BOC - 2011/066. Jueves 31 de Marzo de 2011 - 1668

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas y Transportes

1668 - Dirección General de Transportes.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 20 de diciembre de 2011, que declara la terminación por causas sobrevenidas de la convocatoria de subvenciones destinadas a los sindicatos para financiar el fomento del asociacionismo, la formación y la seguridad laboral en el sector del transporte, realizada por Orden de 21 de octubre de 2010 de esta Consejería.

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Examinado el expediente instruido por el Servicio de Asuntos Económicos y Generales relativo al asunto antes indicado, se han constatado los siguientes

HECHOS

Primero.- Mediante Orden de 21 de octubre de 2010, se aprueban las bases que han de regir en la concesión de subvenciones destinadas a los sindicatos para financiar el fomento del asociacionismo, la formación y la seguridad laboral en el sector del transporte, y se efectúa la convocatoria para el año 2010 (BOC nº 221, de 10.11.10).

Segundo.- Conforme a la base segunda de la citada Orden, la convocatoria se ha de financiar con cargo a la aplicación presupuestaria 480.00 Proyecto 11414802 "A los sindicatos del sector de Transporte para fomento del Asociacionismo, Formación y Seguridad Laboral".

Tercero.- Un vez presentadas las solicitudes de subvención se ha paralizado la instrucción del procedimiento de concesión a la vista del Acuerdo F.O.D. nº 18 del Gobierno dictado en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2010, por el que se establecen medidas extraordinarias para ordenar la gestión del presupuesto de gastos y coadyuvar al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. Dicho acuerdo ha supuesto para la presente convocatoria de subvenciones la imposibilidad de realización a partir de la indicada fecha de cualquier actuación que conlleve la autorización y/o compromiso de gastos con cargo al ejercicio 2010.

Resultan de aplicación a los citados antecedentes las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Directora General de Transportes, de conformidad con el apartado segundo de la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de 21 de octubre de 2010.

Segunda.- De conformidad con la previsión establecida en el artículo 9.4.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, es requisito ineludible para poder llevar a cabo la concesión de las subvenciones convocadas, la existencia de crédito suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de las mismas. Asimismo se requiere para dicho otorgamiento, conforme al artículo 9.4.e) de la misma Ley, de la aprobación del gasto por el órgano competente para ello.

Tercera.- El artículo 87.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas debiendo ser motivada en todo caso la resolución que se dicte.

En virtud de las atribuciones que me confiere la normativa legal vigente y demás normativa de aplicación,

R E S U E L V O:

Único.- Declarar la terminación por falta de disponibilidad presupuestaria e imposibilidad de aprobación del gasto, de la convocatoria de subvenciones destinadas a los sindicatos para financiar el fomento del asociacionismo, la formación y la seguridad laboral en el sector del transporte, realizada por la Orden de 21 de octubre de 2010 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con el artículo 87.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora General de Transportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación; haciendo saber que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que el interesado juzgue conveniente interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de diciembre de 2010.- La Directora General de Transportes, Rosa Dávila Mamely.



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