BOC - 2010/007. Miércoles 13 de Enero de 2010 - 189

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

189 - Viceconsejería de Ordenación Territorial.- Resolución de 3 de diciembre de 2009, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 2 de octubre de 2009, relativo al Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de La Orotava, Tenerife. Aprobación definitiva de la propuesta ambiental.- Exptes. 2009/1222; 2008/1520.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 2 de octubre de 2009, relativo al Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de La Orotava. Aprobación definitiva de la propuesta ambiental, isla de Tenerife (expedientes 2009/1222; 2008/1520), cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de diciembre de 2009.- El Viceconsejero de Ordenación Territorial, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 2 de octubre de 2009 en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1.c) del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobar la Memoria Ambiental del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de La Orotava (expedientes 2009/1222, 2008/1520), en los mismos términos en los que fue propuesta.

Segundo.- Señalar expresamente que si el documento de planeamiento, a lo largo de su tramitación, introdujera modificaciones sustanciales que pudieran tener efectos significativos para el medio ambiente, el órgano promotor estará obligado a la modificación del informe de sostenibilidad elaborado y a proponer la corrección de la Memoria Ambiental aprobada, sometiéndola de nuevamente a la consideración del órgano ambiental según el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 27 del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias.

Tercero.- El presente Acuerdo será notificado al Ayuntamiento de la Orotava y al Cabildo Insular de Tenerife y publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., Demelza García Marichal.



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