BOC - 2011/003. Miércoles 5 de Enero de 2011 - 60

V. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

60 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 16 de diciembre de 2010, del Director, relativo a notificación de la Resolución de justificación parcial de la subvención concedida a la entidad Paldialma Gran Canaria, S.L.L.- Expte. 06-35/01299.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación de la citada Resolución de justificación en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 17 de junio de 2010 fue registrado de salida el documento del tenor literal siguiente:

Resolución del Director del Servicio Canario de Empleo, por la que se declara justificada parcialmente la subvención concedida a Paldialma Gran Canaria, S.L.L.

Visto el expediente de referencia, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que por Resolución nº 06-35/3408 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 12 de diciembre de 2006, se concedió a la citada entidad una subvención para la incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de las previstas en el programa "artº. 2.a) (Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales)", de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (BOE nº 270, de 11.11.05), por importe de cinco mil quinientos (5.500,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2006.23.01.322I.470.00 L.A./P.I. 23400601, denominada Desarrollo de la Economía Social, siendo el 70,00% del importe subvencionado por el Fondo Social Europeo (F.S.E.), de la cual se abonó el 100,00% en fecha 19 de enero de 2007.

Segundo.- Asimismo la entidad beneficiaria venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el resuelvo número quinto de la citada Resolución y en los mismos términos en el artº. 10 de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (BOE nº 270, de 11.11.05).

Tercero.- Que la entidad aportó la documentación justificativa respecto a la primera, sin que justificase los períodos correspondientes a la segunda y tercera anualidad, lo que conllevó la tramitación del correspondiente expediente de reintegro.

A los citados hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que el Director del Servicio Canario de Empleo es competente para dictar la presente Resolución de justificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo (BOC de 28 de abril), en relación con lo dispuesto en el artículo 18.4 del Decreto 150/2001, de 23 de julio (BOC nº 91, de 25.7.01) según redacción dada por el Decreto 155/2002, de 24 de octubre (BOC nº 152, de 15.11.02), por el que se modifican los decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones por el SCE y se establecen normas procedimentales.

Segundo.- Examinada la documentación presentada y a la vista de los informes de la Intervención delegada y del Centro Gestor procede declarar justificada parcialmente la subvención de referencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 antes mencionado.

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar justificada parcialmente la subvención concedida por importe tres mil cuatrocientos sesenta y siete euros con sesenta y un céntimos (3.467,61 euros) a la entidad Paldialma Gran Canaria, S.L.L. mediante Resolución nº 06-35/3408 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 12 de diciembre de 2006, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 antes mencionado.

Segundo.- Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el/la titular de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de diciembre de 2010.- El Director, Alberto Génova Galván.



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