D./Dña. Cristina Maldonado Concepción, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia n° 5 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
"SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a veintinueve de abril de dos mil trece.
Vistos por Dña. María del Mar Sánchez Hierro, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio verbal, registrados con el número 1005/12, promovidos por el Procurador Sr. Machado Rodríguez de Azero, en nombre y representación de Dña. Lucía Ochoa Díez, bajo la dirección técnica del Letrado Sr. García Ribera, contra Reformas, Decoración y Reparación, S.L., declarada en situación procesal de rebeldía, ha pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, con base en los siguientes
FALLO
1º) Se estima la demanda interpuesta por la representación procesal de Dña. Lucía Ochoa Díez frente a Reformas, Decoración y Reparación, S.L.
2º) Se condena a la demandada a abonar a la actora la suma de 653,63 -seiscientos cincuenta y tres con sesenta y tres- euros, más el interés legal de dicha suma.
3º) Las costas procesales se imponen a la demandada.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, en el día de su fecha, hallándose S.Sª. celebrando audiencia pública con mi asistencia. Doy fe."
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Reformas, Decoración y Reparación, S.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 30 de abril de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
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