.- El Director General de la Función Pública, Aarón Afonso González.
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