D./Dña. Fernando Pérez Polo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2011, D. Juan Avello Formoso Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Dos de Las Palmas de Gran Canaria, ha visto los autos civiles de juicio declarativo Ordinario, seguidos en este Juzgado con el nº 1215/2010 sobre reclamación de cantidad, promovidos por la mercantil Hergora Catering, S.L., que compareció en los autos representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Sainz de Aja Curbelo, quien actuó bajo dirección letrada del Sr. Yanes Martín, contra A&A Canarias, S.L., que pese a ser citada y emplazada en legal forma, no compareció, por lo que se le declaró en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la mercantil Hergora Catering, S.L., contra A&A Canarias, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 60.728,27 euros; y todo ello imponiendo a la parte demandada las costas de esta primera instancia.
Dicha cantidad devengará desde el 28 de julio de 2010 y hasta la fecha el interés legal del dinero, y dicho índice incrementado en dos puntos desde hoy hasta su completo pago.
Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, lo pronuncio, mando, y firmo.
PUBLICACIÓN.- Se hace pública, el día de su fecha, la anterior sentencia de conformidad con el artº. 204.3 de la LEC. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. A&A Canarias, S.L., expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de julio de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
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