Examinado el expediente tramitado por el Servicio Canario de Empleo para la cobertura por libre designación del puesto de trabajo nº 11013010, denominado "Jefe de Servicio de RR.HH. y Régimen Interior.
Teniendo en cuenta los siguientes
I. ANTECEDENTES
1º) Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de fecha 2 de abril de 2013, se efectuó convocatoria pública para la provisión por el sistema de Libre Designación del puesto de trabajo nº 11013010 denominado "Jefe de Servicio de RR.HH. y Régimen Interior", adscrito al Servicio Canario de Empleo.
2º) Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y visto el informe de fecha 29 de abril de 2013, evacuado por la Dirección General de la Función Pública, de conformidad con la base quinta de la citada convocatoria.
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- De conformidad con lo establecido en el artículo 78.3 y 78.4 de la Ley Territorial 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria (BOC nº 40, de 3 de abril) y en los artículos 17 y 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 53, de 1 de mayo) y el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Segunda.- Observado debidamente el procedimiento legalmente establecido en los artículos 18, 19, 20 y 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, del Decreto 48/1998, de 17 de abril, anteriormente citado (BOC nº 53, de 1 de mayo) y teniendo en cuenta los méritos que concurren entre los funcionarios solicitantes.
En virtud de la competencia que me atribuye el artículo 29.1.c) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto) y de acuerdo con la base sexta de la convocatoria
R E S U E L V O:
Primero.- Designar a la funcionaria que se indica, en la que concurren todos los requisitos exigidos en la convocatoria, para el desempeño del puesto de trabajo del Servicio Canario de Empleo que igualmente se detalla:
Dña. Marta Leonor Vidal García.
D.N.I. 42847725-J.
CENTRO DIRECTIVO: Servicio Canario de Empleo.
UNIDAD: Subdirección de Empleo.
NÚMERO DEL PUESTO: 11013010.
DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Jefe de Servicio de RR.HH. y Régimen Interior.
FUNCIONES: Dirección, planificación y organización de los recursos humanos y régimen interior.
NIVEL: 28.
PUNTOS COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 75.
VÍNCULO: funcionario.
ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: Comunidad Autónoma de Canarias.
GRUPO: A.
ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: A111/A112 (Escala de Administradores Generales/Escala de Administradores Financieros y Tributarios).
JORNADA: especial.
LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife o Las Palmas de Gran Canaria.
Segundo.- La funcionaria designada habrá de cesar en su actual puesto de trabajo en el plazo de tres días, contados desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la presente Orden y tomar posesión en igual plazo, si reside en la misma isla, o en el de un mes, si reside fuera de ella, contados desde el día siguiente al del cese.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
- Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria o ante aquel en que tenga su domicilio el recurrente, a elección de este. El plazo para interponer será de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1º, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente en los términos contemplados en el apartado anterior.
No se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Todo ello, sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de mayo de 2013.
LA CONSEJERA DE EMPLEO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Francisca Luengo Orol.
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