BOC - 2012/151. Jueves 2 de Agosto de 2012 - 3957

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

3957 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 19 de julio de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 2 de julio de 2012, relativo a la toma de conocimiento de la Sentencia de 20 de junio de 2008, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que desestima el recurso contencioso-administrativo nº 147/2005.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 2 de julio de 2012, relativo a la Toma de Conocimiento de la Sentencia de 20 de junio de 2008, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que desestima el recurso contencioso-administrativo nº 147/2005, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de julio de 2012.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 2 de julio de 2012, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 20 de junio de 2008, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias por la que se desestima el recurso contencioso-administrativo nº 147/2005, interpuesto por Pedro Espino Romero contra Acuerdo de la COTMAC de 9 de marzo de 2005, relativo a la Adaptación Básica del Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria que se hizo publico mediante Resolución de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial de 20 de abril de 2005. Sin expresa condena en costas.

Segundo.- Tomar conocimiento de la Sentencia de 8 de noviembre de 2011, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección quinta, del Tribunal Supremo, que declara no haber lugar al recurso de casación nº 6079/2008 interpuesto por D. Pedro Espino Romero contra la Sentencia de 20 de junio de 2008, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con imposición de las costas a la parte recurrente limitando la cuantía de la condena a mil quinientos (1.500) euros por los conceptos de honorarios de representación y defensa del Gobierno de Canarias y a la cifra de mil doscientos (1.200) euros por el concepto de honorarios de defensa del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Tercero.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias y al Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.



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