No habiéndose podido practicar la notificación a D. Carlos Díaz López del requerimiento de fecha 29 de marzo de 2011, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Carlos Díaz López, del requerimiento de fecha 29 de marzo de 2011, recaído en el expediente instruido en esta Agencia por infracción a la Ordenación Territorial con referencia R.P. 1225/2005, que dice textualmente:
"En esta Agencia se ha recibido denuncia de Agentes de Medio Ambiente, sobre hechos constatados el 22 de octubre de 2009, en el lugar conocido como Camino del Volcán-Mácher en el término municipal de Tías, de los que resulta usted presunto responsable como titular catastral de dichos terrenos, en la que se hace constar la existencia de diversos residuos consistentes en escombros, vehículos desguazados, neumáticos usados, palés, planchas de uralita, todos ellos presuntamente abandonados y con incumplimiento de las determinaciones legales respecto de su gestión, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 833/1988 de 20 de julio, modificado por el Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, circunstancia esta que ha motivado la apertura del expediente sancionador de referencia RP 1225/05.
Tales hechos son constitutivos de una presunta infracción administrativa tipificada en el artº. 38 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias y de conformidad con el artº. 42 del mismo texto legal procede la imposición de multa desde 300,51 hasta 300.506,05 euros.
Al respecto, se le requiere para que en el improrrogable plazo de quince días acredite ante esta Agencia haber procedido a corregir la situación denunciada, mediante la retirada de los mencionados residuos y su entrega en las instalaciones legales previstas, así como mediante el correcto etiquetado de los residuos peligrosos almacenados, de acuerdo con lo que establece la normativa vigente en materia de residuos, lo que será tenido en cuenta como atenuante en el correspondiente procedimiento sancionador que se inicie al respecto.
Respecto a su escrito de alegaciones presentado con fecha 26 de mayo de 2010, deberá culminar las gestiones con el Ayuntamiento correspondiente para la efectiva retirada de la vía pública los citados residuos.
Lo que le comunico para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos."
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de abril de 2011.- El Director Ejecutivo, Pedro Pacheco González.
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