BOC - 2012/050. Lunes 12 de Marzo de 2012 - 1307

V. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

1307 - ANUNCIO de 6 de febrero de 2012, relativo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la manzana comprendida por las calles Guantánamo, José Manuel Motas Pérez y Marianao.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 44.2 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2012, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Urbanismo, Vivienda y Aguas. Servicio de Planeamiento.

20.- Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la manzana comprendida por las calles Guantánamo, José Manuel Motas Pérez y Marianao, hasta el paso público que conecta esta última, entre los números 27 y 29, con Guantánamo, promovido por D. Abel Suárez Pérez y otros.

Vistos los documentos obrantes en el expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de junio de 2011 se procedió a la aprobación inicial del Estudio de Detalle para la ordenación de la manzana comprendida por las calles Guantánamo, José Manuel Motas Pérez y Marianao, hasta el paso público que conecta esta última, entre los números 27 y 29, con Guantánamo, en el barrio del Salto del Negro, debiendo proceder a la corrección de los condicionantes que en el mismo se establecieron.

2º) El trámite de información pública tuvo lugar mediante la publicación del correspondiente Anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia (nº 92) de fecha 18 de julio de 2011, en el periódico "Canarias 7" de 15 de julio de 2011 y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, en el período comprendido entre los días 28 de junio de 2011 hasta el 29 de julio de 2011, habiéndose presentado dos escritos de alegaciones, uno, por doña Griselda de Jesús Jiménez García y, el otro, por don Abel Suárez Pérez, según el informe del Servicio de Planeamiento de fecha 14 de septiembre de 2011.

3º) Por el Servicio de Planeamiento se emitió informe técnico, con fecha 23 de septiembre de 2011, en relación con las alegaciones presentadas, por un lado, y, por otro, sobre la ordenación volumétrica de la parcela y alineaciones, así como los condicionantes que debían introducirse en el documento.

4º) Con fecha 11 de noviembre de 2011 se emitió informe por el Letrado-Jefe de la Asesoría Jurídica municipal, favorable, igualmente, para la aprobación definitiva, de conformidad con los condicionantes técnicos establecidos.

5º) El día 5 de diciembre de 2011 tuvo entrada escrito de la sociedad promotora aportando documentos técnicos íntegros del Estudio de Detalle con las subsanaciones corregidas.

6º) Con fecha 13 de diciembre de 2011 se ha emitido informe técnico de conformidad por el Servicio de Planeamiento en relación con la documentación presentada por los promotores, haciendo constar que se encuentran corregidas e incorporadas las condiciones establecidas en el documento técnico aportado, pudiendo procederse a su aprobación definitiva.

Vistas las disposiciones legales de aplicación, fundamentalmente:

I.- El artículo 38 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, que establece como objeto del Estudio de Detalle completar o ajustar, para manzanas o unidades urbanas equivalentes, las alineaciones y rasantes, y los volúmenes.

II.- El artículo 87.2 del Reglamento de Procedimientos del sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, en cuanto al traslado y remisión a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, del acuerdo de aprobación definitiva y copia del expediente administrativo y del Estudio de Detalle.

III.- El artículo 8.1.9.1.d) de las Normas Urbanísticas del vigente Plan General Municipal de Ordenación, en cuanto a la exigencia de tramitación de un Estudio de Detalle debido a la diferencia de cotas existente, en relación a lo previsto en el artículo 8.1.18 de la ordenanza B, en cuanto a los parámetros de altura.

IV.- El artículo 44.2, párrafo 2º del TR-LOTyENC y el artículo 70.2 -en relación con el artículo 65.2- de la Ley 7/1985, ambos de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en cuanto a su publicación a los efectos de su entrada en vigor.

V.- El artículo 105.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto, asimismo, el dictamen de la Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible, en sesión ordinaria de fecha 19 de enero de 2012, el Pleno de la Corporación

ACUERDA

Primero.- Corrección nomenclatura calles.

La subsanación del error de denominación advertido en una de las calles objeto de este Estudio de Detalle, tanto en los documentos técnicos, como en los informes emitidos para la aprobación inicial, así como en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de junio de 2011 por el que se procedió a su aprobación inicial, habiéndose venido recogiendo que la manzana se encuentra delimitada por las calles Guantánamo, José Manuel Tomás Pérez y Marianao, se procede a su subsanación y se hace constar que la denominación correcta es la de "Guantánamo, José Manuel Motas Pérez y Marianao".

Segundo.- Resolución de alegaciones.

La aceptación íntegra de las propuestas emitidas por los Servicios Municipales, a las alegaciones formuladas a la aprobación inicial del expediente del Estudio de Detalle de la manzana comprendida por las calles Guantánamo, José Manuel Motas Pérez y Marianao.

En consecuencia, se resuelven las alegaciones presentadas en el trámite de información pública, en el siguiente sentido:

Desestimar expresamente las alegaciones formuladas por doña Griselda de Jesús Jiménez García en el trámite de información pública, por la motivación contenida en los respectivos informes.

Estimar expresamente las alegaciones formuladas por don Abel Suárez Pérez, por la motivación contenida en los respectivos informes.

Tercero.- Aprobación definitiva.

La aprobación definitiva del Estudio de Detalle formulado por don Abel Suárez Pérez y otros, para la ordenación volumétrica y establecimiento de alineaciones de la manzana comprendida por las calles Guantánamo, José Manuel Motas Pérez y Marianao, hasta el paso público que conecta esta última, entre los números 27 y 29, con Guantánamo (barrio del Salto del Negro), en este término municipal, promovido por don Abel Suárez Pérez y otros.

La ordenación de la manzana queda configurada de la siguiente forma:

- Se reajustan las alineaciones establecidas por el Plan General en el plano de Regulación del Suelo y la Edificación RS-27R, corrigiendo errores y adaptándola a las condiciones preexistentes.

- La volumetría propuesta contempla tres plantas, más una cuarta retranqueada con respecto a la rasante inferior, calle Marianao, y una planta hacia la rasante superior, calle Guantánamo.

Se exceptúan las parcelas P1 y P2 que contarán con tres plantas hacia la rasante inferior y tres hacia la rasante superior, y tres hacia la rasante inferior y dos hacia la rasante superior, respectivamente, en aplicación del artículo 8.1.9.1 de las Normas Urbanísticas del Plan General.

La transición entre una y otra altura se produce a través del oportuno escalonamiento, que variará en función del desnivel que acumule cada parcela (de una a casi tres plantas), el fondo con que cuente cada una de ellas, la edificación preexistente y la realidad catastral de las mismas.

Además, a partir de la parcela P5, se incorpora un patio de manzana que divide en dos volúmenes diferenciados: el primero sobre la rasante superior, y el segundo sobre la rasante inferior, y que absorbe el desnivel entre tales rasantes.

Cuarto.- Comunicación a la C.O.T.M.A.C.

La comunicación de este acuerdo a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (C.O.T.M.A.C.), acompañando copia del expediente administrativo y documento técnico aprobado.

Quinto.- Consejo Cartográfico de Canarias.

La remisión de copia del documento técnico de Estudio de Detalle aprobado al Consejo Cartográfico de Canarias con las formalidades requeridas para ello.

Sexto.- Publicación.

La publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

La publicación de este acuerdo, asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas este acuerdo de aprobación definitiva, junto con la normativa del Estudio de Detalle, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Séptimo.- Notificación y respuesta razonada a las alegaciones.

La notificación de este acuerdo en legal forma a los promotores del Estudio de Detalle, así como a los propietarios del ámbito afectado, y aquellas personas que formularon alegaciones, con notificación de este acuerdo y traslado de los informes técnico y jurídico que han servido de base, respectivamente, para tales desestimación y estimación, según lo previsto en los artículos 30.2 y 38 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, en relación con el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Hacer saber que contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas) a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artº. 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos."

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de febrero de 2012.- La Secretaria General, Ana María Echeandía Mota.



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