BOC - 2010/081. Martes 27 de Abril de 2010 - 2358

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Arona

2358 - EDICTO de 29 de enero de 2010, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal nº 0000309/2008.

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D./Dña. Montserrat del Cristo Pérez Galván, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Encabezado: en Arona, a 26 de enero de 2010.

Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Concepción María Rivero Rodríguez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Arona los presentes autos de Juicio verbal nº 0000309/2008 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Carmen Pérez Marichal, Itahisa-Moneyba Rivero Pérez y Guacimara Rivero Pérez, dirigido por el Letrado D. José Santiago Martínez Martínez y representado por el Procurador D. Ángel Oliva Tristán, Ángel Oliva Tristán y de otra como demandada D. Renato Melappio representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ana Jesús García Pérez asistido por el Letrado D. Aurelio Panizo Álamo, Francisco José Sánchez Ramos representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Ada López García asistido por el Letrado Dña. Lucrecia Roldán Piñero, y el codemandado D. José Manuel de Márquez Rasero en situación de rebeldía procesal, sobre desahucio.

Fallo: estimando sustancialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Ángel Oliva Tristán Fernández en nombre y representación de Dña. Carmen Pérez Marichal, Dña. Ithaisa Moneyba Rivero Pérez y Dña. Guacimara Rivero Pérez frente al demandado D. Renato Melappio, declaro resuelto el contrato de arrendamiento de local de negocio con industria suscrito el día 6 de junio de 2005 por D. Francisco Rivero Guanche, D. Francisco José Sánchez Ramos, D. José Manuel de Márquez Rasero y D. Renato Melappio.

Condeno a D. Renato Melappio, actual poseedor del inmueble a dejar libre, expedito el local Terraza-Kiosco ubicado en la Urbanización San Eugenio que se describe en el contrato referido, y a disposición de las demandantes, bajo apercibimiento de lanzamiento en caso de no proceder voluntariamente en plazo legal.

Condeno a D. Renato Melappio al pago a favor de la actora de 29.792 euros en concepto de rentas vencidas entre los meses de septiembre de 2007 a abril de 2008 más la cantidad de 82.000 euros en concepto de rentas vencidas desde mayo de 2008 hasta diciembre de 2009, más las que se devenguen hasta la restitución de la posesión del inmueble al actor a razón de 4.100 euros mensuales.

Las citadas cantidades devengarán el interés legal y por mora procesal calculados conforme al fundamento jurídico tercero de la presente resolución. Todo ello con imposición de costas al codemandado Sr. Renato Melappio.

Asimismo, estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Ángel Oliva Tristán Fernández en nombre y representación de Dña. Carmen Pérez Marichal, Dña. Ithaisa Moneyba Rivero Pérez y Dña. Guacimara Rivero Pérez frente a los codemandados D. Francisco José Sánchez Ramos y D. José Manuel de Márquez Rasero, declaro resuelto el contrato de arrendamiento de local de negocio con industria anteriormente citado, absolviéndolos del resto de los pedimentos formulados en su contra, sin que haya lugar a hacer especial imposición de las costas causadas en la instancia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. José Manuel de Márquez Rasero, expido y libro el presente en Arona, a 29 de enero de 2010.- El/la Secretario Judicial.



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