Por la Sra. Consejera Delegada de Medio Ambiente, Transportes y Presidencia, ha sido adoptada en fecha 14 de mayo de 2013, la Resolución cuyo tenor literal es el siguiente:
RESOLUCIÓN DE LA CONSEJERA DELEGADA.
Intentadas las notificaciones, sin que las mismas se hayan podido practicar a los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la oportuna resolución de archivo de los expedientes, como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos a efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiéndose delegado dicha atribución por Decreto 1862/2011, de 20 de junio, en la Consejera Delegada de Medio Ambiente, Transportes y Presidencia Dña. Natalia del Carmen Évora Soto y vista la propuesta de resolución de la Instructora, Dña. María del Pino Sánchez Sosa, de fecha 14 de mayo de 2013,
R E S U E L V O:
1.- Notificar al titular del vehículo que se cita la resolución de archivo que ha recaído en el expediente sancionador que le ha sido instruido por este Cabildo Insular por infracción a la legislación de transporte por carretera.
1) EXPTE.: GC/200615/O/2012; TITULAR: Suárez Díaz, Francisco; POBLACIÓN: Moya; MATRÍCULA: GC-9830-BT; FECHA DENUNCIA: 12 de julio de 2012, 12:20:00; INFRACCIÓN: artículos 66 y 105.30, en relación con el artº. 104.1.6 LOTCC; artículos 157 y 198.31, en relación con el artº. 197.1.6 ROTT; CUANTÍA: 1.501,00; HECHO INFRACTOR: la realización de transporte al amparo de autorizaciones de transporte privado complementario para vehículos ligeros que no cumplen alguna de las condiciones del artº. 66.1 LOTCC; INSTRUCTORA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ermelinda Velázquez Linares; SECRETARIA DEL EXPEDIENTE: Dña. Ana Isabel Carballo Estévez.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
De la presente resolución se dará traslado al interesado y a la tesorería de la Corporación, a los efectos oportunos.
Contra la presente resolución podrá formular recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, según redacción dada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, a contar desde el día siguiente al de la notificación, como requisito previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo que habrá de formularse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se notificare su resolución se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa.
El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso. Si no lo fuere, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto
Puerto del Rosario, a 14 de mayo de 2013.- El Secretario General, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.- V°.B°.: la Consejera Delegada de Medio Ambiente, Transportes y Presidencia, Natalia del Carmen Évora Soto.
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